Colón Vargas v. Cooperativa de Seguros Múltiples

111 P.R. Dec. 568, 1981 PR Sup. LEXIS 157
Supreme Court of Puerto Rico·Decided October 20, 1981·No. Número: R-81-122·Published·Cited by 8 cases

Opinion

PER CURIAM:

El señor Colón Vargas y su señora esposa demandaron, como resultado de un choque, al conductor del otro vehículo y a la compañía aseguradora de éste (“la Cooperativa”). Tan solo contestó la Cooperativa alegando en esencia que el accidente se debió a la negligencia exclusiva de la parte demandante. No se interpuso recon-vención. La Cooperativa dedujo a la vez demanda contra la Corporación Insular de Seguros y South Continental Insurance Co. (“las terceras demandadas”). La Cooperativa alegó en su demanda contra tercero que una de las terce-ras demandadas, o ambas, habían expedido una póliza que cubría los daños sufridos por los demandantes y que, en tal virtud, las terceras demandadas le eran responsables a ella, la tercera demandante, en todo o en parte, de los daños reclamados. Solicitó en consecuencia que se conde-nara a las terceras demandadas a resarcir a la tercera demandante cualesquiera sumas de dinero que ésta tuviese que pagar a la parte demandante.

La tercera demandada, Corporación Insular de Segu-[570] ros, requirió la desestimación de la demanda contra tercero, “ya que no se reclama nada a favor del deman-dante original que es nuestro asegurado y a quien ya se le satisfizo su pérdida”. Continuó señalando la promovente de esta moción que “lo que aquí procede es una reconvención en contra del demandante original de forma que éste y la aquí compareciente estén litigando conjuntamente y del mismo lado en contra del demandado-demandante contra tercero”. Añadió la promovente que el tribunal podría ordenar que se presentase una reconvención o, en la alter-nativa, considerar la demanda contra tercero como una reconvención, en cuyo caso la tercera demandada presen-taría la réplica correspondiente. El tribunal desestimó la demanda contra tercero, explicando que “Toda vez que la acción contra la aseguradora [la tercera demandada] solo nace de un contrato de seguro convenido para proteger al asegurado [la parte demandante] . . . solo tienen causa de acción contra la aseguradora, el asegurado ... y quienes contra él reclamen”

Footnotes

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Colón Vargas v. Cooperativa de Seguros Múltiples, 111 P.R. Dec. 568, 1981 PR Sup. LEXIS 157 (prsupreme 1981).

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