Island Portfolio Services, LLC v. Corcino Perez, Patricia

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJune 30, 2025
DocketKLAN202500119
StatusPublished

This text of Island Portfolio Services, LLC v. Corcino Perez, Patricia (Island Portfolio Services, LLC v. Corcino Perez, Patricia) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Island Portfolio Services, LLC v. Corcino Perez, Patricia, (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

Apelación ISLAND PORTFOLIO procedente del Tribunal SERVICES, LLC de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Apelada KLAN202500119

v. Sobre: Cobro de Dinero PATRICIA CORCINO PÉREZ Caso Núm.: Apelante CG2023CV03912

Panel Especial integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, la Juez Grana Martínez y el Juez Pérez Ocasio

Domínguez Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2025.

Comparece ante nos Patricia Corcino Pérez (en adelante, parte

apelante o Corcino Pérez), mediante un recurso de apelación y nos

solicita la revisión de la Sentencia Sumaria emitida el 13 de enero de

2025, notificada el 14 de enero de 2025, por el Tribunal de Primera

Instancia, Sala de Caguas. Mediante la misma, el Foro Primario

ordenó a la parte apelante a cumplir con el pago de lo adeudado.

Por los fundamentos que expondremos a continuación,

confirmamos la Sentencia Sumaria apelada.

I

El 15 de noviembre de 2023 Island Portfolio Services, LLC (en

adelante, Island Portfolio o parte apelada), como agente gestor de

Fairway Acquisitions Fund, LLC (en adelante, Fairway Acquisitions),

presentó una demanda por cobro de dinero e incumplimiento de

contrato en contra de la parte apelante.1 Surge de la demanda que

la señora Corcino Pérez suscribió con Popular Auto, LLC (en

adelante, Popular Auto o acreedor original) un Contrato de

1 Apéndice del recurso, págs. 1-3.

Número Identificador SEN2025 ________________ KLAN202500119 2

Arrendamiento de Vehículos. Se explicó que, posteriormente,

Fairway Acquisitions se subrogó en los derechos del acreedor

original al adquirir de este, mediante el documento intitulado Bill of

Sale and Assignment of Accounts,2 los derechos, títulos e intereses

sobre la cuenta de la señora Corcino Pérez. La parte apelada alegó

que, conforme a las cláusulas del referido contrato, el término para

pagar lo adeudado se aceleró. Por ello, adujo que la señora Corcino

Pérez debía dieciocho mil ciento noventa y dos dólares con cuarenta

y cinco centavos ($18,192.45).

En el pliego, la parte apelada señaló que había hecho

múltiples requerimientos a la señora Corcino Pérez, y esta no había

satisfecho lo adeudado. Por ello, la parte apelada le solicitó al

Tribunal de Primera Instancia que ordenara a la parte apelante a

saldar la deuda, junto con el pago de intereses legales, costas, gastos

y honorarios de abogados.

Luego de varios trámites procesales, el 7 de febrero de 2024,

la parte apelante presentó una Solicitud de Desestimación por Falta

de Legitimación.3 En la misma, la parte apelante alegó que Island

Portfolio no tenía legitimación activa para presentar la acción de

epígrafe, dado que no mostró documentación que acreditara que

poseía una autorización previa de Fairway Acquisitions para poder

entablar la causa de acción en su nombre. Adujo que, en todo caso,

quien podría demandar a la señora Corcino Pérez era Fairway

Acquisitions por ser la entidad que se subrogó en las obligaciones

del acreedor original. No obstante, alegó que Fairway Acquisitions

tampoco tenía legitimación activa, ya que de la demanda no surgía

que la cuenta de la señora Corcino Pérez estuviese dentro de las que

le fueron cedidas por Popular Auto.

2 Íd., págs. 53-54. 3 Íd., págs. 6-13. KLAN202500119 3

Por su parte, el 27 de febrero de 2024, la parte apelada

presentó una Moción para unirse a Representación Legal y Oposición

a Solicitud de Desestimación por Falta de Legitimación.4 En la misma,

Island Portfolio señaló que, al adquirir las cuentas de Popular Auto

por medio del Bill of Sale and Assignment Accounts, Fairway

Acquisitions se convirtió en el tenedor y actual dueño de la cuenta

de la parte apelante. Asimismo, explicó que era un gestor de Fairway

Acquisitions y que en virtud de un Power of Attorney, el cual fue

anejado a su escrito, tenía autorización de la compañía para

presentar la reclamación de epígrafe. Por lo cual, adujo que poseía

legitimación activa para demandar a la señora Corcino Pérez. Luego

de considerar los planteamientos de las partes, el 1 de marzo de

2024, el Foro apelado declaró No Ha Lugar a la Solicitud de

Desestimación.5

Tras varios incidentes procesales, el 20 de octubre de 2024,

la parte apelada presentó una Solicitud de Sentencia Sumaria.6 En

la misma, alegó que la señora Corcino Pérez suscribió un Contrato

de Arrendamiento de Vehículos con Popular Auto, el cual fue

adquirido por Fairway Acquisitions por medio del Bill of Sale and

Assignment of Accounts. Asimismo, esbozó que la parte apelante

suscribió una Entrega Voluntaria de Unidad en Arrendamiento,

mediante el cual esta se comprometió a sufragar la diferencia del

pago, luego de que se vendiera o rearrendara el vehículo entregado.

Por ello, Popular Auto le envió a esta una Carta de Deficiencia,

indicando que el balance que le correspondía sufragar ascendía a

dieciocho mil ciento noventa y dos dólares con cuarenta y cinco

centavos ($18,192.45). Al incumplir con el pago, Island Portfolio le

envió una carta de Aviso de Cobro. Sin embargo, la parte apelada

4 SUMAC, Entrada Núm. 15. 5 SUMAC, Entrada Núm. 17. 6 Íd., págs. 34-43. KLAN202500119 4

alegó que la señora Corcino Pérez no pagó el referido balance.

Igualmente, señaló que le proveyó a la parte apelante un

Requerimiento de Admisiones, y que la misma no respondió, por lo

que los hechos esbozados quedaron admitidos. Al considerar que no

existía controversia real y sustancial de hechos, la parte apelada

solicitó que se dictara sentencia a su favor por la cantidad

reclamada, más las costas, los honorarios de abogados y los

intereses al tipo legal.7

Más adelante, el 14 de noviembre de 2024, la parte apelante

presentó su Oposición a Solicitud de Sentencia Sumaria.8 En síntesis,

la señora Corcino Pérez reiteró que no se habían presentado

documentos demostrativos que evidenciaran que la cuenta de la

parte apelante, había sido cedida a Fairway Acquisitions, y por

consiguiente, Island Portfolio tampoco tenía legitimación activa para

demandarla. En adición, planteó que el documento Bill of Sale and

Assignment Accounts, del cual se alude en la demanda, no hacía

referencia directa a la cuenta de la parte apelante. Por lo cual, estimó

que, al haber controversia de hechos, el Foro Primario debía celebrar

un juicio en su fondo. La parte apelante no anejó prueba

documental con su oposición para contrarrestar los hechos

propuestos en la solicitud de sentencia sumaria presentada por la

parte apelada.

Luego de evaluados los escritos de las partes, el 13 de enero

de 2025, el Tribunal de Primera Instancia emitió la Sentencia

7 Junto a la Solicitud de Sentencia Sumaria, la parte apelada anejó los siguientes

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Camaleglo Corp. v. Dorado Wings, Inc.
118 P.R. Dec. 20 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Roig Commercial Bank v. Rosario Cirino
126 P.R. Dec. 613 (Supreme Court of Puerto Rico, 1990)
PFZ Properties, Inc. v. General Accident Insurance
136 P.R. Dec. 881 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Management Administration Services Corp. v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico
152 P.R. Dec. 599 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Luan Investment Corp. v. Rexach Construction Co.
152 P.R. Dec. 652 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Vera Morales v. Bravo
161 P.R. Dec. 308 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Banco Popular de Puerto Rico v. Cable Media of Puerto Rico, Inc. y otro
2025 TSPR 1 (Supreme Court of Puerto Rico, 2025)
Jiménez Soto y otros v. Carolina Catering Corp. y otros
2025 TSPR 3 (Supreme Court of Puerto Rico, 2025)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Island Portfolio Services, LLC v. Corcino Perez, Patricia, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/island-portfolio-services-llc-v-corcino-perez-patricia-prapp-2025.