Campos Santiago, Ilia v. Hospital Cristo Redentor, Inc.

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJanuary 21, 2025
DocketKLAN202400917
StatusPublished

This text of Campos Santiago, Ilia v. Hospital Cristo Redentor, Inc. (Campos Santiago, Ilia v. Hospital Cristo Redentor, Inc.) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Campos Santiago, Ilia v. Hospital Cristo Redentor, Inc., (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V

Apelación ILIA CAMPOS procedente del SANTIAGO Tribunal de Primera Instancia Apelante KLAN202400914 Sala Superior de Guayama v. Civil Núm. HOSPITAL CRISTO G DP2009-0107 REDENTOR, INC. Sobre: Apelada CONSOLIDADO Daños y Perjuicios

Apelación ILIA CAMPOS procedente del SANTIAGO Tribunal de Primera Instancia Apelada KLAN202400917 Sala Superior de Guayama v. Civil Núm. HOSPITAL CRISTO G DP2009-0107 REDENTOR, INC. Sobre: Apelante Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente el Juez Hernández Sánchez, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de enero de 2025.

Comparecen ante este foro Ilia Campos Santiago, Eli

Figueroa y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta

por ambos (en conjunto, matrimonio Campos-Figueroa)

mediante recurso de apelación identificado con el núm.

KLAN202400914 presentado el 11 de octubre de 2024. De

otra parte, comparecen el Hospital Cristo Redentor,

National Building Maintenance y Universal Insurance

Company mediante recurso de apelación identificado con

el núm. KLAN202400917.

Por estar estrechamente relacionados y en aras de

la economía procesal, ordenamos la consolidación de

ambos recursos. Los recursos consolidados solicitan la

revisión de una Sentencia notificada el 31 de enero de

Número Identificador SEN2025 ______________ KLAN202400914 consolidado KLAN202400917 2

2022, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala

Superior de Guayama. Mediante el referido dictamen, el

foro primario resolvió un pleito de daños instado por el

matrimonio Campos-Figueroa en contra del Hospital Cristo

Redentor, National Building Maintenance y Universal

Insurance.

Por los fundamentos que expondremos a continuación,

DESESTIMAMOS nuevamente el recurso de epígrafe, por

carecer de jurisdicción.

I.

El 27 de octubre de 2009, el matrimonio Campos-

Figueroa presentó una Demanda sobre daños y perjuicios,

en contra del Hospital Cristo Redentor, Inc. y demás

partes en reclamación.1

Luego de varias incidencias procesales, el 31 de

enero de 2022, el foro primario notificó la Sentencia

apelada.2 Mediante la cual, declaró Con Lugar la demanda

y, en consecuencia, condenó a las partes codemandadas a

pagar las siguientes partidas:

a. La cantidad de $48,148.14 a favor de la Sra. Ilia Campos Santiago, como indemnización por concepto de sus angustias y sufrimientos mentales y daños físicos sufridos.

b. La cantidad de $17,470.61 a favor de Eli Figueroa como indemnización por concepto de angustias y sufrimientos sufridos por este.

Además, se condena a los codemandados al pago de intereses al 4.25% a favor de la parte demandante.

En desacuerdo, el 15 de febrero de 2022, el

matrimonio Campos-Figueroa presentó una Moción

Solicitando se Enmienden las Determinaciones de Hecho y

1 Demanda, págs. 78-87 del apéndice del recurso. 2 Sentencia, págs. 1-34 del apéndice del recurso. KLAN202400914 consolidado KLAN202400917 3

se incluyan Determinaciones de Hecho y Derecho

Adicionales y Reconsideración.3

En la misma fecha, el Hospital Cristo Redentor y

demás partes en la reclamación, presentaron una Moción

de Reconsideración de Sentencia de 27 de enero de 2022,

notificada el 31 de enero.4

El 31 de mayo de 2023, notificada el 2 de junio de

2023, el foro primario emitió una Resolución en la que

resolvió lo siguiente:

Luego de un minucioso análisis de los autos del caso de epígrafe, razonablemente entendemos que las Determinaciones de Hechos y Conclusiones de Derecho emitidas por el Tribunal de Instancia son suficientes para sostener la Sentencia emitida.

La cantidad otorgada a la demandante fue actualizada al año 2022, fecha en la cual fue dictada la Sentencia en el caso de epígrafe. A esos fines el Tribunal utilizó un caso que guarda cierta similitud con el presente caso. No tiene que ser idéntico. El Tribunal cumplió con realizar el ejercicio requerido para valorar correctamente los daños.

A tenor con los fundamentos anteriormente expuestos, procede declarar No Ha Lugar a la Moción Solicitando se Enmienden las Determinaciones de Hecho y se Incluyan Determinaciones de Hecho y Derecho Adicionales y Reconsideración interpuesta por la parte demandante de epígrafe. (Énfasis nuestro).

Posteriormente, el 8 de junio de 2023, el Hospital

Cristo Redentor y demás partes en la reclamación,

presentaron una Moción Reiterando Reconsideración de

3 Moción Solicitando se Enmienden las Determinaciones de Hecho y se incluyan Determinaciones de Hecho y Derecho Adicionales y Reconsideración, págs. 35-53 del apéndice del recurso. 4 Moción de Reconsideración de Sentencia de 27 de enero de 2022, notificada el 31 de enero, págs. 589-591 del apéndice del recurso. KLAN202400914 consolidado KLAN202400917 4

Sentencia de 27 de enero de 2022, notificada el 31 de

enero.5

El 6 de julio de 2023, el foro primario emitió una

Resolución6 en la cual concluyó lo siguiente:

Examinada la “MOCIÓN REITERANDO RECONSIDERACIÓN DE SENTENCIA DE 27 DE ENERO DE 2022, NOTIFICADA EL 31 DE ENERO” presentada el 8 de junio de 2023 por la parte codemandada, Universal Insurance, National Building Maintenance y Hospital Cristo Redentor, el Tribunal dispone lo siguiente:

NO HA LUGAR. Ver Resolución del 31 de mayo de 2023.

Inconforme con la determinación del foro primario

el 5 de julio de 2023, el matrimonio Campos-Figueroa,

presentó un recurso de apelación ante este Foro,

KLAN202300571. El 21 de julio de 2023, emitimos una

Sentencia, donde desestimamos el recurso por falta de

jurisdicción por prematuridad, debido a que, la

reconsideración atendida y denegada por el foro apelado

había sido instada por el matrimonio y no por el Hospital

Cristo Redentor y demás partes.

Posteriormente, el 8 de agosto de 2023, el

matrimonio Campos-Figueroa, presentó un segundo recurso

de apelación, KLAN202300692, solicitando la revisión de

la Sentencia emitida por el foro primario el 31 de enero

de 2022. No obstante, el 7 de septiembre de 2023,

emitimos una Sentencia desestimando nuevamente el

recurso por falta de jurisdicción. Concluimos que, las

circunstancias de dicho caso y con el instado en el

KLAN202300571 eran idénticas, toda vez que la moción de

5 Moción Reiterando Reconsideración de Sentencia de 27 de enero de 2022, notificada el 31 de enero, págs. 592-594 del apéndice del recurso. 6 Resolución, pág. 108 del apéndice del recurso KLAN202400917. KLAN202400914 consolidado KLAN202400917 5

reconsideración presentada por el Hospital y demás

partes, no había sido resuelta.

Así las cosas, el 11 de octubre de 2024, el

matrimonio Campos-Figueroa presentó el recurso de

apelación de epígrafe. En desacuerdo con la

determinación emitida por el foro primario, señaló la

comisión de los siguientes errores:

PRIMER ERROR: Erró el TPI al no realizar un análisis jurisprudencial comparativo y no valorar todos los daños físicos y emocionales de la Apelante que se desprenden de las mismas Determinaciones de hecho de la Sentencia, según estableció nuestro más alto foro en Rodríguez v. Hospital, 186 DPR 889 y Santiago Montañez v. Fresenius Medical, 195 DPR 476.

SEGUNDO ERROR: Erró el TPI al no tomar en consideración las “circunstancias particulares del caso” de la Apelante para valorar el daño sufrido en su rodilla, según establece el Tribunal Supremo en Sucs. Mena v.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Lagares Pérez v. Estado Libre Asociado
144 P.R. Dec. 601 (Supreme Court of Puerto Rico, 1997)
Castro Martínez v. Sergio Estrada Auto Sales, Inc.
149 P.R. Dec. 213 (Supreme Court of Puerto Rico, 1999)
Carattini v. Collazo Systems Analysis, Inc.
158 P.R. Dec. 345 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Solá Gutiérrez v. Bengoa Becerra
182 P.R. Dec. 675 (Supreme Court of Puerto Rico, 2011)
Yumac Home Furniture, Inc. v. Caguas Lumber Yard, Inc.
194 P.R. Dec. 96 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
Medina Nazario v. McNeil Healthcare LLC
194 P.R. Dec. 723 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Santiago Montañez v. Fresenius Medical Care
195 P.R. Dec. 476 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Campos Santiago, Ilia v. Hospital Cristo Redentor, Inc., Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/campos-santiago-ilia-v-hospital-cristo-redentor-inc-prapp-2025.