North Communications, LLC v. Departamento De Educacion

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMarch 19, 2024
DocketKLRA202300646
StatusPublished

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North Communications, LLC v. Departamento De Educacion, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II

NORTH SIGHT Revisión COMMUNICATIONS, LLC procedente de la Junta de Recurrente KLRA202300646 Subastas Central del Departamento v. de Educación

DEPARTAMENTO DE Subasta Núm. EDUCACIÓN DE PUERTO SF (OC) 2023-015 RICO; JUNTA DE SUBASTAS CENTRAL DEL Sobre: DEPARTAMENTO DE Impugnación de EDUCACIÓN; JUNTA Adjudicación de REVISORA DE SUBASTAS Subasta DE LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES

Recurridos

CODECOM, LLC

Licitador Seleccionado

SKYTEC, INC.

Licitador

Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, el Juez Adames Soto y la Juez Aldebol Mora

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de marzo de 2024.

I.

El 16 de mayo de 2023, la Junta de Subastas Central del

Departamento de Educación (Junta de Subastas), publicó la

Invitación a Subasta Formal sobre la subasta SF (OC) 2023-0151 para

la adquisición de radios portátiles y móviles para el Departamento

de Educación. Entre otras cosas, se indicó que las ofertas tenían

que presentarse físicamente en la oficina de la Junta de Subastas y

por correo electrónico, en o antes de las 11:00 a.m. del 15 de junio

1 Subasta para Establecer Contrato para la Adquisición de Radios (Multiprotocolo)

Portátiles, Móviles en las Bandas 700/800 VHF y Multiband para el Departamento de Educación.

Número Identificador

SEN2024______________ KLRA202300646 2

de 2023. La apertura de la subasta se realizaría ese mismo día, a

las 2:00 p.m. de manera virtual.

Posteriormente, la Junta de Subastas emitió dos avisos de

enmienda que les fueron notificados oportunamente a los

licitadores. Al respecto, mediante el Aviso de Posposición #1, emitido

el 9 de junio de 2023, se pospuso la fecha y hora de entrega de

ofertas y el acto de apertura hasta nuevo aviso. Mientras, el 11 de

agosto de 2023, se emitió el Aviso de Enmienda #1. Este dispuso

que la nueva fecha de entrega de ofertas sería el 16 de agosto de

2023 y que estas deberían ser entregadas de manera física en las

oficinas de la Junta de Subastas y por correo electrónico, en o antes

de las 11:00 a.m. de ese día. Además, se notificó que el Acto de

Apertura se realizaría en esa misma fecha a las 2:00 p.m.

La aludida Invitación incluyó instrucciones y condiciones

generales, requiriendo a los licitadores presentar sus ofertas por

correo electrónico y de forma física, en un sobre sellado, así como

los documentos que debían ser incluidos junto con la oferta. El

documento advirtió que el licitador que no adjuntara a su oferta

dichos documentos podría ser descalificado.

El 16 de agosto de 2023, la Junta de Subastas celebró el acto

de apertura de la subasta de manera virtual. Antes de comenzar,

los miembros de la Junta de Subastas advirtieron que el acto de

apertura sería grabado. Los tres licitadores que sometieron ofertas

para la subasta, en el plazo y de la manera establecida, fueron North

Sight Communications, LLC. (NSC), Skytec, Inc. y Codecom.

Durante la apertura, la Junta de Subastas abría cada una de las

ofertas, validaba si los licitadores habían presentado sus ofertas de

forma presencial y electrónica dentro del tiempo establecido, leía el

nombre de la compañía en voz alta, los precios cotizados por los

licitadores en cada renglón e informaba si el licitador había

presentado el “Bid Bond” y el certificado de licitadores de la ASG. KLRA202300646 3

El 19 de octubre de 2023, la Junta de Subastas notificó la

Resolución de Adjudicación (Aviso de Adjudicación). En la misiva, se

esbozaron las razones para la adjudicación de la subasta a la

licitadora agraciada Codecom y los motivos por los cuales los demás

licitadores no resultaron favorecidos. De igual forma, se les apercibió

sobre el proceso de reconsideración y revisión judicial

correspondiente.

En desacuerdo con la determinación adjudicativa, el 6 de

noviembre de 2023, NSC presentó Solicitud de Revisión ante la Junta

Revisora de la ASG. En esencia, arguyó que la Junta de Subastas

incumplió de manera crasa con el proceso establecido en la Sección

7.3.15 del Reglamento 9230, para el acto de apertura de la subasta.

Explicó, que los representantes de Skytec y NSC le solicitaron a la

Junta de Subastas la oportunidad de revisar todos los documentos

presentados por los licitadores y que la Junta consultó las peticiones

en privado y determinó que las ofertas no podían ser examinadas

por los licitadores durante el acto de apertura e indicó que estas solo

iban a estar disponibles para la revisión luego que la Junta de

Subastas adjudicara la misma al licitador agraciado. Además, indicó

NSC en su reconsideración, que la Junta de Subastas no verificó

que las ofertas tuvieran todos los documentos que habían sido

requeridos en el pliego de la subasta. Añadió, que tampoco inició y

selló todas y cada una de las páginas de las ofertas, ni inició y selló

las páginas de las ofertas electrónicamente.

Por último, sostuvo que no se les permitió a los licitadores que

estaban presentes examinar los documentos de las ofertas que

habían sido presentadas en el acto de apertura y que el funcionario

que presidió dicho acto no preparó un acta dentro del término de

veinticuatro (24) horas requerido. Señaló que no había forma de

saber si los documentos de alguna de las ofertas fueron

manipulados, extraviados o añadidos con posterioridad, lo cual, KLRA202300646 4

alega, va en contra del principio de que los procesos de adquisición

de bienes por el Gobierno se lleven a cabo con transparencia,

eficacia y probidad.

Insatisfecho, y sin que la Junta Revisora atendiera su Solicitud

de Revisión dentro del término de treinta (30) días de haberse

presentado la misma, el 15 de diciembre de 2023, NSC acudió ante

nos mediante Recurso de Revisión Judicial. Plantea:

Erró la Junta de Subastas Central del Departamento de Educación al adjudicar la buena pro de la Subasta a Codecom, a sabiendas de que durante el acto de apertura la Junta de Subastas Central incumplió crasamente con las disposiciones de la Sección 7.3.15 del Reglamento 9230, violando así el principio de que los procesos de adquisición de bienes por el Gobierno se lleven a cabo con trasparencia, eficiencia y probidad.

NSC adhirió a su recurso Moción Solicitando Orden, para que

ordenáramos a la Junta de Subastas proveer copia fiel y exacta del

video del acto de apertura. Resaltó la importancia de examinar lo

acontecido en el acto de apertura para que pudiéramos ejercer

nuestra función revisora. El 12 de enero de 2024, emitimos

Resolución concediendo treinta (30) días a la parte recurrida para

que fijara su posición y a la Junta de Subastas, diez (10) días para

expresarse en cuanto a la Moción Solicitando Orden. En la misma

fecha, Codecom, el licitador agraciado, presentó Oposición a Recurso

de Revisión Judicial.

El 25 de enero de 2024, el Departamento de Educación

compareció mediante Escrito en Torno a Solicitud de Grabación del

Acto de Apertura y junto con esta, hizo entrega de copia fiel y exacta

de la grabación del acto de apertura, mediante USB. El 14 de febrero

de 2024, el Departamento de Educación presentó Escrito en

Cumplimiento de Resolución, en el cual planteó, en síntesis, que los

errores alegados por NSC van dirigidos a cuestionar el acto de

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