Pueblo v. Olmeda
Opinion
emitió la opinión del tribunal.
Se acusó ante la corte de distrito a Belén Olmeda de ha-ber obtenido dinero de Josefa Quiñones viuda de Maldonado valiéndose para ello de falsas y fraudulentas simulaciones. La acusación decía que la acusada fue donde la Sra. Quiño-nes y le dijo que cierta profesora deseaba que la acusada le gestionara un préstamo de la Sra. Quiñones en la suma de $100 con los correspondientes intereses; que para garanti-zar este préstamo, la profesora firmaría y juraría un pagaré ante un notario; que luego la acusada volvió donde la Srai Quiñones y le entregó un pagaré diciéndole que la profesora lo había firmado y jurado ante un notario con el fin de que ia acusada pudiera obtener el préstamo de $100 de la Sra. Quiñones para la profesora; que la Sra. Quiñones, creyendo estas manifestaciones de la acusada, le dió $100 para que se los entregara a la profesora en calidad de prcstámo; que ninguno de estos hechos era cierto y que la acusada lo sa-bía; y que la acusada hizo todo esto con la intención criminal de obtener por medio del fraude la suma de $100 de la Sra. Quiñones, cantidad que obtuvo la acusada apropián-dosela para su beneficio, defraudando con todo ello a la Sra. Quiñones en dicha cantidad.
[179] El Fiscal radicó tres acusaciones adicionales. Cada una le imputaba a la acusada Faber obtenido $100 de la Sra. Qui-ñones en tres ocasiones más empleando las. mismas falsas y fraudulentas simulaciones, en las cuales empleó los nombres de otras tres profesoras. Los casos se consolidaron .para juicio; la acusada fue convicta por el jurado en las cuatro acusaciones; y ha apelado de las sentencias imponiéndole un año de presidio en cada caso.
La acusada se queja de la actuación de la corte inferior al declarar sin lugar sus excepciones perentorias a cada una de las acusaciones. Citando entre otras autoridades una Nota en 27 L.R.A. (N. S.) 363 y algunos de los casos allí discutidos, descansa la acusada en la bien establecida proposición de que debe existir una conexión causal entre las falsas representaciones y la obtención del dinero. People v. Pearson, 231 P. 612 (Calif., 1924); Willis v. State, 271 P. 725 (Ariz., 1928). Intentando aplicar ese principio a este caso, la acusada alega que de las acusaciones se desprende que la Sra. Quiñones fue inducida a entregarle a ella el dinero porque recibió un pagaré otorgado ante notario, y no debido a falsas representaciones do la acusada.
No puede la acusada escapar tan fácilmente de las con-secuencias de su conducta. El hecho do que también engañó a un notario, quien estuvo muy lejos do cumplir con su de--beib
Footnotes
66 P.R. Dec. 177 (Pueblo v. Olmeda) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.