Santiago Lopez, Brian E v. Corporacion Conservatorio De Musica Pr

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided March 7, 2024·No. KLRA202300548·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

BRIAN E. SANTIAGO LÓPEZ Revisión Administrativa

Recurrente procedente de la determinación

v. final de la Autoridad

CORPORACIÓN DEL Nominadora del CONSERVATORIO DE KLRA202300548 Conservatorio de MÚSICA DE PUERTO RICO Música

Recurrido Sobre: Reglamento Administrativo

Nulo y

Determinaciones

Administrativas

Nulas Ab Initio

Panel integrado por su presidente el juez Sánchez Ramos, el juez Pagán Ocasio y el juez Campos Pérez1

Campos Pérez, Juez Ponente RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 7 de marzo de 2024.

Comparece el Sr. Brian E. Santiago López, mediante un recurso de Revisión Administrativa. Solicita que declaremos nulas las sanciones impuestas por el Comité de Disciplina del Conservatorio de Música (Comité de Disciplina) en la Determinación Final de Querella por Hostigamiento Sexual al Amparo de la Política y Procedimiento del Conservatorio de Música de Puerto Rico sobre Situaciones de Hostigamiento Sexual emitida el 11 de agosto de 2023 y avaladas por el Rector del Conservatorio de Música de Puerto Rico, Sr. Orlando M. Calzada Delgado (Rector) en su Determinación sobre Apelación de la Determinación del Comité de Disciplina emitida el 18 de septiembre de 2023 y notificada el 26 de septiembre de 2023.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, desestimamos la acción presentada pues carecemos de jurisdicción para atenderla.

1Mediante Orden Administrativa TA-2023-212 del 6 de diciembre de 2023 se designa al Hon. José I. Campos Pérez en sustitución del Hon. Ricardo G. Marrero Guerrero. Número Identificador RES2024______________________

I.

El 22 de abril de 2023 la Sra. Prismarie A. Calderón Guerrido presentó ante la Coordinadora de Título IX del Conservatorio de Música, Sra. Indira Ortiz Bhajan, una denuncia verbal sobre alegados actos constitutivos de hostigamiento sexual contra el Sr. Brian E. Santiago López.2 El 1 de mayo de 2023 dicha queja fue presentada ante la Coordinadora de Título IX del Conservatorio de Música de manera escrita.3 Luego de haber evaluado el asunto, la Coordinadora de Título IX del Conservatorio de Música refirió dicho asunto al Comité de Disciplina para que se tratara de manera ordinaria.4 Así las cosas, el 10 de mayo de 2023 se le entregó al Sr. Brian E. Santiago López copia de la querella.5 El 19 de mayo de 2023 el Sr. Brian E. Santiago López recibió una citación por parte del Comité de Disciplina para que compareciera a una vista informal pautada para el 13 de junio de 2023.6 El 14 de junio de 2023 se celebró una vista mediante videoconferencia en la cual el Sr. Brian E. Santiago López solicitó que se pospusiera la vista, se le permitiera la citación y presentación de testigos a su favor y, de igual forma, se le permitiera poder presentarse físicamente a la vista.7 Así las cosas, el Comité de Disciplina determinó que el Sr. Brian E. Santiago López debía presentar sus solicitudes por escrito en un término de 5 días.8 Luego de varios incidentes procesales, se autorizó al señor Santiago López a asistir presencialmente a la vista pautada para el 28 de julio de 2023. No obstante, el 10 de julio de 2023 el Oficial

2 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 17 en la pág. 100. 3 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 5 en la pág. 35. 4 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 17 en la pág. 101. 5 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 5 en la pág. 43. 6 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 5 en la pág. 35. 7 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 6 en la pág. 44-45.

8 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 6 en la pág. 45.

Examinador emitió una Resolución, en la cual, denegó la asistencia presencial a la vista al señor Santiago López, pues advino en conocimiento de la existencia de una Orden de Protección emitida por el Tribunal de Primera Instancia, contra el Sr. Brian E. Santiago López que prohibía el contacto con la Sra. Prismarie A. Calderón Guerrido.9 De igual forma, se le requirió al Sr. Brian E. Santiago López que presentará dentro de un término de final y perentorio de cinco días una lista detallada con toda la evidencia que pretendía presentar y se le apercibió de que el incumplir con esta orden no se le permitiría la presentación de prueba testifical o documental que no fuese su testimonio.10 Inconforme con tal determinación, el peticionario presentó el 20 de junio de 2023 su Oposición enérgica a las siguientes determinaciones del Lcdo. Iván García como Oficial Examinador designado; ello por violación al debido proceso de ley.11 En síntesis, objetó las determinaciones hechas por el oficial examinador y solicitó que se le permitiera presentarse a la vista de manera presencial y presentar su prueba sin algún tipo de limitación.12 El 12 de julio de 2023 el Sr. Brian E. Santiago López presentó una Solicitud de [desestimación] de la vista administrativa y el procedimiento; por craso incumplimiento con el Reglamento del Conservatorio en su efecto; una violación al debido proceso de ley.13 En dicho escrito, el Sr. Brian E. Santiago López alegó que procedía desistir sobre dicha acción llevada en su contra pues, entre otras cosas, dicha acción estaba en violación al reglamento titulado Política y Procedimiento Institucional del Conservatorio de Música de Puerto Rico sobre Situaciones de Hostigamiento Sexual (Reglamento)

9 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 10 en la pág. 56-58. 10 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 10 en la pág. 56-58. 11 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 11 en la pág. 59-63. 12 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 11 en la pág. 59-63. 13 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 12 en la pág. 64-70.

esto pues, pretendían realizar un procedimiento de querella, cuando procedía realizar uno de denuncia conforme a dicho reglamento.14 El 13 de julio de 2023 el Oficial Examinador emitió una Resolución y Orden atendiendo ambas mociones presentadas por el Sr. Brian E. Santiago López.15 Respecto al escrito de Oposición enérgica a las siguientes determinaciones del Lcdo. Iván García como Oficial Examinador designado; ello por violación al debido proceso de ley declaró No Ha Lugar pues el Conservatorio de Música venía obligado a cumplir con la Orden de Protección.16 Sobre el segundo escrito, Solicitud de Desestimación de la vista administrativa y el procedimiento; por craso incumplimiento con el Reglamento del Conservatorio en su efecto; una violación al debido proceso de ley, declaró No Ha Lugar pues el Conservatorio de Música se veía obligado a culminar un proceso iniciado para que ambas partes puedan presentar sus versiones.17 El Sr. Brian E. Santiago López presentó una Réplica a Resolución y Orden el 14 de julio de 2023.18 En su escrito, el Sr. Brian E. Santiago López solicitó la desestimación de la querella presentada en su contra pues entendía que el Conservatorio de Música carecía de jurisdicción para atender dicho asunto y estaba actuando contrario al Reglamento.19 El 28 de julio de 2023 se llevó a cabo la vista administrativa.20 Previó a la celebración de la vista, el Sr. Brian E. Santiago López alegó que el Conservatorio de Música carecía de jurisdicción para atender dicho asunto por lo que le notificó al Comité de Disciplina que no participaría y se desconectó de la vista.21 Así las cosas, la

14 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 12 en la pág. 64-70. 15 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 13 en la pág. 71-74. 16 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 13 en la pág. 71-74. 17 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 13 en la pág. 71-74. 18 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 14 en la pág. 75-81. 19 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 14 en la pág. 75-81. 20 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 17 en la pág.105. 21 Apéndice de la parte recurrente, en el Anejo 17 en la pág.105.

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Santiago Lopez, Brian E v. Corporacion Conservatorio De Musica Pr, (prapp 2024).

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