American Roofing of Puerto Rico, Inc v. Administracion De Servicios Generales

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedNovember 20, 2024
DocketKLRA202400391
StatusPublished

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American Roofing of Puerto Rico, Inc v. Administracion De Servicios Generales, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES Panel Especial

AMERICAN ROOFING OF Revisión Judicial PUERTO RICO, INC. procedente de la Recurrente Junta de Subastas de la v. Administración de Servicios Generales

JUNTA DE SUBASTAS KLRA202400391 Caso Núm. ADMINISTRACIÓN DE 23J-13341 SERVICIOS GENERALES Recurridos Sobre: Impugnación de Subasta SUÁREZ PROFESSIONAL ROOFING, CORP., POWER ROOFING SOLUTIONS, INC., NORECO ROOFING, CORP., V HARD, INC., TROPITECH

Licitadores Agraciados- Recurridos

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Adames Soto y la Juez Aldebol Mora

Adames Soto, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de noviembre de 2024.

Comparece American Roofing of Puerto Rico (recurrente o American

Roofing), mediante recurso de revisión judicial, solicitando la revocación de

la Resolución de Adjudicación Enmendada emitida por la Junta de Subastas

(Junta) de la Administración de Servicios Generales del Gobierno de Puerto

Rico (ASG), el 15 de mayo de 2024. Juzga American Roofing que la ASG

mostró arbitrariedad, prejuicio y parcialidad en la otorgación de la buena pro

de la Subasta Formal Núm. 23J-13341 (Subasta), de la cual resultó en un

licitador no elegido.

Evaluados los argumentos con los que el recurrente sostiene que

debemos revocar la Resolución recurrida, determinamos que no superan los

NÚMERO IDENTIFICADOR

SEN2024____________ 2 KLRA202400391 criterios deferenciales que dirigen nuestra revisión de las determinaciones

administrativas, por lo que corresponde Confirmar.

I. Resumen del tracto procesal

El 18 de abril de 2023, la ASG publicó una Invitación a Subasta Formal

23J-13341 con el propósito de establecer contratos de selección múltiple

para la impermeabilización de techos para edificios localizados en zonas

industriales con diferentes sistemas estructurales (techo) para los

departamentos, dependencias, agencias e instrumentalidades de la Rama

Ejecutiva, las corporaciones públicas y los municipios del Gobierno de

Puerto Rico. En atención a lo cual, el 21 de abril de 2023, se celebró una

reunión virtual pre-subasta, cuya participación fue obligatoria para los

licitadores interesados. Producto de dicha reunión se emitió la Enmienda I a

los pliegos de subasta, con el propósito de, entre otras, modificar la Tabla de

Ofertar.

A las pocas semanas, el 8 de mayo de 2023, ASG emitió una nueva

Tabla de Ofertar Enmendada II. Luego, el 15 de mayo de 2023, se cerró el

periodo para someter propuestas, con un total de 16 ofertas sometidas de

los siguientes licitadores: (1) Master Roofing, Inc., (2) Star Perfect Roofing,

Inc., (3) J.C. Remodeling, Inc., (4) Suárez Professional Roofing, Corp., (5)

Power Roofing Solutions, Inc., (6) American Roofing of PR, Inc., (7) Noreco

Roofing, Corp., (8) R. T. International Roofer’s, Inc., (9) V Hard, Inc., (10) PR

Elastomeric Membrane, Inc. (PREMI), (11) Reyes Contractor Group, Inc., (12)

William Y. Maldonado/ DBA Constructora del Centro PR, (13) FM Home

Enterprises, Inc., (14) Tropitech, Inc., (15) JN Contractors, Inc., (16) Sellado

de Techo La Familia, LLC.

Evaluadas tales propuestas, contando con el insumo de PRIDCO1 y del

Área de Adquisiciones de la ASG, siendo la subasta una de selección

múltiple, se adjudicó la buena pro a cinco (5) licitadores, con el fin de suplir

1 Compañía de Fomento Industrial del Gobierno de Puerto Rico, por sus siglas en inglés. KLRA202400391 3

los servicios requeridos en la Subasta, a las distintas zonas geográficas de la

Isla. Los licitadores agraciados fueron: Suárez Professional Roofing, Corp.

(Zonas: Metro, Este, Norte y Sur); Power Roofing Solutions, Inc. (Zonas: Este

Norte y Sur); Noreco Roofing, Corp. (Zonas: Metro, Este, Norte y Sur); V Hard,

Inc. (Zonas: Metro, Este, Norte y Sur) y; Tropitech (Zona: Metro). De

conformidad, el 13 de junio de 2023, la Junta notificó dicho resultado a los

licitadores participantes mediante Resolución de Adjudicación. La Junta hizo

constar en la referida notificación que las distintas ofertas presentadas por

los licitadores fueron evaluadas de manera integrada, tomando como base:

(1) precio2; (2) cumplimiento con las instrucciones generales, términos,

condiciones y especificaciones (un total de 39 partidas), y; (3) si la oferta

representaba el mejor valor para el Gobierno de Puerto Rico.3 Aclaró que, “el

mejor valor” no necesariamente correspondía al precio más bajo ofrecido,

según fue previsto en el pliego de la subasta y el derecho aplicable.4 En

síntesis, la Junta consideró los siguientes elementos al adjudicar la buena

pro:

Licitador agraciado Precio por Zona Cumplimiento con Términos y Condiciones (39 Partidas) Suarez Professional $1,058.72 (Zona Metro, 92% - 100% Roofing Corp. Este, Norte y Sur) Power Roofing $653.50 (Zona Este), 82% - 92% Solutions, Inc. $883.60 (Zona Norte y Sur) Noreco Roofing, Corp. $1,205.30 (Zona Metro, 87% - 92% Este, Norte y Sur) V. Hard, Inc. $939.90 (Zona Metro y 74% - 82% Este), 1,109.92 (Zona Norte), $1,102.10 (Zona Sur) Tropitech $2,724.56 (Zona Metro) 72%

2 Con relación al precio, se evaluaron:

- Los precios más competitivos: o en todas las partidas como agregado, al sumar las 39 partidas establecidas en la Tabla de Ofertar Enmendada II o en las partidas que se estiman se utilizaran con más frecuencia - La cantidad y porcentaje de partidas de cada licitador que estaban entre los tres precios más competitivos al analizarlas individualmente. - El porcentaje de precios razonables mínimo de setenta por ciento (70%). La Junta de Subastas añadió que, de lo que constituye un precio razonable, se utilizó un límite de hasta 300% sobre el precio más bajo de cada partida. (Pág. 33 del Apéndice del recurso de revisión judicial). 3 Resolución de Adjudicación Enmendada, pág. 30 del Apéndice del recurso de revisión

judicial. 4 Id. 4 KLRA202400391 En la referida Resolución fueron identificados los licitadores no

agraciados, junto a una explicación para tal rechazo, que en lo pertinente a

American Roofing, consistió en lo siguiente:

[I]ncluyó documentos requeridos, tales como, la fianza, copia del certificado vigente del RUL, y oferta firmada. Sin embargo, en las columnas de tiempo de entrega solo contienen guarismos. Por ejemplo, indican "35" o "45", sin especificar si son días, semanas o años. Sobre esto, el Pliego de la Subasta es claro cuando indica en el inciso 4 de las Condiciones Generales que "[e]l Licitador deberá informar en su oferta el término en que se entregarán los bienes, en que se completarán las obras o se prestarán los servicios incluidos en su oferta indicando los días, semanas o meses." Igualmente, en la Sección II, sobre ofertas admisibles o inadmisibles, dispone que no se considerarán las ofertas que contengan frases, párrafos o comentarios ambiguos, incompletos, indefinidos o que resten certeza a la oferta. No nos compete asumir o adivinar qué es lo que quiso o pretendió decir un licitador. El así hacerlo sería una actuación arbitraria de nuestra parte. De igual manera, en una Subasta no se permite que nos comuniquemos con el licitador para que corrija un error en su oferta. Si un foro con mayor jerarquía entiende que la omisión descrita, no debe ser objeto de descalificación, y que el suponer lo que debió decir no sería una actuación indebida de un foro adjudicador, no tendríamos problemas en adjudicarlo. Pero como hemos dicho, en este momento, entendemos que sería exceder nuestras facultades.

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