Barreto Rodriguez, Edgardo Josue v. Monroig Tavarez, Johanna

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMarch 1, 2024
DocketKLAN202300994
StatusPublished

This text of Barreto Rodriguez, Edgardo Josue v. Monroig Tavarez, Johanna (Barreto Rodriguez, Edgardo Josue v. Monroig Tavarez, Johanna) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Barreto Rodriguez, Edgardo Josue v. Monroig Tavarez, Johanna, (prapp 2024).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

APELACIÓN EDGARDO JOSUÉ BARRETO procedente del RODRÍGUEZ Tribunal de Primera Apelante Instancia, Sala Superior de San v. KLAN202300637 Juan JOHANNA MONROIG TAVÁREZ Civil Núm.: AR2023RF00247 Apelada Sobre: consolidado con Divorcio Ruptura Irreparable

APELACIÓN EDGARDO JOSUÉ BARRETO procedente del RODRÍGUEZ Tribunal de Primera Apelado Instancia, Sala KLAN202300994 Superior de San v. Juan JOHANNA MONROIG TAVÁREZ Civil Núm.: AR2023RF00247 Apelante Sobre: Divorcio Ruptura Irreparable Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, la Jueza Mateu Meléndez y la Jueza Boria Vizcarrondo.

Boria Vizcarrondo, Jueza Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 1 de marzo de 2024.

En el recurso KLAN20230637, comparece el señor Edgardo

Josué Barreto Rodríguez (señor Barreto Rodríguez) y nos solicita

revisar una Sentencia emitida el 28 de junio de 2023 por el Tribunal

de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI).1 Mediante el

aludido dictamen, el TPI concedió una pensión alimentaria

1 Apéndice de Apelación Civil, KLAN202300637, Anejo VIII, págs. 41-48. Archivada y notificada en autos el 29 de junio de 2023.

Número Identificador SEN2024 ______________ KLAN202300637 cons. KLAN202300994 Página 2 de 14

provisional (pendente lite) a favor de su ahora ex-esposa, la señora

Johanna Monroig Tavárez (señora Monroig Tavárez) y señaló una

vista para atender el reclamo de la pensión alimentaria de ex-

cónyuge posterior a advenir firme la sentencia de divorcio.

A su vez, en el recurso KLAN202300994, acogido como

certiorari, comparece la señora Monroig Tavárez y nos peticiona

revisar una Resolución emitida el 16 de octubre de 2023 por el TPI.2

En virtud del referido dictamen, el Foro Primario denegó la solicitud

de la señora Monroig Tavárez para designar un apartamento sito en

San Juan, Puerto Rico, como hogar seguro en beneficio de sus dos

(2) hijos menores de edad, tras la disolución del matrimonio Barreto-

Monroig, mediante divorcio.

Por los fundamentos que esbozaremos a continuación, con

relación al recurso KLAN20230637, confirmamos la Sentencia

emitida el 28 de junio de 2023 por el TPI. Concerniente al recurso

KLAN202300994, expedimos el auto de certiorari y revocamos la

Resolución emitida el 16 de octubre de 2023 por el Foro Primario.

Veamos los antecedentes fácticos y procesales que

fundamentan nuestra determinación.

-I-

El caso de marras dimanó el 29 de marzo de 2023, fecha en

que el señor Barreto Rodríguez presentó una Petición individual de

divorcio por ruptura irreparable de los nexos de convivencia

matrimonial.3 En virtud del referido dictamen, el señor Barreto

Rodríguez solicitó la custodia monoparental de sus hijos menores de

edad: su hija de dieciocho (18) años de edad, quien es estudiante

universitaria, y su hijo de diez (10) años de edad, quien padece de

autismo severo tipo III y apraxia del habla.

2 Apéndice de Certiorari Civil, KLAN202300994, Anejo II, págs. 8-12. Archivada y

notificada en autos el 16 de octubre de 2023. 3 Apéndice de Apelación Civil, KLAN202300637, Anejo I, págs. 1-4. KLAN202300637 cons. KLAN202300994 Página 3 de 14

El 15 de mayo de 2023, la señora Monroig Tavárez contestó la

demanda y, a su vez, presentó una reconvención.4 Mediante esta,

arguyó que las partes se casaron bajo la Sociedad Legal de

Gananciales, se divorciaron, y nuevamente contrajeron matrimonio,

pero bajo el régimen de absoluta separación de bienes mediante el

otorgamiento de unas capitulaciones matrimoniales. Esto, sin haber

liquidado los bienes adquiridos bajo la Sociedad Legal de

Gananciales. Por otro lado, peticionó que se designara el

apartamento sito en San Juan, Puerto Rico como el hogar seguro de

su hijo, hasta que cese su incapacidad. Precisó que en el 2016 se

mudó de su residencia en Hatillo a San Juan para buscarle ayuda

a su hijo, incluyendo una escuela especializada a la que está

actualmente matriculado. Adujo que, tras el nacimiento de su hijo,

el señor Barreto Rodríguez le solicitó que renunciara a su empleo

para dedicarse a tiempo completo a las necesidades especiales de su

hijo, quien no es autosuficiente. La señora Monroig Tavárez

estableció que esta situación provocó una dependencia exclusiva de

los ingresos del señor Barreto Rodríguez. A su vez, manifestó que

desde la presentación de la petición de divorcio, el señor Barreto

Rodríguez mantiene el control absoluto de los ingresos devengados

por la comunidad conyugal, dejándola desprovista del dinero

necesario para cubrir sus necesidades básicas como alimentos,

vivienda y cuidado médico. Por ello solicitó que se le asignara una

pensión pendente lite no menor de mil quinientos dólares

($1,500.00) dólares mensuales. Asimismo, solicitó que, una vez se

declarara disuelto el vínculo matrimonial, se fijara una pensión ex-

cónyuge a su favor, dado que los cuidados que requiere su hijo le

imposibilitan regresar al campo laboral.

4 Íd., Anejo II, págs. 5-11. KLAN202300637 cons. KLAN202300994 Página 4 de 14

Posteriormente, el 5 de junio de 2023, el señor Barreto

Rodríguez solicitó enmendar la Demanda a los fines de peticionar

que se conceda la custodia compartida de sus hijos.

No obstante, el 14 de junio de 2023, la señora Monroig Tavárez

radicó una contestación a la demanda enmendada y reconvención,

en la que propuso que se le conceda la custodia monoparental y

establezca un plan de relaciones paternofiliales a favor del señor

Barreto Rodríguez. En su contestación a la reconvención, el señor

Barreto Rodríguez se opuso a la pensión pendente lite dado que,

desde su separación, le sufraga a la señora Monroig Tavárez el

apartamento, la cuota de mantenimiento, la luz, el agua, el celular,

el plan médico, la suscripción de Netflix, le provee un vehículo, las

meriendas y los gastos escolares de su hijo, y la matrícula, el auto y

la mesada de su hija.

Tras múltiples incidencias procesales, el 28 de junio de 2023,

el TPI celebró una vista para discutir los asuntos del hogar seguro y

de la pensión pendente lite. Durante la vista, se presentó el

testimonio del señor Barreto Rodríguez y de la señora Monroig

Tavárez. Transcurrida la vista, el señor Barreto Rodríguez solicitó la

desestimación contra la prueba non suit por la pensión de la señora

Monroig Tavárez.

En igual fecha, el Foro Primario emitió una Sentencia en la

que declaró Con Lugar la Demanda sobre divorcio y decretó roto y

disuelto el vínculo matrimonial existente entre el señor Barreto

Rodríguez y la señora Monroig Tavárez.5 En lo que nos concierne, el

TPI se pronunció No Ha Lugar con respecto a la petición de

desestimación contra la prueba non suit del señor Barreto Rodríguez

y determinó que la señora Monroig Tavárez estableció la necesidad

de la pensión pendente lite, en una suma de cien dólares semanales

5 Íd., Anejo VIII, págs. 41-48. Archivada y notificada el 29 de junio de 2023. KLAN202300637 cons. KLAN202300994 Página 5 de 14

($100.00). En lo pertinente a la pensión ex-cónyuge, el TPI señaló

una vista para una fecha posterior, en la que el divorcio haya

advenido final y firme.

Ulteriormente, el 16 de octubre de 2023, el TPI emitió y

notificó una Resolución en la que dispuso que la señora Monroig

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

C. Brewer Puerto Rico, Inc. v. Rodríguez Sanabria
100 P.R. Dec. 826 (Supreme Court of Puerto Rico, 1972)
Cruz Cruz v. Irizarry Tirado
107 P.R. Dec. 655 (Supreme Court of Puerto Rico, 1978)
Pérez Cruz v. Hospital La Concepción
115 P.R. Dec. 721 (Supreme Court of Puerto Rico, 1984)
González v. Suárez Milán
131 P.R. Dec. 296 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
Rodríguez Ramos v. Pérez Santiago
161 P.R. Dec. 637 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Rosado Muñoz v. Acevedo Marrero
196 P.R. Dec. 884 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Correa Márquez v. Juliá Rodríguez
198 P.R. Dec. 315 (Supreme Court of Puerto Rico, 2017)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Barreto Rodriguez, Edgardo Josue v. Monroig Tavarez, Johanna, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/barreto-rodriguez-edgardo-josue-v-monroig-tavarez-johanna-prapp-2024.