Finca Leander, LLC v. Municipio Autónomo De Vega Baja Y Otros

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedFebruary 25, 2026
DocketTA2025CE00878
StatusPublished

This text of Finca Leander, LLC v. Municipio Autónomo De Vega Baja Y Otros (Finca Leander, LLC v. Municipio Autónomo De Vega Baja Y Otros) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Finca Leander, LLC v. Municipio Autónomo De Vega Baja Y Otros, (prapp 2026).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V

Certiorari procedente FINCA LEANDER, LLC del Tribunal de Primera Instancia, Peticionarios Sala Superior de TA2025CE00878 Bayamón

v. Sobre: Sentencia Declaratoria; Injunction Preliminar MUNICIPIO AUTÓNOMO y/o Permanente; Art. DE VEGA BAJA Y OTROS 14.1 Ley Núm. 161 de 2009 (Injunction Recurridos Estatutario)

Caso Núm. BY2023CV05716 Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Cruz Hiraldo y el Juez Sánchez Báez

Domínguez Irizarry, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de febrero de 2026.

La parte peticionaria, Finca Leander, LLC, comparece ante

nos y solicita nuestra intervención, mediante el presente recurso de

certiorari, a fin de que dejemos sin efecto la Resolución emitida el 3

de octubre de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de

Caguas. Mediante esta, el foro primario denegó la Moción de

Sentencia Sumaria presentada por la parte peticionaria, y la Solicitud

de que se Dicte Sentencia Sumariamente presentada por la parte

recurrida, Municipio Autónomo de Vega Baja. Ello, dentro de una

acción sobre sentencia declaratoria e injunction preliminar,

permanente y estatutario, promovida por la parte peticionaria.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se

deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.

I

El 12 de octubre de 2023, la parte peticionaria, Finca Leander,

LLC, presentó la Demanda de epígrafe junto a una Moción TA2025CE00878 2

Solicitando Injunction Preliminar y/o Permanente y/o Estatutario y

Sentencia Declaratoria. En síntesis, alegó que, el 16 de agosto de

2018, otorgó junto a Seaside Investment, LLC, una Escritura de

Compraventa. Arguyó que, por medio de dicho instrumento, adquirió

la Finca Tendel, localizada en el barrio Algarrobo del Municipio de

Vega Baja.

En lo pertinente a la controversia, sostuvo que la compraventa

se efectuó a precio alzado e incluyó todos los usos, anexos,

servidumbres y edificaciones enclavadas en el inmueble, entre ellas

el Edificio Luis Muñoz Marín. Alegó que dicha estructura forma

parte integrante de la finca adquirida y que no consta segregación

alguna que la excluya, por lo que le pertenece en pleno dominio. La

parte peticionaria alegó que, no obstante a la compraventa

efectuada, el Municipio de Vega Baja, continuaba ocupando el

edificio en controversia y se negaba a reconocer su titularidad.

Añadió que la parte recurrida se rehúsa a pagar renta por su uso,

así como adquirirlo o recibirlo en concepto de permuta. Además,

detalló que, mientras la parte recurrida mantenía la posesión del

edificio en controversia, el Centro de Recaudación de Ingresos

Municipales (CRIM) le imputaba a la parte peticionaria las

obligaciones contributivas relacionadas con este, lo cual, a su

entender, configuraba un enriquecimiento injusto por parte del

Municipio de Vega Baja, al beneficiarse del uso del inmueble sin

asumir carga contributiva alguna. Finalmente, expuso que advino

en conocimiento de que la parte recurrida inició gestiones para llevar

a cabo el proyecto denominado Major Renovations for Luis Muñoz

Marín Head Start Center, lo cual, según planteó, menoscababa sus

derechos propietarios.

A tenor con sus alegaciones, la parte peticionaria solicitó al

Tribunal de Primera Instancia que, conforme la Regla 59 de

Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 59, emitiera una sentencia TA2025CE00878 3

declaratoria y estableciera su titularidad sobre el Edificio Luis

Muñoz Marín. Del mismo modo, instó la expedición de un injunction

preliminar para ordenar al Municipio Autónomo de Vega Baja de

abstenerse a realizar obras de renovación o construcción en el

inmueble. Por último, al amparo del Artículo 14.1 de la Ley para la

Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico, Ley Núm. 161-2009,

23 LPRA sec. 9024, solicitó la expedición de un injunction estatutario

para ordenar a la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) paralizar

el permiso de construcción sobre el proyecto Major Renovations for

Luis Muñoz Marín Head Start Center.

Por su parte, el 23 de octubre de 2023, el Municipio de Vega

Baja presentó una Solicitud de Desestimación y de Imposición de

Honorarios de Abogados Estatutarios. En síntesis, sostuvo que la

peticionaria pretendía, mediante un injunction preliminar, paralizar

las obras de remodelación vinculadas al proyecto Major Renovations

for Luis Muñoz Marín Head Start Center, sin haber demostrado una

reclamación que justificara la concesión de un remedio

extraordinario. Por ello, solicitó la desestimación de la demanda.

Planteó que la parte peticionaria hacía un reclamo de titularidad,

descansando únicamente en la notificación de cobro emitido por el

CRIM, lo cual no constituye prueba de dominio ni concede

titularidad. Añadió que la alegación de enriquecimiento injusto por

el hecho de que el Municipio no pagara contribuciones sobre la

propiedad carecía de base legal, a la luz de los Artículos 2.113 y

7.092 del Código Municipal de Puerto Rico, Ley Núm. 107-2020, 21

LPRA secs. 7335 y 8049, que eximen a los municipios del pago de

contribuciones y reconocen exenciones aplicables a propiedad

municipal destinada a uso público. Asimismo, señaló que la

peticionaria solicitó un injunction estatutario dirigido a la Oficina de

Gerencia de Permisos para paralizar el permiso de construcción

relacionado con el proyecto, sin haberla acumulado como parte en TA2025CE00878 4

el pleito, lo cual, según sostuvo, impedía la concesión de ese

remedio. Así, la parte recurrida solicitó la desestimación de la causa

de epígrafe, al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32

LPRA Ap. V, R. 10.2 y, a su vez, solicitó la imposición de honorarios

estatutarios al amparo del Artículo 14.1 de la Ley 161-2009, supra.

Luego de ciertas incidencias, el 24 de octubre de 2023, el

Tribunal de Primera Instancia celebró una Vista evidenciaria para

dilucidar la solicitud de injunction preliminar, permanente y

estatutario. Tras escuchar los argumentos de las partes y examinar

las mociones presentadas, el 27 de octubre de 2023, emitió una

Sentencia Parcial. Mediante esta, declaró Ha Lugar la Solicitud de

Desestimación y de Imposición de Honorarios de Abogados

Estatutarios presentada por la parte recurrida, en cuanto a la

desestimación del injunction preliminar, permanente y estatutario.

El foro primario concluyó que la parte peticionaria no satisfizo los

criterios establecidos en la Regla 57.3 de Procedimiento Civil, 32

LPRA Ap. V, R. 57.3, y que las labores de remodelación del Edificio

Luis Muñoz Marín vinculadas al proyecto Major Renovations for Luis

Muñoz Marín Head Start Center no configuraban un daño

irreparable, toda vez que, de acreditarse eventual titularidad y

perjuicio, este podría ser resarcido mediante una compensación

económica.

Por otro lado, el Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha

Lugar la solicitud de desestimación en cuanto a la acción de

sentencia declaratoria y convirtió el procedimiento en uno ordinario

para dilucidar la controversia sobre la titularidad del Edificio Luis

Muñoz Marín. A su vez, determinó que la OGPe constituía una parte

indispensable para la adecuada adjudicación del litigio, por lo que

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Roig Commercial Bank v. Rosario Cirino
126 P.R. Dec. 613 (Supreme Court of Puerto Rico, 1990)
In re Collazo Maldonado
159 P.R. Dec. 141 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Vera Morales v. Bravo
161 P.R. Dec. 308 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
García Morales v. Padró Hernández
165 P.R. Dec. 324 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Medina Nazario v. McNeil Healthcare LLC
194 P.R. Dec. 723 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Savary Leguillow v. Municipio de Fajardo e Integrand Assurance Co.
198 P.R. Dec. 1014 (Supreme Court of Puerto Rico, 2017)
In Re: Enmiendas Al Reglamento Del Tribunal De Apelaciones
2025 TSPR 141 (Supreme Court of Puerto Rico, 2025)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Finca Leander, LLC v. Municipio Autónomo De Vega Baja Y Otros, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/finca-leander-llc-v-municipio-autonomo-de-vega-baja-y-otros-prapp-2026.