Pueblo v. Álvarez Solares

95 P.R. Dec. 789
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 27, 1968
DocketNúmero: CR-66-85
StatusPublished
Cited by8 cases

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Pueblo v. Álvarez Solares, 95 P.R. Dec. 789 (prsupreme 1968).

Opinion

El Juez Asociado Señor Santana Becerra

emitió la opinión del Tribunal.

Ésta es una convicción de homicidio involuntario. En la noche del 11 de septiembre de 1962 tres personas caminaban por el área de seguridad de la carretera de Carolina hacia la calle Loíza. Iban de uno en fondo. Al extremo derecho de la zona de seguridad había una zanja que contenía agua.

[791]*791Las tres personas caminaban por su derecha hacia la calle Loíza, o sea de espaldas al tránsito en la misma direc-ción. El último de atrás de momento gritó: “Mira cómo viene ese carro.” El que le precedía miró y ambos “volaron” al otro lado de la zanja. Una de estas personas, en su testi-monio en corte dijo que el automóvil venía como a 80 millas. Dice ese testigo (R. pág. 118) : “Sí, y cuando yo miré, que volamos, ahí fue que ‘Golingo’ le dio con el carro y lo tiró en la zanja y siguió por la zanja y cuando volvió a la carre-tera fue que se vio el cadáver.” El interfecto cayó dentro de la zanja boca abajo. No hubo frenada alguna. El automóvil no se detuvo después del accidente. Al otro día del accidente volvió a ver el automóvil que arrolló al interfecto, el mismo carro, un Cadillac.

Otro testigo del Pueblo declaró que en el momento del accidente se encontraba como a 100 metros de distancia en una curva y vio venir un carro como a 50 ó 60 millas. El carro era un Cadillac. Al pasar frente al testigo hizo un zigzag y siguió a velocidad hasta que se perdió por la curva. Le pasó como a 3 pies de distancia al testigo por su lado. Como a los segundos, un señor decía que habían matado a uno. Corrió al sitio y vio a la víctima en la cuneta. Sabía que el automóvil era de “Golingo”.

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