In re Santos Ortiz

198 P.R. Dec. 391
Supreme Court of Puerto Rico·Decided June 12, 2017·No. Número: AB-2016-209·Published·Cited by 1 cases

Opinion

per curiam:

Hoy nos corresponde ejercer nuevamente nuestro poder disciplinario y ordenar la suspensión inme-diata e indefinida de un miembro de la profesión jurídica por no acatar las órdenes de este Tribunal.

A tales fines, procedemos a delimitar los hechos que nos mueven a imponer las medidas disciplinarias correspondientes.

I—i

El Ledo. Ricardo Santos Ortiz fue admitido al ejercicio de la abogacía el 30 de enero de 2002 y prestó juramento como notario el 19 de junio de 2002. El 8 de julio de 2016 la Sra. Usa M. Torres Canales presentó la queja de epígrafe contra el licenciado Santos Ortiz.

Footnotes

In re Santos Ortiz, 198 P.R. Dec. 391 (prsupreme 2017).

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