Asociacion De Titulares Urb Villa Dos v. D Desarrollo Economico Y Comercio

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedSeptember 26, 2023
DocketKLRA202300461
StatusPublished

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Asociacion De Titulares Urb Villa Dos v. D Desarrollo Economico Y Comercio, (prapp 2023).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI

ASOCIACIÓN DE REVISIÓN TITULARES DE LA ADMINISTRATIVA URBANIZACIÓN VILLA procedente de la DOS PINOS, INC., OFICINA DE representados por su GERENCIA Y presidenta MARÍA PERMISOS (OGPe) GUERRERO DE LEÓN, Departamento de quien también Desarrollo Económico comparece en su KLRA202300461 y Comercio carácter personal por ser parte adversamente Caso Núm.: 2023- afectada 494595-PU-227588

Recurrente Sobre: PERMISO DE USO V.

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMERCIO (OGPe)

JEAMALY RIVERA PÉREZ

Recurrida Panel integrado por su presidenta, la Juez Brignoni Mártir, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Álvarez Esnard y la Jueza Díaz Rivera.

Díaz Rivera, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de septiembre de 2023.

Comparece ante nos, la Asociación de Titulares de la

Urbanización Villa Dos Pinos, Inc. (Asociación), y nos solicita que

revisemos y revoquemos el Permiso Único 2023-494595-PU-227588

emitido por la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) el 31 de julio

de 2023. El aludido Permiso Único fue concedido a favor de la parte

recurrida, Jeamaly Rivera Pérez (Rivera Pérez) para establecer un

Alojamiento Suplementario a Corto Plazo de tipo Turístico –

Hospedería.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se

confirma el Permiso Único 2023-494595-PU-227588.

I.

Número Identificador SEN2023_________ KLRA202300461 2

Surge del expediente ante nos que, el 2 de junio de 2021,

Rivera Pérez presentó una solicitud de permiso, con el propósito de

obtener un permiso de uso de alojamiento temporero para

hospedería y turismo en la propiedad localizada en el Núm. 827 de

la Calle Diana de la Urbanización Villa Dos Pinos en San Juan.

Consecuentemente, el Single Business Portal le asignó el número de

trámite 2021-379333-PU-085710 y se refirió a la Oficina de

Permisos del Municipio Autónomo de San Juan para su evaluación.

El 2 de septiembre de 2021, el trámite 2021-379333-PU-085710 fue

archivado por no haberse completado el proceso dentro del término

de treinta (30) días.

Así las cosas, el 27 de octubre de 2021, la Asociación presentó

un Injunction1 permanente en contra de Rivera Pérez, por violación

a las condiciones restrictivas de la Urbanización Villa Dos Pinos, al

utilizar su propiedad para un uso comercial prohibido en dicha área

residencial de conformidad con la Escritura Pública Núm. 57 del 27

de junio de 1952.2

Posteriormente, el 21 de enero de 2022, Rivera Pérez presentó

una segunda solicitud de permiso de uso para Alojamiento

Suplementario a Corto Plazo para la misma propiedad a través del

Single Business Portal. Así, el sistema le asignó el número de trámite

2021-379333-PU-124543 e igualmente fue referido a la Oficina de

Permisos del Municipio Autónomo de San Juan para su evaluación.

El 8 de febrero de 2022, la Oficina de Permisos del Municipio

Autónomo de San Juan le notificó a Pérez Rivera unos

requerimientos para la subsanación. Luego de varios incidentes

procesales, el 8 de julio de 2022, se archivó el trámite 2021-379333-

1 Caso Núm. SJ2021CV07063. 2 La Escritura Núm. 57 del 27 de junio de 1952 está inscrita en el Registro de la

Propiedad. KLAN202300461 3

PU-124543, pues Rivera Pérez no cumplió con los requisitos de

subsanación.

Subsiguientemente, el 6 de marzo de 2023, la OGPe a través

del Profesional Autorizado, Ing. Francisco J. Rivera Torres, emitió el

Permiso Único 2023-494695-PU-223642 para Alojamiento y

Desayuno (Bed and Breakfast) de tipo Turístico – Hospedería. No

obstante, el 22 de junio de 2023, la parte recurrida presentó otra

solicitud para obtener un Permiso de Uso a través del Single

Business Portal. A dicha solicitud el sistema le asignó el número de

trámite 2023-494695-PU-227588.

Consecuentemente, el 25 de junio de 2023, la parte recurrente

presentó una Solicitud de Intervención en el Single Business Portal.3

El 18 de julio de 2023, la OGPe expidió una Resolución de la Solicitud

de Intervención mediante la cual declaró Ha Lugar la Solicitud de

Intervención que presentó la Asociación. Posteriormente, el 31 de

julio de 2023, el profesional autorizado, Ing. Francisco J. Rivera

Torres, expidió el Permiso Único 2023-494695-PU-227588 para

Inconforme con dicha determinación, el 30 de agosto de 2023,

la Asociación acudió ante nos mediante un recurso de revisión

judicial, alegando la comisión de los siguientes errores:

PRIMER SEÑALAMIENTO DE ERROR

Erró el Profesional Autorizado y la OGPe al emitir el 2023-494595-PU-227588 a favor de la recurrida Jeamaly Rivera Pérez para operar un Alojamiento Suplementario a corto plazo en el Núm. 827 de la Calle Diana de la Urbanización Villa Dos Pinos, en San Juan, Puerto Rico, sin cumplir con lo requerido reglamentariamente por la Compañía de Turismo en su Reglamento de Hospederías de Puerto Rico. Reglamento Núm. 8856 del 22 de noviembre de 2016.

3 A la Solicitud de Intervención el Sistema le asignó el número SIN-010287. KLRA202300461 4

SEGUNDO SEÑALAMIENTO DE ERROR

Erró el Profesional Autorizado y la OGPe al emitir el Permiso de Uso 2023-494595-PU-227588 para operar un Alojamiento Suplementario a corto plazo para operar en la referida propiedad sin evaluar la totalidad de los trámites anteriores consignados en el expediente electrónico del Single Business Portal bajo el número del catastro de esta propiedad, 087-005-972-17.

TERCER SEÑALAMIENTO DE ERROR

Erró el Profesional Autorizado y la OGPe al emitir el Permiso de Uso 2023-494595-PU-227588 para operar un Alojamiento Suplementario a corto plazo en la Urbanización Villa Dos Pinos, en San Juan, Puerto Rico, sin haber notificado de dicha intención y solicitud a la recurrente Asociación de Titulares de la Urbanización Villa Dos Pinos, Inc., como parte Interventora, ni contar con el endoso de la Asociación de Titulares de la Urbanización Villa Dos Pinos, Inc.

CUARTO SEÑALAMIENTO DE ERROR

Erró el Profesional Autorizado y la OGPe al emitir el Permiso de Uso 2023-494595-PU-227588 para operar un Alojamiento Suplementario a corto plazo en la Urbanización Villa Dos Pinos, en San Juan, Puerto Rico, la cual cuenta con cláusulas restrictivas consignadas en la Escritura Pública Núm. 57 de 27 de junio de 1952, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico, que impone un gravamen reales [sic] oponibles erga omnes sobre todos los solares que prohíbe el uso de la propiedad para los propósitos pretendidos en el permiso de uso 2023-494595-PU- 227588.

QUINTO SEÑALAMIENTO DE ERROR

Erró el Profesional Autorizado y la OGPe al emitir el Permiso de Uso 2023-494595-PU-227588 para operar un Alojamiento Suplementario a corto plazo para la explotación comercial de una propiedad sita en la Urbanización Villa Dos Pinos, la cual cuenta con el Reglamento General y Cláusulas Restrictivas de la Asociación de Titulares de la Urbanización Villa Dos Pinos de 5 de junio de 2005, según enmendado, que prohíben el uso pretendido.

SEXTO SEÑALAMIENTO DE ERROR

Erró el Profesional Autorizado y la OGPe al emitir el Permiso de Uso 2023-494595-PU-227588 para operar un Alojamiento Suplementario a corto plazo para la explotación comercial de una propiedad sita en la Urbanización Villa Dos Pinos, a sabiendas del Injunction radicado y pendiente ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan en contra de la recurrida, por violación de las cláusulas restrictivas, en el caso civil núm. SJ2021CV07063 desde el 27 de octubre de 2021.

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