Nieves Huertas v. García Padilla

2013 TSPR 120
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Supreme Court of Puerto Rico·Decided October 25, 2013·No. CT-2013-17·Published

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Arturo Nieves Huertas y Luis Raúl Albaladejo

Recurridos

v.

Hon. Alejandro García Padilla, Gobernador de Puerto Rico; Hon. Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia de Puerto Rico; y Hon. Liza Fernández Rodríguez

Peticionaria en Certificación (Hon. Liza Certificación Fernández Rodríguez) 2013 TSPR 120 Arturo Nieves Huertas y Luis Raúl Albaladejo 189 DPR ____

Hon. Edgardo Rivera García, Juez Asociado del Tribunal Supremo de Puerto Rico; Hon. Alejandro García Padilla, Gobernador de Puerto Rico; Hon. Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia; Gobierno de Puerto Rico; y Senado de Puerto Rico, representado por su Presidente, Hon. Eduardo Bathia Gautier

Demandados

Número del Caso: CT-2013-17

Fecha: 25 de octubre de 2013

Abogados de la Parte Peticionaria:

Lcdo. Eliezer Aldarondo Ortiz Lcdo. Claudio Aliff Ortiz Lcda. Rosa Campo Silva Lcdo. Simone Cataldi Malpica Lcdo. Eliezer A. Aldarondo López CT-2013-0017 2

Abogado del Hon. Edgardo Rivera García:

Lcdo. Carlos Santiago Tavárez

Parte Recurrida:

Lcdo. Arturo Nieves Huertas Lcdo. Luis Raúl Albaladejo

Materia: Injuction Mandatorio, Preliminar y Permanente, Mandamus, Quo Warranto y Sentencia Declaratoria

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Hon. Alejandro García Padilla, Gobernador de Puerto Rico; Hon. Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia de Puerto Rico; y Hon. Liza Fernández Rodríguez

Peticionaria en Certificación (Hon. Liza Fernández Rodríguez) ___________________________ Arturo Nieves Huertas y Luis Raúl Albaladejo

Recurridos CT-2013-0017

Hon. Edgardo Rivera García, Juez Asociado del Tribunal Supremo de Puerto Rico; Alejandro García Padilla, Gobernador de Puerto Rico; Hon. Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia; Gobierno de Puerto Rico; y Senado de Puerto Rico presentado por su Presidente, Hon. Eduardo Bathia Gauthier

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de octubre de 2013.

A la Moción de reconsideración presentada por los demandantes recurridos, no ha lugar.

Notifíquese a las partes por teléfono, fax y por la vía ordinaria. CT-2013-0017 2

Lo acordó el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Martínez Torres emitió un Voto particular de conformidad al que se unió el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón. El Juez Asociado señor Estrella Martínez emitió un Voto particular de conformidad. El Juez Presidente señor Hernández Denton, la Jueza Asociada señora Fiol Matta, la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez, la Jueza Asociada señora Pabón Charneco y el Juez Asociado señor Rivera García no intervinieron.

Aida I. Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Hon. Alejandro García Padilla, Gobernador de Puerto Rico; Hon. Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia de Puerto Rico; y Hon. Liza Fernández Rodríguez

Peticionaria en Certificación (Hon. Liza Fernández Rodríguez) ___________________________ Arturo Nieves Huertas y Luis Raúl Albaladejo

Hon. Edgardo Rivera García, Juez Asociado del Tribunal Supremo de Puerto Rico; Alejandro García Padilla, Gobernador de Puerto Rico; Hon. Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia; Gobierno de Puerto Rico; y Senado de Puerto Rico, representado por su Presidente, Hon. Eduardo Bathia Gauthier

Voto particular de conformidad emitido por el Juez Asociado señor MARTÍNEZ TORRES al cual se unió el Juez Asociado señor FELIBERTI CINTRÓN

La Presidenta y el Primer Vicepresidente del Colegio de

Abogados se unieron a este pleito como abogados de los

demandantes. En su comparecencia, mencionaron expresamente

sus posiciones en la directiva del Colegio. Con esa CT-2013-0017 2

comparecencia a nombre de la institución, queda manifiesto

que el Colegio ignora y se niega a defender a los más de

cien abogados que ejercen como procuradores, fiscales y

jueces, y cuya legitimidad fue puesta en tela de juicio de

manera viciosa y temeraria por los demandantes, con

alegaciones frívolas. ¿Es que esos abogados no tienen

derecho a que se les defienda también? ¿Cómo se puede

pretender que este Tribunal cierre los ojos y permita que

los demandantes formen un espectáculo en el Tribunal de

Primera Instancia que ponga en tela de juicio la confianza

del pueblo en sus funcionarios e instituciones mediante

alegaciones carentes de fundamentos legales y se afecte así

el buen funcionamiento de la justicia? ¿Cómo se puede

afirmar con cara seria que no hay un interés público en

evitar eso? Ya que el Tribunal de Primera Instancia no lo

hizo oportunamente y ante las consecuencias graves que

presentaba este caso frívolo para la confianza del pueblo en

sus funcionarios e instituciones, ¿se puede afirmar sin ni

siquiera sonrojarse que era mejor que este Tribunal no

certificara para desestimar el caso? ¿Acaso alguien tiene

derecho a litigar un caso frívolo? ¿Por qué el Colegio asume

un rol activo contra más de cien abogados? ¿Se puede

contestar esta pregunta sin considerar que entre los

demandados está la Juez Superior, Hon. Liza Fernández

Rodríguez, quien cuando era legisladora presentó el proyecto

que hoy es la Ley Núm. 121-2009, mediante la cual se eliminó

la membresía obligatoria en el Colegio de Abogados?

RAFAEL L. MARTÍNEZ TORRES Juez Asociado EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Hon. Alejandro García Padilla, Gobernador de Puerto Rico; Hon. Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia de Puerto Rico; y Hon. Liza Fernández Rodríguez

Peticionaria en Certificación (Hon. Liza Fernández Rodríguez)

Arturo Nieves Huertas y Luis CT-2013-0017 Certificación Raúl Albaladejo

Hon. Edgardo Rivera García, Juez Asociado del Tribunal Supremo de Puerto Rico; Hon. Alejandro García Padilla, Gobernador de Puerto Rico; Hon. Luis Sánchez Betances, Secretario de Justicia; Gobierno de Puerto Rico; y Senado de Puerto Rico, representado por su Presidente, Hon. Eduardo Bathia Gautier

Voto Particular de Conformidad emitido por el Juez Asociado SEÑOR ESTRELLA MARTÍNEZ

San Juan, Puerto Rico, a 25 de octubre de 2013.

Nunca promoveré que la poderosa llave del acceso a la

justicia, que constantemente he defendido como Juez, se

torne en una herramienta de acceso a la injusticia contra CT-2013-0017 2

los servidores públicos, ya sean de esta Rama o de los

otros poderes del Gobierno de Puerto Rico.

La Moción de Reconsideración presentada ante este

Tribunal constituye el eslabón más reciente de una cadena

de eventos, perpetuados por dos letrados demandantes,

dirigidos a secuestrar la integridad, el honor y la

legitimidad de más de 100 funcionarios públicos,

relacionados con el sistema de justicia.

La presentación de recursos escudados o amparados en la

defensa de la Constitución de Puerto Rico es un asunto

serio. Si hay un litigante que le preocupa de forma teórica

una supuesta violación constitucional, mayor preocupación

debería causarle que sus acciones puedan menoscabar

precisamente la primera oración de la primera sección de

nuestra Carta de Derechos: “[l]a dignidad del ser humano es

inviolable”.

Invocar en el vacío la Constitución nunca será una

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Nieves Huertas v. García Padilla, 2013 TSPR 120 (prsupreme 2013).

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