VDE Corporation, Iván F. Tort v. F & R Contractors

2010 TSPR 210
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedOctober 15, 2010
DocketCC-2009-882
StatusPublished

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VDE Corporation, Iván F. Tort v. F & R Contractors, 2010 TSPR 210 (prsupreme 2010).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

VDE Corporation, Iván F. Tort

Recurridos Certiorari v.

F & R Contractors Inc. 2010 TSPR 210

Peticionario 180 DPR ____ Jorge Pierluisi; Banco Santander de Puerto Rico

Recurridos

Número del Caso: CC-2009-882

Fecha: 15 de octubre de 2010

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de San Juan Panel IV

Jueza Ponente: Hon. Luisa M. Colom García

Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Edgardo L. Rodríguez Cardé

Abogado de la Parte Recurrida: Lcdo. Edilberto Berríos Pérez

Materia: Sentencia Declaratoria, Entredicho Provisional, Injuction Preliminar y Permanente

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

VDE Corporation, Iván F. Tort Certiorari

v.

F & R Contractors Inc. CC-2009-0882

Peticionario

Jorge Pierluisi; Banco Santander de Puerto Rico

Opinión del Tribunal emitida por la Jueza Asociada señora Pabón Charneco

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de octubre de 2010.

Nos compete revisar una Resolución emitida por

el Tribunal de Apelaciones que denegó expedir un

auto de certiorari solicitado por F&R Contractors,

Inc., para revisar una Orden dictada por el

Tribunal de Primera Instancia, mediante la cual,

dicho foro emitió una orden de injunction

preliminar en la que le ordenó al Ing. Jorge

Pierluisi Díaz, (árbitro del procedimiento de

arbitraje entre F&R Contractors, Inc., y VDE

Corporation), que cesara y desistiera de continuar

con el proceso de arbitraje y la ventilación de las

controversias no adjudicadas en el Laudo Parcial. CC-2009-882 2

Además, se presenta como interrogante a este recurso, si un

laudo parcial puede cumplir con el principio de finalidad

de los laudos de arbitraje para efectos de revisión ante

los foros judiciales, sin la necesidad de que el árbitro

resuelva la totalidad de las controversias que se le

presentan para adjudicación. A continuación, veamos los

hechos que dieron génesis a la controversia aquí trabada.

I

El 1 de abril de 2005, VDE Corporation, en adelante,

VDE o la recurrida, y F&R Contractors Inc., en adelante,

F&R o la peticionaria, suscribieron un Contrato de

Construcción de un complejo de viviendas tipo walk up en el

Municipio de Gurabo. En la Cláusula 7.6.11 del Anejo A del

Contrato de Construcción suscrito entre las partes, se

pactó un procedimiento de arbitraje para resolver cualquier

disputa o reclamación que surgiera en cuanto a la ejecución

de los trabajos dentro del ámbito del mencionado Contrato o

con cualquier cuestión contractual.1

Así las cosas, el 14 de junio de 2007, VDE inició un

proceso de arbitraje con F&R a fin de resolver varias

controversias surgidas entre las partes. Comenzado el

1 El Art. 7.6.11 del Anejo A del Contrato de Construcción convenido entre las partes reza en lo pertinente:

Quality and time are of the essence in the performance of the work referred to in this Contract and every dispute, or claim, regarding any of these, or any other contractual matter, shall be decided by arbitration as per procedures established in this article, or in any other way that is mutually agreeable between Owner and Contractor. Véase, Apéndice de Certiorari, pág. 181. CC-2009-882 3

procedimiento, VDE declaró a F&R en incumplimiento y

terminó el Contrato de Construcción con ésta. Las partes

voluntariamente decidieron designar al Ing. Jorge A.

Pierluisi Díaz como árbitro.

Luego de varios trámites procesales, el 7 de agosto de

2008, las partes suscribieron una Estipulación a fin de

extender hasta el 22 de septiembre de 2008 el término que

tendría el árbitro para rendir el Laudo.

El 18 de septiembre de 2008, el Ing. Jorge Pierluisi

Díaz emitió un laudo, denominado como parcial final, en el

que resolvió la disputa sobre el Termination for Default, y

otras incidentales a ésta. De esa manera, dejó pendiente

para resolución el resto de las controversias habidas entre

las partes.2

Posteriormente, el 5 de diciembre de 2008 se celebró

una vista de arbitraje a la que asistieron las partes. En

la misma, VDE levantó el planteamiento de falta de

jurisdicción del árbitro para continuar atendiendo las

disputas entre las partes, y de manera enfática, estableció

que cualquier actuación o laudo emitido con posterioridad a

la fecha estipulada para éste actuar carecía de efecto

legal alguno. A pesar de ello, el árbitro insistió en

continuar la vista. 2 Entre esas controversias se encontraban: Alegación de VDE de que F&R no siguió el ritmo del trabajo establecido para los hormigones y sobre facturación del movimiento de tierra; controversia sobre la charca de retención; controversia sobre la subordinación de la cesión de $1.4 millones por F&R y descuento en las certificaciones por dicha cantidad; reclamaciones de F&R por cantidades no adeudadas, etc. Véase, Apéndice del Certiorari, págs. 393, 412. CC-2009-882 4

Así las cosas, en esa misma fecha, y en vista de que

su reclamo jurisdiccional no fue atendido, VDE presentó una

Demanda sobre sentencia declaratoria, entredicho

provisional, injunction preliminar y permanente contra F&R,

el Ing. Jorge Pierluisi Díaz, y el Banco Santander de

Puerto Rico. Entre otros extremos, peticionó al Tribunal

de Primera Instancia que emitiera un injunction preliminar

al amparo de la Regla 57 de Procedimiento Civil, 32

L.P.R.A. Ap. III, para impedir al árbitro continuar con los

procedimientos en el caso de arbitraje. Alegó que bajo el

palio de la Ley Núm. 376 de 8 de mayo de 1951, según

enmendada, conocida como Ley de Arbitraje de Puerto Rico,

32 L.P.R.A. sec. 3201 et seq., el árbitro no tenía facultad

para continuar adjudicando las disputas pendientes dentro

del procedimiento de arbitraje, toda vez que con la emisión

del Laudo Parcial, había perdido su jurisdicción. Amparó su

posición en la Estipulación suscrita por las partes. Señaló

que ésta extendía hasta el 22 de septiembre de 2008 el

término del cual disponía el árbitro para emitir el laudo

final.

En cuanto a la petición de sentencia declaratoria,

peticionó que el tribunal declarara que el árbitro perdió

jurisdicción para continuar con el arbitraje y para emitir

un laudo respecto a todas las disputas sometidas por las

partes que estuvieron ante su consideración; que declare el

laudo parcial emitido nulo al no haberse resuelto de forma CC-2009-882 5

final antes del 22 de septiembre de 2008 todas las disputas

sometidas, por no ser conforme a derecho y por estar

viciado por arbitrariedad, capricho y perjuicio. Además

adujo que el árbitro había incurrido en error y perjudicado

sus derechos y que se había extendido en sus funciones.

Véase, Apéndice del Certiorari, Demanda, págs. 65-68.

F&R se opuso a la Demanda incoada y solicitó su

desestimación. Alegó que faltaban disputas por resolver,

por lo que debía continuarse con el procedimiento de

arbitraje. Como fundamento, adujo que la Estipulación

suscrita sólo contemplaba la resolución parcial de las

disputas relacionadas a la validez de la declaración de

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