Fagot Diaz, Jose Gabriel v. the X Shop

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided February 28, 2024·No. KLCE202301296·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IV

JOSÉ GABRIEL FAGOT CERTIORARI DÍAZ, et als. procedente del Tribunal de Primera

Recurridos Instancia, Sala KLCE202301296 Superior de San v. Juan

THE X SHOP, INC., UNIVERSAL INSURANCE Caso Núm.: CO., ONE ALLIANCE SJ2018CV10939 INSURANCE CORPORATION; A, B, C ASEGURADORAS y Sobre: Fulano y Mengano Negligencia Servicios

Peticionarios Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y el Juez Rodríguez Flores.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2024.

Comparece ante nos, One Alliance Insurance Corporation (One Alliance) y solicita la revisión de la Resolución y Sentencia Parcial emitida el 10 de mayo de 2023, notificada el 12 de mayo de 2023, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI). En el dictamen recurrido, y en lo pertinente, el TPI denegó la Solicitud de Desestimación por Prescripción presentada por One Alliance.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, expedimos el auto de certiorari y revocamos la Resolución y Sentencia Parcial recurrida.

I.

Los hechos de este caso se remontan al 15 de diciembre de 2017, cuando el vehículo Honda HRV del 2016, propiedad del señor José G. Fagot Díaz y la señora Mayra L. Fuentes Matos (recurridos) estuvo envuelto en un accidente automovilístico. Como consecuencia de lo anterior, el vehículo fue transportado al taller

Número Identificador SEN2024 ________________

The X Shop Inc. (The X Shop), por recomendación de Universal Insurance Company (Universal), aseguradora de los recurridos.

El 19 de diciembre de 2018, el señor Fagot Díaz, la señora Fuentes Matos y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre ambos presentaron una Demanda en daños y perjuicios, reivindicación de bien inmueble e interdicto posesorio en contra de The X Shop Inc. (The X Shop), Universal; A, B, C, como compañías aseguradoras, Fulano y Mengano. En la demanda, solicitaron recobrar la posesión del vehículo Honda HRV, propiedad de los recurridos, y reclamaron daños y perjuicios, por The X Shop privarlos del uso y disfrute de su vehículo.1 El 23 de agosto de 2019, los recurridos solicitaron al TPI enmendar la demanda a los efectos de incluir a One Alliance como parte demandada al ser la aseguradora de The X Shop. El foro primario lo permitió, por lo que el mismo día presentaron su Demanda Enmendada.

En respuesta, el 19 de diciembre de 2019, One Alliance presentó su Contestación a Demanda Enmendada. En su comparecencia, negó la totalidad de las alegaciones en su contra y arguyó, entre otras cosas, que para la fecha de los hechos contenidos en la demanda estos no tenían ninguna póliza de seguros vigente a favor de The X Shop. Por lo tanto, solicitaron al foro primario la desestimación de la reclamación en su contra.

Asimismo, el 15 de enero de 2020, One Alliance presentó Moción de Desestimación por Prescripción, en la cual arguyó que debía desestimarse el pleito, por los recurridos no sustituir el nombre ficticio de la aseguradora One Alliance y añadirlo como

1 Las cuantías reclamadas en la demanda son las siguientes: una suma no menor de

$75,000.00 en daños emocionales, más $282.00 en concepto de mensualidades sufragadas sin poder usar el automóvil; $3,384.00 en daños continuos por la falta de devolución del vehículo; el costo de la computadora del sistema de seguridad de las bolsas de aire ascendente a $776.28 y $609.81 en concepto de manejo y flete de las piezas ordenadas para reparar el vehículo.

demandado, alegadamente fuera del término prescriptivo. Además, señaló que, al paso de 20 meses desde la fecha de los hechos sin que se investigara el nombre de la aseguradora, denotaba dejadez e inacción, por lo cual One Alliance no debía ser penalizada, trayéndola al pleito de forma tardía, a raíz del descuido e inadvertencia de los recurridos.

El 22 de enero de 2020, los recurridos solicitaron al TPI enmendar la demanda nuevamente, a los efectos de alegar la existencia de daños continuos causados por The X Shop, al retener el vehículo propiedad de estos, desde el 8 de junio de 2018 al 11 de junio de 2019, fecha en la cual recuperaron su posesión. El tribunal autorizó la enmienda el 29 de enero de 2020.

El 11 de febrero de 2020, los recurridos presentaron Oposición a Moción de Desestimación por Prescripción, en la cual alegaron que el 6 de agosto de 2019, luego de culminado el descubrimiento de prueba, advinieron en conocimiento que la aseguradora de The X Shop era One Alliance. Además, reiteraron que solicitaron al foro primario permiso para enmendar la demanda para incluir a One Alliance como aseguradora de The X Shop, la cual fue autorizada. Asimismo, adujeron que los daños continuos comenzaron el 8 de junio de 2019 (la póliza de seguros emitida por One Alliance estaba vigente para esa fecha), cuando The X Shop no aceptó el pago de $500.00 en concepto del deducible de la póliza de seguros emitida por Universal. Finalmente, explicaron que, toda vez que los daños continuos cesaron el 11 de julio de 2019, cuando recuperaron la posesión del vehículo, desde esa fecha el término prescriptivo comenzó a transcurrir referente a la causa de acción de la cual solicitan indemnización. Así las cosas, el 24 de marzo de 2020, One Alliance presentó Contestación a Segunda Demanda Enmendada.

Luego de varios trámites, el 12 de mayo de 2023, el TPI emitió la Resolución y Sentencia Parcial que hoy revisamos. El foro primario declaró Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por Universal por estos haber consignado en el tribunal la cantidad de la cual eran responsables a la luz de la póliza vigente al momento de los hechos. Finalmente, declaró No Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria presentada por los recurridos y concedió a las partes treinta (30) días para presentar la prueba documental y testifical que desfilaría en la vista de daños.

En desacuerdo con el dictamen del TPI de denegar la solicitud de desestimación, el 30 de mayo de 2023, One Alliance presentó Reconsideración de la Resolución y Sentencia Parcial. Oportunamente, el 11 de junio de 2023, los recurridos presentaron Oposición a Reconsideración de One Alliance (Entrada Núm. 183) y en Cumplimiento de Orden (Entrada Núm. 184). El 10 de julio de 2023, notificada el 27 de octubre de 2023, el TPI denegó la reconsideración presentada por One Alliance.

Aun inconforme con el dictamen del TPI, el 21 de noviembre de 2023, One Alliance acudió ante este Tribunal de Apelaciones y alegó que el foro primario cometió los siguientes errores:

Primer Error: Erró el TPI al no desestimar la causa de acción en cuanto a One Alliance, aplicando incorrectamente la normativa jurídica en cuanto a la omisión del demandante de sustituir a un demandado de nombre ficticio, por lo que la inclusión de One Alliance a la demanda enmendada no tiene un efecto retroactivo a la fecha de la demanda original y por lo tanto, se le incluyó fuera del término prescriptivo.

Segundo Error: Erró el TPI al no desestimar la causa de acción en cuanto a One Alliance, aplicando incorrectamente la normativa jurídica en cuanto a los “daños continuados” pues el tiempo transcurrido durante la retención de un auto por falta de pago, en el ejercicio de un derecho, no puede considerarse un espacio de tiempo en el cual se esté actuando culposa o negligentemente.

El 29 de diciembre de 2023, los recurridos presentaron Alegato en Oposición a que se expida auto de Certiorari solicitado por One Alliance Insurance Corp.

Con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, procedemos a disponer del recurso.

II.

A.

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Fagot Diaz, Jose Gabriel v. the X Shop, (prapp 2024).

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