Carlos Manuel Ramírez González v. Hacienda Elena, Inc.; Edwin R. Santiago Pagán; John Doe

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedAugust 29, 2025
DocketTA2025AP00111
StatusPublished

This text of Carlos Manuel Ramírez González v. Hacienda Elena, Inc.; Edwin R. Santiago Pagán; John Doe (Carlos Manuel Ramírez González v. Hacienda Elena, Inc.; Edwin R. Santiago Pagán; John Doe) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Carlos Manuel Ramírez González v. Hacienda Elena, Inc.; Edwin R. Santiago Pagán; John Doe, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

CARLOS MANUEL Apelación RAMÍREZ GONZÁLEZ procedente del Tribunal de Primera Apelante Instancia, Sala de San Germán v. TA2025AP00102 Caso Núm.: HACIENDA ELENA, INC.; LJ2019CV00130 EDWIN R. SANTIAGO PAGÁN; JOHN DOE Sobre: Desahucio por Falta Apelado de Pago y Cobro de Dinero CONSOLIDADO ________________________ CON: _____________________ CARLOS MANUEL Apelación RAMÍREZ GONZÁLEZ procedente del Tribunal de Primera Apelado Instancia, Sala de San Germán v. TA2025AP00111 Caso Núm.: HACIENDA ELENA, INC.; LJ2019CV00130 EDWIN R. SANTIAGO PAGÁN; JOHN DOE Sobre: Desahucio por Falta Apelante de Pago y Cobro de Dinero ________________________ ___________________

Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Ronda Del Toro y el Juez Pérez Ocasio

Ronda Del Toro, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 29 de agosto de 2025.

Carlos Manuel Ramírez González presentó un recurso de

apelación asignado al TA2025AP00102. Solicitó que revisemos la

sentencia que emitió el 16 de mayo de 2025, el Tribunal de

Primera Instancia, Sala de San Germán. Mediante esta el foro

primario desestimó la demanda que presentó Ramírez González

contra Hacienda Elena, Inc. y otros, por el fundamento de falta de

jurisdicción sobre parte indispensable.

De igual manera, la Hacienda Elena, Inc., incoó otro recurso

de apelación, asignado al TA2025AP00111, a los fines de TA2025AP00102 consolidado con el TA2025AP00111 2

cuestionar la aludida sentencia. Ante ello, el 14 de julio de 2025,

se consolidaron los recursos. Luego de evaluar los escritos,

determinamos revocar la Sentencia apelada.

I.

Los hechos relevantes son los siguientes:

El 4 de noviembre de 2019, el Sr. Carlos Manuel Ramírez

González (señor Ramírez González) presentó una Demanda de

desahucio y cobro de dinero contra la Hacienda Elena, Inc., Edwin

R. Santiago Pagán y Joe Doe (en conjunto, Hacienda Elena).1 En

síntesis, alegó que el 17 de mayo de 2017, suscribió un contrato

de arrendamiento y opción a compra con Hacienda Elena y otros,

y estos incumplieron con sus obligaciones.

El 22 de noviembre de 2019, Hacienda Elena y otros,

presentaron la Contestación a Demanda y Reconvención.2

Expresaron que el señor Ramírez González no acreditó ser dueño

exclusivo de las propiedades objeto del contrato, y que tal

incumplimiento provocó la suspensión de pagos. Invocaron como

defensa afirmativa, entre otras cosas, la ausencia de partes

indispensables. Específicamente, de los herederos del co-

propietario fallecido Wolfrando Ramírez González.

En la Reconvención alegaron que el señor Ramírez González

incumplió con lo pactado al no acreditar su titularidad exclusiva,

lo cual frustró el financiamiento de la compra, interrumpió una

operación agrícola productiva e impidió concretar contratos

futuros. Que ello causó pérdidas económicas, daños físicos y

emocionales. Por tanto, reclamaron una indemnización

económica.

1 Revisado del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) de conformidad con la facultad que nos concede la Regla 77(D)(2) de nuestro Reglamento, 4 LPRA Ap. XXII-B, entrada 1. 2 SUMAC, entrada 7. TA2025AP00102 consolidado con el TA2025AP00111 3

El 16 de diciembre de 2019, el señor Ramírez González

presentó su Contestación a Reconvención.3

Luego, el 31 de enero de 2020, los codemandados Hacienda

Elena presentaron una Moción de Desestimación por falta de

acumulación de parte indispensable.4 Alegaron que las

propiedades objeto del contrato pertenecían en partes iguales al

señor Ramírez González y a su hermano fallecido el señor

Wolfrando Ramírez González, sin que los herederos fuesen

incluidos en el pleito. Asimismo, estos indicaron que el señor

Ramírez no había acreditado la titularidad exclusiva que afirmaba

ostentar, incumpliendo con las representaciones contractuales.

El 13 de febrero de 2020, el señor Ramírez González

presentó Réplica a Moción de Desestimación.5 En referido escrito,

sostuvo que la alegación sobre la falta de parte indispensable

carecía de fundamento, ya que ostentaba título pleno sobre las

propiedades objeto del litigio. Argumentó que, en Puerto Rico, la

inscripción en el Registro de la Propiedad tiene carácter

meramente declarativo, por lo que, la titularidad sobre un bien

inmueble puede acreditarse mediante documentos válidos. A esos

fines, acompañó varias declaraciones juradas y comunicaciones

que, según indicó, evidenciaban que los herederos del fenecido

copropietario reconocen su dominio sobre los inmuebles.

Luego de varios trámites procesales, el 24 de agosto de

2020, el señor Ramírez González presentó Moción en Solicitud de

Sentencia Sumaria.6 Adujo que, desde el 13 de abril de 1991,

adquirió por donación, junto a su hermano Wolfrando Ramírez

González, ciertos inmuebles. Que acordó con su hermano adquirir

su participación en referidas fincas, pero que este falleció sin

3 SUMAC, entrada 12. 4 SUMAC, entrada 21. 5 SUMAC, entrada 23. 6 SUMAC, entrada 30. TA2025AP00102 consolidado con el TA2025AP00111 4

haberse elevado a documento público la compra de la

participación de su hermano. Señaló que los herederos de su

hermano le transfirieron sus participaciones en los inmuebles,

bajo las mismas cláusulas y condiciones acordados con el

causante. Alegó también, que suscribió un contrato de

arrendamiento con opción a compra de los inmuebles aquí

descritos y que la parte demandada incumplió con lo pactado.

En respuesta, el 31 de enero de 2021, los demandados

Santiago Pagán, su esposa y Hacienda Elena, Inc., presentaron

una Moción en Oposición a Solicitud de Sentencia Sumaria y en

Solicitud de Sentencia Sumaria.7 Alegaron que el demandante,

indicó en los contratos que adquirió la posesión del cien por ciento

(100%) de todos los inmuebles descritos en el contrato. Que se

comprometió a otorgar los documentos necesarios para acreditar

su titularidad, pero no cumplió con ello. Por tanto, no tuvieron

otra opción que paralizar los pagos, debido a que estaba pagando

a una persona que no podía demostrar ser el poseedor de la

totalidad de las propiedades.

Entretanto, el 29 de marzo de 20218, el señor Ramírez

González interpuso una Moción Sometiendo Demanda

Enmendada. Adujo que estaba enmendando la demanda, para

incluir la comparecencia de los herederos de Wolfrando Ramírez

González, quienes, junto a él, también figuraban como titulares

registrales de las propiedades. El 30 de marzo de 2021, incluyó

el documento de Demanda Enmendada, con una comparecencia

especial de Alicia Ramírez García y Diego Ramírez Bigott, como

únicos y universales herederos de Wolfrando Ramírez González.

Estos indicaron que comparecían a los efectos de reconocer que

Carlos Manuel Ramírez González tenía el pleno dominio sobre las

7 SUMAC, entrada 39. 8 SUMAC, entrada 45. TA2025AP00102 consolidado con el TA2025AP00111 5

propiedades; que reconocían su obligación de otorgar los

documentos necesarios para traspasar el título registral al

demandante Ramírez González, o a la persona natural o jurídica

que este designe. Agregaron que no existía obligación o derecho

de los comparecientes que pudiese verse afectado por causa del

presente pleito.9

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Shuler v. Shuler
157 P.R. Dec. 707 (Supreme Court of Puerto Rico, 2002)
Vázquez Ortiz v. López Hernández
160 P.R. Dec. 714 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Peña Alcántara v. Warren Ovensen
162 P.R. Dec. 764 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Luis Romero v. Reyes Rivera
164 P.R. Dec. 721 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Rodríguez Oquendo v. Petrie Retail Inc.
167 P.R. Dec. 509 (Supreme Court of Puerto Rico, 2006)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Carlos Manuel Ramírez González v. Hacienda Elena, Inc.; Edwin R. Santiago Pagán; John Doe, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/carlos-manuel-ramirez-gonzalez-v-hacienda-elena-inc-edwin-r-santiago-prapp-2025.