Sucesión de Pedroza Trías v. Martínez

64 P.R. Dec. 5
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJuly 26, 1944
DocketNúm. 8916
StatusPublished
Cited by6 cases

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Sucesión de Pedroza Trías v. Martínez, 64 P.R. Dec. 5 (prsupreme 1944).

Opinion

El Juez Asociado Señor Snyder

emitió la opinión del tribunal.

Esta es una apelación contra sentencia a favor de la de-mandante en un pleito de desahucio. La demandada apelante alega que la corte de distrito cometió error al no desestimar la demanda por el fundamento de que en la prueba se esta-bleció un conflicto de títulos.

La demandante es la Sucesión de Pedro Pedroza Trías. La demandada es Cándida Martínez. Esta última es tía y madre de crianza de Sara Pérez, quien fue concubina de Pedroza durante un número de años con anterioridad a la muerte de Pedroza. Este pleito se trae por la Sucesión de Pedroza para lanzar a la demandada de la posesión de una casa y solar en que se admite vivían Pedroza, su concubina y su tía, la demandada, al ocurrir la muerte de aquél. ,

En su contestación la demandada niega que Pedroza fuera dueño del solar y casa en cuestión. Alega que la casa “per-tenece a la demandada por haberla construido con dinero propio, habiendo pagado de su propio peculio todo el material de la misma, así como la mano de obra . . . ”. También alega la demandada que “el solar descrito fue adquirido por Pedro Luis Trías mediante compra a The National City Bank of New York habiendo la aquí demandada puesto en manos del Sr. Trías el importe de la compra bajo la condición ex-presa de que el Sr. Trías traspasara a la aquí demandada el descrito solar si no pudiere o estuviere en condiciones de devolverle a la aquí demandada el importe de la compra, hecho que no efectuó a pesar de las diligencias practicadas al efecto.’’

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