Moringlane v. Skerret

44 P.R. Dec. 874
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedApril 7, 1933
DocketNo. 5541
StatusPublished
Cited by4 cases

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Moringlane v. Skerret, 44 P.R. Dec. 874 (prsupreme 1933).

Opinion

El Juez Presidente Señor del Toro,

emitió la opinión del tribunal.

Dos causas de acción se formularon en la demanda en-mendada que sirve de base a este pleito. Por la primera se reclamaron $1,610 por el uso de cierto ancón y por la se-gunda la devolución del ancón debidamente reparado, o la devolución y el pago de los gastos que su reparación oca-sione, con más diez dólares diarios basta la entrega en forma y las costas del litigio.

Contestó el demandado oponiéndose a las reclamaciones de la demandante y alegando que entró en posesión del an-cón por habérselo cedido el municipio de Ponce para la me-jor realización de cierta obra en que el municipio estaba in-teresado.

Fué el pleito a juicio. Practicóse • una larga prueba do-cumental y testifical y la corte finalmente lo decidió por sen-tencia favorable al demandado con imposición de costas al actor.

Para fundar su sentencia la corte de distrito emitió una larga opinión. En ella aprecia la evidencia practicada en el sentido de que no demuestra que existiera contrato alguno entre demandante y demandado. A su juicio era al muni-cipio a quien el arrendatario debió reclamar la propiedad arrendada al no serle entregada a su debido tiempo y no al demandado, y era el municipio el que podía reclamar contra su alcalde si es que éste había autorizado indebidamente el uso del ancón y contra el demandado si es que éste había de-[876]*876vuelto el ancón deteriorado o inservible. Sostuvo la corte que tampoco puede derivarse de la evidencia aportada exis-tencia de cuasi contrato alguno entre demandante y deman-dado.

No conforme con la sentencia, apeló la demandante, se-ñalando en su aleg’ato la comisión de cinco errores, cometidos a su juicio por la corte, 1°., al no reconocer que la acción ejer-citada se basa en los artículos 1056 y 1788 del Códig’o Civil; 2°., al declarar que los ancones “Evaristo” y “Número 21” no se incluyeron en el contrato de arrendamiento del muni-cipio con Moringlane, declarando que el “Número 21” estaba excluido del contrato por previa cesión del alcalde al deman-dado; 3°., al declarar que el demandado no estaba obligado para con la demandante no obstante reconocer que los anco-nes le habían sido cedidos sin autoridad por el alcalde; 4°., al no reconocer que el demandado venía obligado a pagar a la demandante el uso del ancón y a devolvérselo en las mis-mas condiciones en que lo recibió, y 5°., al dictar sentencia declarando la demanda sin lugar con costas.

La cuestión fundamental a estudiar y a resolver es una: la de si la demandante demostró la existencia de un cuasi contrato del que puedan derivarse los derechos que reclama.

Lo primero que por ella se probó en el juicio fué que el Municipio de Ponce por escritura de 2 de enero, 1929, a vir-tud de su Ordenanza No. 69, serie 1928, y mediante subasta, arrendó a Ernesto M. Moringlane los 56 ancones, 3 remol-cadores, botes, yolas y demás enseres de su sérmelo de alijo, por término de año y medio y precio de veinte y cuatro mil dólares anuales. Los 56 ancones se describen uno a uno en la escritura y entre ellos se encuentran los dos a que este pleito se refiere.

Seguidamente demostró la existencia de la sociedad Mo-ringlane y Lledó constituida por escritura pública de 23 de enero de 1929, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Sur — Ponce. Su cláusula cuarta dice: “La Sociedad no [877]*877aporta capital alguno; pero el socio señor Moringlane y Mar-tínez lleva a ella todos los bienes tomados en arrendamiento al Municipio de Ponce, y el señor Lledó, su trabajo personal.”

Dec-laró entonces su socio Agustín Lledó, refiriéndose al demandado, en parte, como sigue: Nosotros no le fiemos arrendado ningún ancón, es decir-, nosotros dejamos de per-cibir, en la entrega de los ancones, un ancón: no se nos en-tregó el ancón No. 21. . . . Sí, señor. Estaba incluso en el arrendamiento de los cincuenta y seis ancones. . . . Ese an-cón fué cedido por el alcalde. Estaba en posesión de don Ricardo Skerret.lo tenía ocupado con un martinete: es-taba trabajando con él. . . . Yo escribí una carta dieiéndole que fiabíamos arrendado los ancones que poseía el Municipio, y que estaban incluidos esos ancones, y que ese ancón le cos-taría diez pesos diarios. Cada mensualidad vencida, le pa-saba un borderó. ... Y don Ricardo me mandaba a decir que pasaría por mi oficina. ... Ni pasó por la oficina, ni de-volvió el ancón. El ancón está en poder de él. Está en te-rrenos donde están fabricando el malecón. . . . don Ricardo Skerret lo usó como seis meses, y después lo arrinconó allí,... Nunca fué llevado al varadero de Moringlane & Lledó. Pagan dos mil dólares mensuales de arrendamiento, por la to-talidad de los ancones. Tienen otros gastos.

Skerret usó en su negocio el ancón por seis meses. Du-rante ese tiempo yo le estaba pasando estados mensuales: le pasé cuatro mensualidades — borderós, y me estaba entrete-niendo — estuvo entreteniéndome y aplazándome, y para aquí y para allá, y nunca llegué a verle la cara en mi oficina eii relación a este asunto. Yo recibí una contestación cuando me mandó una razón de que fiabía desocupado el ancón. Des-pués de fiaberlo usado como seis meses, me mandó razón de que fiabía desocupado el ancón, y yo fui a presenciar el an-cón, y el ancón estaba imposibilitado para trabajar; el an-cón no podía trabajar, porque estaba lleno de agua, lleno de arena, y en malas condiciones. Y fui a tierra y fiable con [878]*878el encargado del señor Skerret — no sé quién es — -nada más ... No hablé nunca personalmente con el señor Skerret. No quise recibir el ancón. Él trataba de entregármelo, pero yo no quise recibirlo. . . . Estaba en malas condiciones, y hoy está peor. . . . Está inservible. . . . No costará menos de mil dollars la reconstrucción; reconstruirlo para dejarlo en las mismas condiciones en que fué entregado.

No he recibido excusa o bonificación alguna por el daño de no tener el ancón. ... Ni del señor Skerret, ni del mu-nicipio. A la pregunta: ¿Usted se ha dirigido al municipio diciéndole que dado que ese ancón está inservible y no le ha sido entregado, no debe aparecer en el tonelaje que le arren-daron, que le paga usted al municipio, y que deben rebajarle el impórte de ese ancón? Contestó finalmente: No me he dirigido, porque el arrendador fué un municipio, y el que está hoy en posesión es otro municipio. Reclama en virtud de que al señor Moringlane se le adjudicaron los ancones en diciem-bre, en la subasta pública que se celebró aquí en Ponce. . . . No hizo ningún contrato con Skerret. ... Yo he arrendado ancones en otras ocasiones de esas dimensiones, y he cobrado eso mismo. . . . No dió cuenta al municipio de que el señor Skerret tenía ese ancón en su poder, y no se lo entregaba. No ha hecho ninguna petición al Municipio de Ponce con mo-tivo de eso.

Las cartas a que se refirió el testigo en su declaración dicen:

“Playa de Ponce, P. R., 4 de enero de 1929. Sr. Ricardo Skerret, Ingeniero Director del Malecón de Ponce, Playa Ponce, P. R. — Señor: Tengo a bien informarle que desde esta feeba me be becbo cargo de toda la propiedad concerniente al servicio de alijos del Municipio de Ponce, por haberme sido adjudicada la subasta que se llevó a cabo para el arrendamiento de la mencionada propiedad. Y al comuni-carlo así a usted, be de informarle a la vez que desde esta fecha le cargaré en cuenta, el alquiler de los dos ancones que tiene usted al servicio a razón de $10 diarios por uno de ellos y de $5 por el otro, montante que debe ser pagadero quincenalmente.

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