In re Rodríguez Ruiz
Opinion
Nos atañe ejercer nuestro poder disciplinario y decretar la suspensión inmediata e indefinida del Ledo. Eli Saúl Rodríguez Ruiz por desobedecer tanto las órdenes de este Tribunal, como los requerimientos cursados por la Oficina del Procurador General. Por los fundamentos que a continuación enunciamos, lo suspendemos inmediata e in-definidamente de la práctica de la abogacía y la notaría.
H-1
El Ledo. Eli Saúl Rodriguez Ruiz (licenciado Rodríguez Ruiz o querellado) fue admitido a la práctica de la abogacía el 7 de noviembre de 1979 y a la práctica de la notaría el 20 de enero de 1989. El 31 de octubre de 2016, la Sra. Jine [75] Marie Maldonado Pérez (señora Maldonado o quejosa) pre-sentó una queja contra el licenciado Rodríguez Ruiz.
Footnotes
198 P.R. Dec. 73 (In re Rodríguez Ruiz) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.