Ruiz Vega, Jose v. Best Buy Stores Puerto Rico, LLC

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJune 30, 2023
DocketKLCE202300550
StatusPublished

This text of Ruiz Vega, Jose v. Best Buy Stores Puerto Rico, LLC (Ruiz Vega, Jose v. Best Buy Stores Puerto Rico, LLC) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Ruiz Vega, Jose v. Best Buy Stores Puerto Rico, LLC, (prapp 2023).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX

JOSÉ RUIZ VEGA, CERTIORARI YARITZA HERNÁNDEZ procedente del NIEVES por si y en Tribunal de representación de la Primera Instancia, clase Sala Superior de Recurrido San Juan KLCE202300550 v. Caso número: SJ2019CV11920 BEST BUY STORES PUERTO RICO LLC; y otros Sobre: SENTENCIA Peticionario DECLARATORIA Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Ronda Del Toro y la Jueza Díaz Rivera.

Díaz Rivera, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2023.

Comparece ante nos, Best Buy Puerto Rico, LLC (Best Buy) y

nos solicita que revisemos y revoquemos la Resolución emitida el 11

de abril de 2023 y notificada el 13 de abril de 2023, por el Tribunal

de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de San Juan. Mediante

dicho dictamen, el TPI declaró No Ha Lugar la Moción de

Desestimación que presentó Best Buy.

Por los fundamentos que se exponen a continuación,

denegamos la expedición del auto de Certiorari.

I.

El 15 de noviembre de 2019, José E. Ruiz Vega (Ruiz Vega) y

Yaritza Hernández Vega (Hernández Vega) presentaron una

Demanda en contra de Best Buy y otros. En apretada síntesis,

alegaron que Best Buy les cobró el Impuesto sobre Ventas y Uso

(IVU) a dos (2) transacciones que realizaron con relación a compras

de garantías extendidas. Señalaron que, conforme al Código de

Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, las compras de

Número Identificador RES2023 _______________ KLCE202300550 2

garantías extendidas están expresamente excluidas de tributar el

IVU.

Así pues, sostuvieron que procedía la certificación del caso

como un pleito de clase al amparo de la Ley de Acción de Clase por

Consumidores de Bienes y Servicios. Asimismo, los recurridos

indicaron que procede que se declare la ilegalidad del cobro del IVU

por parte de Best Buy sobre las garantías extendidas pagadas en los

artículos adquiridos en cualquiera de las tiendas en Puerto Rico,

desde su apertura en febrero de 2008 y consecuentemente, la

devolución de dichas sumas. Finalmente, solicitaron el pago de una

doble compensación en daños por ser consumidores de bienes y

servicios más las costas, gastos y el interés legal, así como el pago

de honorarios de abogado.

Así las cosas, el 22 de enero de 2020, Best Buy presentó una

Moción de Desestimación al amparo de la Regla 10.2 de

Procedimiento Civil. En esta, solicitó la desestimación de todas las

causas de acción presentadas en su contra, por entender que no

están presentes los elementos de la causa de acción por presunto

cobro de lo indebido ya que, bajo los hechos y el derecho aplicable,

el cobro del IVU impugnado está justificado. Además, sostuvo que

no medió enriquecimiento injusto, pues las sumas pagadas se

remitieron al Departamento de Hacienda. En la alternativa, Best

Buy solicitó la desestimación por ser de aplicación las Reglas 10.2

(1) y 10.2 (6) de Procedimiento Civil, relativas a la falta de

jurisdicción sobre la materia y por dejar de acumular una parte

indispensable, a saber, Hacienda.

Posteriormente, el 5 de marzo de 2020, los recurridos

presentaron una Oposición a Moción de Desestimación. En igual

fecha, los recurridos presentaron una Petición de Certificación de

Pleito de Clase. KLCE202300550 3

Luego de varias incidencias procesales, el 11 de abril de 2023,

notificada el 13 de abril de 2023, el TPI emitió una Resolución

mediante la cual declaró No Ha Lugar la Moción de Desestimación

que presentó Best Buy. En dicha Resolución, el TPI razonó que

tomando como ciertas las alegaciones de la Demanda no procede la

desestimación que solicitó Best Buy. Sostuvo que,

independientemente de que Best Buy le llame Plan de Servicios al

servicio que vende y por el que cobra IVU, lo cierto es que, en esta

etapa de los procedimientos y a los efectos de una solicitud de

desestimación al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil,

ese Plan de Servicios resulta inmensamente similar a los servicios de

garantía y servicios de garantía extendida regulados por el Código

de Rentas Internas. Añadió que, de ser así la parte recurrente

definitivamente tendría derecho a un remedio en contra de Best Buy.

Asimismo, el TPI señaló en su Resolución que tampoco

procedía la solicitud de desestimación bajo el argumento de falta de

jurisdicción. Indicó que, la Ley de Acción de Clase por Consumidores

de Bienes y Servicios faculta a los consumidores de bienes y

servicios a instar un pleito de clase a nombre de dichos

consumidores por razón de daños y perjuicios, así como acciones de

Injunction bajo la Regla 57 de Procedimiento Civil. Así pues, expresó

que tiene jurisdicción para atender la reclamación.

Consecuentemente, el TPI concluyó que Hacienda es parte

indispensable y ordenó que fuera unida al pleito.

Insatisfechos con esa determinación, el 15 de mayo de 2023,

el peticionario presentó un recurso de Certiorari ante ese Tribunal y

alegó la comisión de los siguientes errores:

Erró el TPI al extender la aplicación de la Acción de Clase por Consumidores de Bienes y Servicios, cuyo propósito es proteger a los consumidores de bienes y servicios, a un pleito que no envuelve el consumo de un bien o servicio, sino el cobro de una contribución (el IVU) a nombre del gobierno, y del cual el negocio que lo cobra no deriva ganancia o KLCE202300550 4

beneficio alguno, pues lo remite completamente al gobierno.

Erró el TPI al no desestimar una demanda por alegado cobro de lo indebido contra una parte que recibe el impuesto a nombre del Estado y contra quien no se alega que se enriqueció injustamente al llevar a cabo el trámite a favor del Estado al entender que tiene un mandato legislativo.

Erró el TPI al asumir jurisdicción en una demanda de sentencia declaratoria, injunction permanente y cobro de indebido que pretende desplazar indebidamente las disposiciones del Código de Rentas Internas sobre reintegro, que es el remedio legislado.

Erró el TPI al extender la aplicación del Código de Seguros a una parte que no está cubierta por sus disposiciones.

Examinado el recurso de Certiorari, este Tribunal emitió una

Resolución el 13 de junio de 2023, concediéndole hasta el 28 de junio

de 2023 a la parte recurrida para que expresara su posición al

recurso. El 22 de junio de 2023, la parte recurrida presentó su

Oposición a Expedición de Certiorari. Con el beneficio de la

comparecencia de todas las partes, procedemos a resolver.

II.

El auto de certiorari es el recurso extraordinario mediante el

cual un tribunal de jerarquía superior puede revisar, a su

discreción, una decisión de un tribunal inferior. Pueblo v. Díaz de

León, 176 DPR 913, 917 (2009).

A esos efectos, la Regla 52.1 de Procedimiento Civil (32 LPRA

Ap. V) limita la autoridad de este Tribunal de Apelaciones para

revisar las órdenes y resoluciones interlocutorias que dictan los

tribunales de instancia por medio del recurso discrecional del

certiorari. En lo pertinente, la precitada disposición reglamentaria,

supra, dispone que:

El recurso de certiorari para revisar resoluciones u órdenes interlocutorias dictadas por el Tribunal de Primera Instancia, solamente será expedido por el Tribunal de Apelaciones cuando se recurra de una resolución u orden bajo las Reglas 56 y 57 o de la KLCE202300550 5

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Lluch v. España Service Station
117 P.R. Dec. 729 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Pueblo v. Ortega Santiago
125 P.R. Dec. 203 (Supreme Court of Puerto Rico, 1990)
Meléndez Vega v. Caribbean International News
151 P.R. Dec. 649 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
García Morales v. Padró Hernández
165 P.R. Dec. 324 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Ruiz Vega, Jose v. Best Buy Stores Puerto Rico, LLC, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/ruiz-vega-jose-v-best-buy-stores-puerto-rico-llc-prapp-2023.