Municipio De Maunabo v. Cobra Adquisitions, LLC.

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJanuary 23, 2025
DocketKLCE202401308
StatusPublished

This text of Municipio De Maunabo v. Cobra Adquisitions, LLC. (Municipio De Maunabo v. Cobra Adquisitions, LLC.) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Municipio De Maunabo v. Cobra Adquisitions, LLC., (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL1

MUNICIPIO DE MAUNABO Certiorari procedente del RECURRIDO Tribunal de Primera Instancia, Sala KLCE202401308 Superior de Humacao

v. Caso Núm. COBRA ACQUISITIONS, LLC MB2018CV00043

PETICIONARIOS Sobre: Pago de Arbitrios de Construcción y Patentes Municipales

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Bonilla Ortiz y el Juez Pagán Ocasio.

Pagán Ocasio, juez ponente

S EN T EN C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de enero de 2025.

I.

El 3 de diciembre de 2024, Cobra Acquisitions, LLC (Cobra o

parte peticionaria) presentó una Petición de Certiorari en la que

solicitó que revoquemos una Resolución emitida, notificada y

archivada digitalmente por el Tribunal de Primera Instancia, Sala

Superior de Humacao (TPI o foro primario) el 27 de noviembre de

2024.2 En el dictamen, el TPI declaró No Ha Lugar una Solicitud de

sentencia sumaria radicada por la parte peticionaria en el pleito

sobre pago de arbitrios de construcción y patente municipal que

promueve en su contra el Municipio Autónomo de Maunabo

(Municipio de Maunabo o parte recurrida), a tenor con

determinaciones previas de este foro apelativo.

1 Véase Orden Administrativa OATA 2021-086. 2 Apéndice de la Petición de Certiorari, Anejo F, págs. 90-98.

Número Identificador SEN2025________________ KLCE202401308 2

Junto al recurso, Cobra radicó una Urgente solicitud en auxilio

de jurisdicción en la que solicitó que ordenáramos la paralización de

los procedimientos ante el foro primario.

Ese mismo día, emitimos una Resolución en la que declaramos

No Ha Lugar la solicitud de orden en auxilio de jurisdicción y le

concedimos al Municipio de Maunabo hasta el 23 de diciembre de

2024 para presentar su alegato sobre los méritos del recurso.

El 26 de diciembre de 2024, el Municipio de Maunabo radicó

un Alegato del Municipio de Maunabo en el que solicitó que

declaremos No Ha Lugar la Petición de Certiorari y le impongamos

sanciones económicas a la parte peticionaria por interponer el

recurso de forma temeraria y frívola.

Contando con el beneficio de la comparecencia de ambas

partes, damos por perfeccionada la Petición de Certiorari. Debido a

que los hechos procesales de este caso están estrechamente

relacionados a las incidencias del KLAN202000146, resuelto por

esta Curia mediante Sentencia el 28 de abril de 2020, y el

KLAN202300022, atendido por esta Curia mediante Sentencia el 17

de marzo de 2023, adoptamos por referencia el trámite procesal

relatado en esas ocasiones y, en adelante, pormenorizamos aquellos

sucesos más relevantes e inmediatos a la controversia que nos

ocupa.

II.

El caso de marras tiene su génesis el 14 de noviembre de 2018

cuando el Municipio presentó una Demanda contra Cobra y la

Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) sobre el pago de arbitrios de

construcción y patente municipal.3

Luego de un abundante trámite procesal, el 14 de noviembre

de 2022, el TPI emitió una Sentencia en la que declaró Con Lugar

3 Entrada Núm. 1 del expediente digital del caso en el Sistema Unificado de Manejo

y Administración de Casos (SUMAC). KLCE202401308 3

una moción en solicitud de sentencia sumaria promovida por el

Municipio de Maunabo y ordenó a Cobra pagar $8,489,651.36 por

concepto de arbitrios de construcción y $530,603.21 por concepto

de patentes municipales.4 En ella, el foro primario concluyó que no

podía decidir a favor de la parte peticionaria porque los

planteamientos esbozados fueron resueltos por esta Curia en el

KLAN202000146.

En la misma, el TPI formuló los siguientes hechos

incontrovertidos:

1. Puerto Rico fue impactado por el Huracán Irma y María para el mes de septiembre de 2017.

2. El 4 de septiembre de 2017, el Gobernador de Puerto Rico promulgó la Orden Ejecutiva Núm. 2017-045 y, el 17 de septiembre de 2017, la Orden Ejecutiva Núm. 2017-047, declarando un estado de emergencia en todo Puerto Rico ante el inminente paso de los Huracanes Irma y María por nuestra zona.

3. El 5 de septiembre de 2017, todo Puerto Rico fue azotado por el Huracán Irma.

4. El 20 de septiembre de 2017, todo Puerto Rico fue azotado por el Huracán María.

5. El Municipio de Maunabo, fue afectado en los principales servicios públicos como lo fueron las comunicaciones, el servicio de agua potable y de energía eléctrica.

6. Entre las empresas contratadas por la Autoridad de Energía Eléctrica (A.E.E.) para restaurar el servicio de energía eléctrica en Puerto Rico, estuvo Cobra Acquisitions, L.L.C.

7. La A.E.E. suscribió los contratos números 79503 y 81388 con Cobra Acquisitions, L.L.C., para cumplir con la encomienda de restablecer el servicio eléctrico en Puerto Rico y dentro de los límites geográficos del Municipio de Maunabo.

8. Para cumplir su obligación de rehabilitar la infraestructura del sistema eléctrico de Puerto Rico, Cobra Acquisitions L.L.C., mantuvo presencia física en los límites territoriales del Municipio de Maunabo estableciendo centros de operaciones en las comunidades de: Barrio Quebradas Arenas, Barrio Talante y Barrio Matuyas del Municipio de Maunabo, donde tenían estaciones en las que almacenaban materiales y llevaban a cabo labores de ensamblaje para luego ser transportados a lugares remotos en helicóptero.

9. Para los años 2017, 2018 y 2019, el Municipio de Maunabo tenía vigente el inciso “A” de la Sección 3, de la Ordenanza Número 13, Serie 2006-2007, sobre la contribución por concepto de Arbitrios de Construcción que impone una tasa contributiva del ocho por ciento (8%) sobre

4 Apéndice de la Petición de Certiorari, Anejo C, págs. 19-32. KLCE202401308 4

el total de la obra que sobrepasa los diez millones de dólares ($10,000,000.00).

10. Para los años 2017, 2018 y 2019 el Municipio de Maunabo tenía vigente el inciso “c” de la Sección 4, de la Ordenanza Número 1, Serie 2005-2006, sobre la contribución por concepto de Patentes, que impone una tasa contributiva del .50% sobre el total de una obra que sobrepasa los quinientos mil dólares ($500,000.00).

11. Cobra Acquisitions, LLC., nunca radicó ante la Oficina de Finanzas del Municipio de Maunabo una Declaración de Actividad detallada por renglón que describiera los costos de la obra a realizarse en esa jurisdicción como parte de los trabajos de reconstrucción contratados por la A.E.E.

12. Cobra Acquisitions, LLC., no rindió la planilla de volumen de negocio ante al Municipio de Maunabo relacionado a los servicios contratados con la A.E.E. bajo los contratos números 79503 y 81388, conforme a la Ley de Patentes Municipales, Ley Núm. 113 de 10 de Julio de 1974 (hoy derogada).

13. El Municipio de Maunabo demandó en cobro de contribuciones por concepto de Arbitrios de Construcción y Patentes Municipales a Cobra Acquisitions, L.L.C. el 14 de noviembre de 2018.

14. El 20 de febrero de 2019 Cobra presentó la primera Moción de Desestimación. Dicha moción de desestimación estaba fundamentada en los siguientes argumentos:

a) Que a Cobra le era extensiva la exención d[i]spuesta en inciso (f) (6) del Artículo 2.007 de la Ley 81-1991, según enmendada, conocida como Ley de Municipios Autónomos (derogada) y la decisión del Tribunal Supremo en Cooperativa de Ahorro y Crédito v. Municipio de Mayagüez 2018 T.S.P.R. 109.

b) Que la AEE se encontraba cobijada por la “Ley PROMESA” desde antes del paso de los huracanes Irma y María y, de la firma del contrato con Cobra, por lo que no podía ser demandada y era parte indispensable.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Pueblo v. Tribunal de Distrito de Puerto Rico
97 P.R. Dec. 241 (Supreme Court of Puerto Rico, 1969)
Don Quixote Hotel, Yacht & Golf Club, Inc. v. Tribunal Superior
100 P.R. Dec. 19 (Supreme Court of Puerto Rico, 1971)
Torres Cruz v. Municipio de San Juan
103 P.R. Dec. 217 (Supreme Court of Puerto Rico, 1975)
Núñez Borges v. Pauneto Rivera
130 P.R. Dec. 749 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
Noriega Rodríguez v. Hernández Colón
130 P.R. Dec. 919 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
PFZ Properties, Inc. v. General Accident Insurance
136 P.R. Dec. 881 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Management Administration Services Corp. v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico
152 P.R. Dec. 599 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Vera Morales v. Bravo
161 P.R. Dec. 308 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Oriental Bank & Trust v. Perapi S.E.
192 P.R. Dec. 7 (Supreme Court of Puerto Rico, 2014)
Medina Nazario v. McNeil Healthcare LLC
194 P.R. Dec. 723 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Bobé v. UBS Financial Services Inc.
198 P.R. Dec. 6 (Supreme Court of Puerto Rico, 2017)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Municipio De Maunabo v. Cobra Adquisitions, LLC., Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/municipio-de-maunabo-v-cobra-adquisitions-llc-prapp-2025.