Pueblo v. Rivera Adorno

99 P.R. Dec. 555, 1971 PR Sup. LEXIS 80
Supreme Court of Puerto Rico·Decided January 13, 1971·No. Número: CR-69-121·Published·Cited by 6 cases

Opinion

El Juez Asociado Señor Ramírez Bages

emitió la opinión del Tribunal.

El apelante fue acusado de infracciones a la Sec. 145(a) y (b) de la Ley Núm. 91 de 29 de junio de 1954, según en-mendada — Ley de Contribución sobre Ingresos (13 L.P.R.A. sec. 3145). Fue declarado por el jurado no culpable del delito de infracción a la Sec. 145(b) pero el juez de instancia lo declaró culpable de los delitos menos graves consistentes en no radicar las planillas de la contribución sobre ingresos correspondientes a los años 1961 y 1962 como lo requiere la See. 51 de la Ley Núm. 91 (13 L.P.R.A. sec. 3051(a)), por lo que se infringieron las disposiciones de la Sec. 145(a) de la referida ley. Fue sentenciado a pagar multas de $5,000 y $10,000 más las costas.

Apunta que las sentencias son contrarias a derecho y no están sostenidas por la prueba y que el tribunal de instancia incidió al apreciar la prueba.

[557] No tiene razón, por los fundamentos relacionados a continuación:

La prueba revela que el apelante informó a un agente de rentas internas que era soltero con dos dependientes, no tenía ingresos de sueldos, beneficios de sociedades, división de corporación, no recibió herencia o donación, ni seguros ni pagos de reclamación, ni tenía negocio ni ocupación du-rante los años 1961 y 1962. Hasta 1960 vivía con un tío. Informó a dicho agente que no radicó planilla de contribu-ción sobre ingresos durante esos dos años por no tener ingre-sos tributables. Los únicos bienes del apelante que fueron localizados fueron dos cuentas de ahorros. Una fue abierta en 1961 en el Banco de Ponce, el movimiento de la cual fue el siguiente:

Fecha Depósitos Retiros Intereses

21-4-61 10,350.00

3-5-61 6,260.00*

31-5-61 2,450.00*

23-6-61

7-7-61 7,150.00* 89.13

15-8-61 25,000.00

31-8-61 12,500.00*

5-10-61 512.00*

2-11-61 10,000.00

16-11-61 1,803.00*

17-11-61 10,000.00

28-12-61 3,080.58

21-12-61 2,400.00*

26-12-61 240.18

Totales 1961 53,415.00 38,080.58 329.31

—1962—

Fecha Intereses Depósitos Retiros

15-3-62 40,000.00*

4-4-62 5,022.50

[558] Depósitos Retiros Fecha Intereses

13-4-62 1,501.71

17-4-62 10,000.00

18-4-62 250.00

19-4-62 22.50 17,898.29

19-4-62 250.00 600.00

4-62 135.17

9-5-62 166.50

31-5-62 166.50

5-7-62 166.50

12-6-62 20,000.00

28-6-62 9.76

6-7-62 650.00

8-8-62 166.50

16-8-62 20,000.00

8-9-62 16.90

12-9-62 166.50

28-9-62 25,000.00

5-11-62 47,000.00

28-12-62 4.09

Totales $86,871.50 $102,272.50 165.92

Footnotes

Pueblo v. Rivera Adorno, 99 P.R. Dec. 555, 1971 PR Sup. LEXIS 80 (prsupreme 1971).

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