Matías v. Rodríguez Campos

79 P.R. Dec. 14
Supreme Court of Puerto Rico·Decided March 14, 1956·No. Número 11638·Published·Cited by 2 cases

Opinion

El Juez Asociado Señor Pérez Pimentel

emitió la opinión del Tribunal.

Los menores Doris Matías, Reyes Rodríguez, Elvira Ro-dríguez y Pilar Rodríguez, representados por su madre con patria potestad Evarista Matías García, interpusieron ac-ción de alimentos y filiación contra Pedro Rodríguez Campos. De estos cuatro menores demandantes, los últimos tres son hijos reconocidos del demandado Pedro Rodríguez Campos, mas no así la primera, Doris Matías, quien instó la acción de filiación al sólo efecto de llevar el apellido de su padre. Por estipulación de las partes el tribunal a quo dictó sentencia condenando al demandado a pagar a sus hijos reconocidos la suma de $8.50 semanales. En cuanto a la otra menor el caso fué a juicio, luego de lo cual el tribunal a quo resolvió (1) que dicha menor era hija del demandado, (2) que el de-mandado vivía en concubinato con la madre de la menor de-mandante durante la concepción de ésta, y (3) que después de nacida la menor Doris Matías el demandado la trató y consideró como hija suya. En su consecuencia, dicho tribunal dictó sentencia declarando a la menor demandante hija [16]*16natural reconocida del demandado con derecho solamente a llevar el apellido de éste

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Matías v. Rodríguez Campos, 79 P.R. Dec. 14 (prsupreme 1956).

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