Jom Security Services, Inc v. Junta De Subasta Municipio De Mayaguez

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided May 21, 2025·No. KLRA202500279·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

JOM SECURITY SERVICES, REVISIÓN INC. ADMINISTRATIVA procedente de la

Recurrente Junta de Subastas del Municipio

Autónomo de

v. KLRA202500279 Mayagüez

Subasta formal

JUNTA DE SUBASTAS DEL número: 2025-024 MUNICIPIO AUTÓNOMO DE MAYAGÜEZ Sobre:

Impugnación de

Recurrida subasta servicios de guardias de

seguridad

Panel integrado por su presidenta, la jueza Ortiz Flores, la juez Aldebol Mora y la jueza Boria Vizcarrondo.

Aldebol Mora, Juez Ponente SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de mayo de 2025.

Comparece ante nos la parte recurrente, JOM Security Services, Inc., y nos solicita la revisión y revocación de la notificación de adjudicación de subasta emitida por la Junta de Subastas del Municipio Autónomo de Mayagüez el 25 de abril de 2025, notificada el 29 del mismo mes y año. Mediante el mismo, el referido organismo notificó la adjudicación de subasta a favor de Unique Security, Corp.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el presente recurso, por falta de jurisdicción.

I

El 25 de marzo de 2025, el Municipio Autónomo de Mayagüez celebró la apertura de la Subasta Núm. 2025-024 sobre servicios de guardias de seguridad.1 Los siguientes licitadores comparecieron a la referida subasta: Unique Security, Corp., JOM Security Services, Inc., West Security Services, Inc., Sheriff Security Services, Inc., M.L.A. Security Solution, Corp., Genesis Security Services, Inc. y

1 Apéndice 1 del recurso, pág. 2.

Número Identificador SEN2025 _______________

St. James. La Junta de Subastas del Municipio Autónomo de Mayagüez (Junta) realizó un análisis de las propuestas y utilizó como criterios de evaluación los siguientes: (1) postor más bajo; (2) postor que cumplió con las especificaciones y requisitos; (3) precio razonable; (4) mejor postor; y (5) beneficio del interés público.

Evaluadas las propuestas, el 25 de abril de 2025, notificada el 29 del mismo mes y año, la Junta emitió la adjudicación de subasta que nos ocupa.2 En síntesis, la Junta adjudicó la buena pro a Unique Security, Corp. Determinó que, conforme al Reglamento de Subastas, Unique Security, Corp. fue el mejor postor, cumplió tanto con las especificaciones como con los requisitos de la subasta, tenía la experiencia necesaria y era quien mejor representaba el interés público. Por otro lado, la agencia administrativa plasmó en la notificación de la adjudicación de la subasta el derecho a revisión judicial de las partes ante el Tribunal de Apelaciones.

En específico, la notificación de la adjudicación a la subasta en cuestión incluyó la siguiente información:

Estimados licitadores:

El 25 de marzo de 2025, en cumplimiento con la Ley Núm.

107-2020, según enmendada, conocida como [el] Código Municipal de Puerto Rico, y a tenor con el Reglamento de Subastas y [la] Solicitud de Propuestas del Municipio Autónomo de Mayagüez (Reglamento de Subastas), el Municipio Autónomo de Mayagüez, celebró la apertura de la SUBASTA N[Ú]MERO 2025-024 SERVICIOS DE GUARDIAS DE SEGURIDAD. A la misma, comparecieron seis (6) licitadores, a saber:

COMPAÑÍA GUARDIAS GUARDIAS DESARMADOS ARMADOS

Unique Security[, Corp.] $12.75 $13.50

JOM Security Services[, Inc.] $13.99 $14.79 West Security Services, Inc. $14.30 $14.90 Sheriff Security Service[s], Inc. $14.49 $15.78 M.L.A. Security Solution, Corp. $15.00 $16.00 Genesis Security Services, Inc. $15.56 $16.85 St. James NO BID NO BID

2 Apéndice 1 del recurso, págs. 1-5.

Luego de este proceso, la Srta. Yiraida Rodr[í]guez Mora, Gerente [del] Departamento de Servicios Administrativos, realizó un análisis exhaustivo de las propuestas y mediante comunicación del 27 de marzo de 2025, le remitió a esta Junta de Subastas, sus recomendaciones. A tales efectos, y luego del trámite y evaluación correspondiente, y de conformidad con el narrativo a continuación, determinamos adjudicar la Subasta N[ú]mero 2025-024 a la compañía:

Unique Security, Corp.

I. Descripción de Servicio

Esta subasta se hizo a solicitud [de] la Srta. Yiraida Rodríguez Mora, Gerente [del] Departamento de Servicios Administrativos, para la SUBASTA N[Ú]MERO 2025-024 SERVICIOS DE GUARDIAS DE SEGURIDAD.

II. Información General de sobre [sic] la Subasta

El anuncio por el Municipio, incluyó la fecha de apertura de la Subasta, la cual fue pautada para el 25 de marzo de 2025, en el Salón de Conferencias de la División de Subastas en la Calle de Diego #56 Este, segundo piso del Edificio Albizu en Mayagüez, Puerto Rico.

III. Criterios de Evaluación

Las ofertas fueron evaluadas a los fines de determinar su cumplimiento con las especificaciones de la subasta.

Asimismo, se evaluó [sic] las ofertas económicas y el cumplimiento de los requisitos mínimos de elegibilidad, a saber:

• Postor más bajo

• Postor que cumple con las especificaciones y requisitos

• Precio razonable

• Mejor postor

• Beneficio del interés público

IV. Análisis y Evaluación de las Ofertas

La Junta de Subastas, evaluó las ofertas sometidas por los licitadores, tomando en cuenta el análisis y evaluación que, a su vez, llevó a cabo la Gerente de Servicios Administrativos.

V. Acuerdo o Determinación Final

Luego de evaluar las ofertas recibidas por los licitadores, tomando en consideración el cumplimiento con las especificaciones, así como las normas de ley y reglamentarias aplicables a estos procesos. [sic]

A tenor con los requisitos de la SUBASTA N[Ú]MERO 2025-

024 SERVICIOS DE GUARDIAS DE SEGURIDAD, y de conformidad con las disposiciones de la Ley [Núm.] 107[-

2020], la facultad conferida en el Reglamento de Subastas y, en beneficio del interés público, la Junta de Subastas, ha determinado por unanimidad adjudicar la Subasta Número 2025-024, a la compañía Unique Security, Corp. Conforme al Reglamento de Subastas, dado que fue el mejor postor, cumplieron con las especificaciones y requisitos, experiencia y teniendo presente el beneficio de adjudicación que representa al interés público.

La compañía agraciada advendrá en la obligación de presentar una fianza de cumplimiento que será establecida por el Gerente del Departamento. La efectividad de la Subasta de comprender [sic] desde el 1 de julio de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.

VI. Revisión Judicial

Toda persona o entidad que se considere adversamente afectada por esta determinación, y que hubiese participado en el proceso de subasta podrá, dentro del término de diez (10) días, contados desde la fecha del envío por correo electrónico, o la fecha del depósito en el correo de la copia de la notificación del acuerdo final o adjudicación, lo que ocurra primero, presentar un recurso de revisión administrativa ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1.050 de la Ley [Núm.] 107[-2020].

[…]

Inconforme, el 12 de mayo de 2025, la parte recurrente compareció ante nos mediante el recurso de revisión judicial de epígrafe y propuso los siguientes señalamientos de error:

ERRÓ LA JUNTA DE SUBASTA DEL MUNICIPIO AUT[Ó]NOMO DE MAYAG[Ü]EZ AL IMPEDIRLE A LA PARTE RECURRENTE COMO LICITADOR REVISAR F[Í]SICAMENTE LOS PLIEGOS DE SUBASTA DE LOS DEM[Á]S LICITADORES PARTICIPANTES DE LA SUBASTA NÚM. 2025-024 PARA LA CONTRATACI[Ó]N DE SERVICIOS DE GUARDIAS, EN CONTRAVENCI[Ó]N CON EL ART[Í]CULO 15 DE SU PROPIO REGLAMENTO.

ERRÓ LA JUNTA DE SUBASTA DEL MUNICIPIO AUT[Ó]NOMO DE MAYAG[Ü]EZ AL LIMITAR EL ACCESO A LA INFORMACIÓN A LA PARTE RECURRENTE COMO LICITADOR DURANTE EL PROCESO DE APERTURA DE LA SUBASTA NÚM.

2025-024[,] IMPIDI[É]NDOLE EL QUE PUDIERA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS [SIC]

OBLIGATORIOS DE TODOS LOS LICITADORES[,]

INCLUYENDO AL LICITADOR AGRACIADO UNIQUE, EN CLARA VIOLACI[Ó]N AL DEBIDO PROCESO DE LEY Y SU PROPIO REGLAMENTO.

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Jom Security Services, Inc v. Junta De Subasta Municipio De Mayaguez, (prapp 2025).

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