In re Rivera Fuster

148 P.R. Dec. 517
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJune 14, 1999
DocketNúmero: AB-98-151
StatusPublished
Cited by2 cases

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In re Rivera Fuster, 148 P.R. Dec. 517 (prsupreme 1999).

Opinion

per curiam:

H — I

El 21 de agosto de 1998, el Juez Hon. Rafael Vissepó Vázquez, del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, nos remitió copia de una minuta fechada el 10 de agosto del caso Srio. del Trabajo v. Cabret, Núm. FPE97-0504 (402). Esta describe varios incumplimientos por parte del Ledo. Rafael Rivera Fuster de las órdenes emitidas en [519]*519ese caso, así como una representación y tramitación negli-gente del pleito.

Referimos el asunto a la Oficina del Procurador General para que realizara la investigación y el correspondiente informe. Oportunamente, en su Informe el Procurador General explica que éste tuvo que ser preparado solamente con la información que surgía del expediente judicial y sin el beneficio de la comparecencia del licenciado Rivera Fus-ter; las cartas enviadas al licenciado Rivera Fuster fueron todas devueltas.

En síntesis, expone que el licenciado Rivera Fuster desde el 17 de junio de 1996 ostenta la representación legal del Sr. Israel Cabret en una reclamación de salarios. Del expediente judicial surge que dicho abogado no compareció a la conferencia con antelación al juicio, como tampoco a otra vista fechada para el 5 de diciembre de 1996. En rela-ción con esta última, sólo envió por correo una Moción In-formativa, fechada el día 2 —depositada el 11 de diciem-bre— en la que explicaba que no podía asistir por tener un señalamiento previo, además de no haber podido comuni-carse con su cliente.

Trasladado el caso de Fajardo a la Sala de Carolina, se señaló una nueva conferencia con antelación ajuicio. Tam-poco el licenciado Rivera Fuster compareció ni presentó ex-cusa por ello. El tribunal le impuso ciento cincuenta dóla-res ($150) de sanciones y señaló nueva conferencia para el 5 de noviembre de 1997. El licenciado Rivera Fuster otra vez dejó de comparecer, y el tribunal le impuso quinientos dólares ($500), de sanciones y le advirtió que, de no pagar-los y no contestar un interrogatorio notificado ya hacía un (1) año, dictaría sentencia contra su cliente.

Así las cosas, el 21 de noviembre, mediante moción, el licenciado Rivera Fuster solicitó el relevo de las sanciones y el archivo del caso. Informó, en lo pertinente, que sus incomparecencias se debían a problemas personales de ín-dole marital. Explicó que compartía oficina con su esposa y [520]*520que con motivo de su separación, se le habían extraviado varios expedientes.

El 17 de diciembre, el tribunal dictó sentencia que de-claraba con lugar la querella sobre salarios y redujo las sanciones al licenciado Rivera Fuster a ciento cincuenta dólares ($150). Posteriormente otros abogados, en repre-sentación de Israel Cabret, presentaron una solicitud de relevo de sentencia aduciendo que éste había estado hospi-talizado y encarcelado desde antes de que ésta fuera dictada.

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