García Oyola v. Junta de Planificación
Opinion
El Sr. Jesús García Oyóla apela la decisión del Tribunal de Circuito de Apelaciones, Circuito Regional III. Mediante ésta se revocó una sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, en la cual se determinó que la Autoridad de Energía Eléctrica no tenía capacidad legal para presentar ante la Junta de Planificación una consulta sobre ubicación del Proyecto de Turbinas que sería cons-truido en el barrio Cambalache de Arecibo, ya que la dueña de los terrenos es la Autoridad de Tierras. Acogido el re-curso como una petición de certiorari, procede modificar la sentencia recurrida sin procedimientos ulteriores, a tenor [650] con la Regla 54 del Reglamento de este Tribunal, 4 L.P.R.A. Ap. XXI.
I
La Autoridad de Energía Eléctrica (en adelante la A.E.E.) solicitó ante la Junta de Planificación (en adelante la Junta) una Consulta de Ubicación
Footnotes
140 P.R. Dec. 649 (García Oyola v. Junta de Planificación) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.