All Systems Roofing and Waterproofing v. Tirri Edun, Justin A

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedSeptember 23, 2024
DocketKLCE202400870
StatusPublished

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All Systems Roofing and Waterproofing v. Tirri Edun, Justin A, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI

ALL SYSTEMS ROOFING CERTIORARI AND WATERPROOFING, procedente del INC., PATRICK Tribunal de TROWBRIDGE Primera Instancia, Sala Superior de Recurridos Carolina

v. KLCE202400870 Caso número: CA2020CV02547 JUSTIN A. TIRRI EDUN H/N/C THE OUTLET Y/O Sobre: BELZ OUTLET MALL Y/O Cobro de Dinero – THE OUTLET AT ROUTE Ordinario, 66, F.O.M. PUERTO RICO Incumplimiento de S.E. Y OTROS Contrato

Peticionarios

Panel integrado por su presidenta, la jueza Ortiz Flores, la juez Aldebol Mora y la jueza Boria Vizcarrondo.

Aldebol Mora, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de septiembre de 2024.

Comparece la parte peticionaria, Justin A. Tirri Edun y FOM

Puerto Rico, S.E., mediante el recurso de epígrafe y nos solicita la

revocación de la Resolución emitida y notificada por el Tribunal de

Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, el 5 de junio de 2024.

En el referido dictamen, el foro recurrido declaró No Ha Lugar la

solicitud de remedio por expoliación de prueba promovida por la

parte peticionaria.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se

deniega la expedición del auto solicitado. Veamos.

I

El 3 de diciembre de 2020, All Systems Roofing and

Waterproofing, Inc. (ASRW o recurrido) incoó una Demanda sobre

cobro de dinero e incumplimiento de contrato en contra de Justin

A. Tirri Edun h/n/c The Outlet y/o Belz Outlet Mall y/o The Outlet

Número Identificador RES2024 _______________ KLCE202400870 2

at Route 66 (Tirri Edun) y F.O.M. Puerto Rico, S.E. (FOM)

(peticionarios).1 En síntesis, indicó que, el 11 de diciembre de 2017,

Tirri Edun contrató sus servicios para hacer una reparación y

sellado de techo en la propiedad comercial de este, por la cantidad

de $4,190,520.00. Según adujo, Tirri Edun le informó que los fondos

para las reparaciones del inmueble se obtendrían del pago de unas

pólizas de seguro que cubrían los daños ocasionados a la propiedad

por el paso del huracán María. Señaló que Tirri Edun realizó varios

pagos en calidad de abono y, posteriormente, hizo varios pagos con

cheques y dineros de otras corporaciones. Detalló que, el 12 de abril

de 2019, modificaron el contrato, a petición de Tirri Edun, para

pactar unos cambios en los trabajos a ser realizados por un nuevo

precio de $1,854,773.48. Asimismo, indicó que las partes pactaron

un plan de pago, a razón de $20,000.00 mensuales, así como un

pago de $600,000.00 en concepto de abono al segundo contrato.

Por otro lado, ASRW arguyó que, el 20 de septiembre de 2019,

habiendo cumplido con todas sus obligaciones contractuales y

completado gran parte del trabajo contratado, Tirri Edun le notificó

la cancelación del contrato y solicitó el cese de labores en la

propiedad comercial. Argumentó que, posteriormente, no se le

permitió recoger sus materiales que se encontraban en el inmueble

en cuestión, razón por la cual radicó una querella criminal en contra

de Tirri Edun por apropiación ilegal y apropiación ilegal agravada.

Alegó que, en varias ocasiones, le reclamó extrajudicialmente a Tirri

Edun la cantidad adeudada de $1,165,429.87, pero no tuvo éxito.

Arguyó que la súbita cancelación del contrato por parte de Tirri

Edun, sin mediar justa causa, constituía un incumplimiento del

contrato. En vista de ello, sostuvo que la deuda estaba líquida,

vencida y exigible, y solicitó el pago de $1,165,429.87 por concepto

1 Apéndice del recurso, págs. 19-27. KLCE202400870 3

de materiales, labor realizada, nómina, arbitrios, fletes, impuestos,

disposición de escombros, entre otros. A su vez, solicitó el pago de

costas y gastos de litigación, más una partida de honorarios de

abogado.

Por su parte, el 26 de febrero de 2021, Tirri Edun y FOM

presentaron su alegación responsiva, así como una reconvención

sobre daños y perjuicios por incumplimiento contractual. 2 En

esencia, negaron las alegaciones esbozadas en su contra.

Argumentaron que ASRW rindió sus servicios de manera deficiente,

lo que provocó que FOM cancelara el contrato, a lo que ASRW

consintió. Aclararon que, el contrato de obras pactado por las partes

fue cancelado el 28 de enero de 2019 y que, posteriormente, se

acordó que la relación profesional entre las partes tendría una

vigencia mensual, en la que ASRW llevaría a cabo los trabajos en el

techo de la propiedad comercial por un costo de hasta $20,000.00

mensuales, siempre y cuando se llevara a cabo el trabajo

satisfactoriamente. Plantearon que no tuvieron otra alternativa que

cancelar el contrato con ASRW por su desempeño negligente y

altamente culposo en el cumplimiento del contrato entre las partes.

De otro lado, Tirri Edun y FOM afirmaron que los materiales

que estaban en el techo de la propiedad en cuestión les pertenecían,

según lo establecido en el contrato y admitido por ASRW en la

alegación número nueve (9) de la Demanda. Negaron haber sido

notificados de querella alguna, según propuesto por ASRW.

Arguyeron que le habían pagado a ASRW por todos los trabajos

realizados y reiteraron que la cancelación del acuerdo entre las

partes se debía exclusivamente a los actos culposos y negligentes de

ASRW en la ejecución del contrato y de sus responsabilidades.

2 Entrada Núm. 14 en el Caso Núm. CA2020CV02547 en el Sistema Unificado de

Manejo y Administración de Casos (SUMAC). KLCE202400870 4

En cuanto a la reconvención, Tirri Edun y FOM sostuvieron

que, luego de varios meses de comenzadas las labores, el inmueble

en controversia comenzó a sufrir desperfectos causados por la pobre

ejecución del contrato acordado con ASRW. Aseguraron que los

daños sufridos en la referida propiedad sucedieron a pesar de que

el representante de ASRW aseguró que no habría problemas con el

interior del inmueble mientras se llevaran a cabo los trabajos en el

techo. Argumentaron que la ejecución negligente de ASRW causó

que FOM ordenara el cese de las labores para prevenir daños

adicionales y dar por terminado el acuerdo suscrito entre las partes.

Indicaron que, como resultado de lo anterior, FOM accedió a darle

una segunda oportunidad a ASRW bajo la condición de que el

acuerdo sería renovado mensualmente. Según adujeron, acordaron

que FOM pagaría un máximo de $20,000.00 mensuales, siempre y

cuando ASRW llevara a cabo los trabajos a una velocidad razonable

y satisfactoria. Arguyó que, no obstante, ASRW continuó ejecutando

sus obligaciones contractuales de manera negligente y con total

dejadez, por lo que FOM solicitó el cese inmediato de la renovación

del techo de la propiedad comercial en cuestión. En vista de ello,

solicitó $2,000,000.00 por los daños y perjuicios contractuales

sufridos como resultado del incumplimiento de ASRW, así como el

pago de $30,000.00 por concepto de costas y honorarios de abogado

por temeridad.

El 31 de marzo de 2021, ASRW contestó la reconvención y, en

esencia, negó las alegaciones en su contra.3 Argumentó que Tirri

Edun solicitó varios cambios al contrato original, eliminando

trabajos cotizados y reclamando que se realizaran labores que no

estaban incluidas en el acuerdo de las partes. Alegó que había

pagado los materiales, equipos y labor a su costo, toda vez que Tirri

3 Apéndice del recurso, págs. 41-49. KLCE202400870 5

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