El Pueblo De Puerto Rico v. Padua Rodriguez, Anibal Antonio

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJune 30, 2025
DocketKLAN202500374
StatusPublished

This text of El Pueblo De Puerto Rico v. Padua Rodriguez, Anibal Antonio (El Pueblo De Puerto Rico v. Padua Rodriguez, Anibal Antonio) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
El Pueblo De Puerto Rico v. Padua Rodriguez, Anibal Antonio, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL1

EL PUEBLO DE APELACIÓN PUERTO RICO acogida como CERTIORARI Apelado procedente del Tribunal de v. KLAN202500374 Primera Instancia, Sala Superior de ANIBAL ANTONIO Aguadilla PADUA RODRÍGUEZ Apelante Crim. Núm.: A SC2024G0102 A SC2024G0110 A SC2024G0111 A SC2024G0112

Sobre: Art. 401 SC; Art. 412 SC

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y la Juez Barresi Ramos.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2025.

Comparece ante nosotros, mediante recurso de certiorari,

Aníbal Antonio Padua Rodríguez (en adelante “peticionario” o

“Padua Rodríguez”). Solicita que revoquemos la determinación del

Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla y, en

consecuencia, decretemos que el arresto efectuado por los agentes

de la Policía de Puerto Rico sobre su persona fue uno ilegal, sin

motivos fundados y en violación al debido proceso de ley.

Examinados los escritos presentados, así como la

transcripción de la prueba oral y el derecho aplicable, acordamos

expedir el auto de certiorari y confirmar la Resolución apelada.

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que, por

hechos ocurridos el 23 de marzo de 2024, el Ministerio Público

1 Véase Orden Administrativa DJ 2024-062C de 6 de mayo de 2025, sobre enmienda a la orden de designación de Paneles en el Tribunal de Apelaciones.

Número Identificador SEN2025 ______________ KLAN202500374 Página 2 de 12

presentó cuatro denuncias contra Aníbal Antonio Padua Rodríguez,

una por infracción al Artículo 412 y otras tres por infracciones al

Artículo 401, todos de la Ley de Sustancias Controladas de Puerto

Rico, Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1971, según enmendada, 24

LPRA sec. 2401 y 2412. En específico, las referidas denuncias leen

como sigue:

El referido imputado ANIBAL A. PADUA RODRIGUEZ, allá en o para el día 23 de marzo de 2024 y en San Sebastián, Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Aguadilla, ilegal, voluntaria, criminalmente y en común y mutuo acuerdo con REYNALDO ACEVEDO PRATTS poseía con la intención de distribuir la sustancia controlada conocida por MARIHUANA, sin estar legalmente autorizado para ello.

El referido imputado ANIBAL A. PADUA RODRIGUEZ, allá en o para el día 23 de marzo de 2024 y en San Sebastián, Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Aguadilla, ilegal, voluntaria, criminalmente y en común y mutuo acuerdo con REYNALDO ACEVEDO PRATTS, CARLOS E. TORRES RIGUAL y FRANCISCO J. SOTO SANTIAGO poseía con la intención de distribuir la sustancia controlada conocida por MARIHUANA, sin estar legalmente autorizado para ello.

El referido imputado ANIBAL A. PADUA RODRIGUEZ, allá en o para el día 23 de marzo de 2024 y en San Sebastián, Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Aguadilla, ilegal, voluntaria, criminalmente y en común y mutuo acuerdo con REYNALDO ACEVEDO PRATTS, CARLOS E. TORRES RIGUAL y FRANCISCO J. SOTO SANTIAGO poseía con la intención de distribuir la sustancia controlada conocida por COCAINA, sin estar legalmente autorizado para ello.

El referido imputado ANIBAL A. PADUA RODRIGUEZ, allá en o para el día 23 de marzo de 2024 y en San Sebastián, Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Aguadilla, ilegal, voluntaria, criminalmente y en común y mutuo acuerdo con REYNALDO ACEVEDO PRATTS, CARLOS E. TORRES RIGUAL y FRANCISCO J. SOTO SANTIAGO poseyó, transportó y ocultó parafernalia relacionada con sustancias controladas para preparar, empacar, almacenar y guardar sustancias controladas en violación de esta Ley. Consistente en que el imputado poseía un sinnúmero de bolsas plásticas transparentes con cierre a presión de distintas tonalidades y una balanza comúnmente utilizada para pesar sustancias controladas.

Luego, el 25 de abril de 2024, se celebró la vista preliminar en el

presente caso. Una vez concluida la misma, el foro de instancia KLAN202500374 Página 3 de 12

determinó causa para juicio. Consecuentemente, el 8 de mayo de

2024, se llevó a cabo la correspondiente lectura de acusación. En

esta, a petición del Ministerio Público, se desestimó una de las

acusaciones (ASC2024G0109) contra Padua Rodríguez por

duplicidad al amparo de la Regla 247-A de las Reglas de

Procedimiento Criminal, 34 LPRA Ap. II, R. 247, ya que la primera

copiaba la misma acusación (ASC2024G0110) de posesión con

intención de distribuir la sustancia controlada conocida como

marihuana.

Ahora bien, el 17 de enero de 2025, Padua Rodríguez instó

Moción de Desestimación por Violación al Debido Proceso de Ley por

Arresto Ilegal. En esta, en síntesis, arguyó que los agentes del orden

público lo arrestaron sin que mediara una orden de arresto en su

contra, lo cual constituyó un arresto ilegal. Por tal razón, concluyó

que el foro primario debía desestimar las acusaciones en su contra.

En desacuerdo, el 3 de febrero de 2025, el Ministerio Público

presentó Moción en Oposición a Supresión de Evidencia. Allí refutó

que en el caso de autos no ocurrió un arresto ilegal sino una

restricción por motivos de seguridad mientras los agentes del orden

público diligenciaban dos órdenes de registro y allanamiento válidas

sobre una residencia y un vehículo de motor.

Así las cosas, el 17 de marzo de 2025, el foro de instancia

celebró una vista evidenciaria para atender la solicitud de

desestimación instada por Padua Rodríguez. En la misma, el

Ministerio Público presentó prueba testifical a través de los

testimonios de los agentes David González Ruiz y Erick Cordero

Pérez y el sargento Luis Acevedo Valentín. Para un mejor

entendimiento de los eventos suscitados ante el foro primario,

procedemos a realizar un resumen de los testimonios vertidos.

Agte. David González Ruiz KLAN202500374 Página 4 de 12

Manifestó que se desempeñaba como agente para la Unidad

de Plan Integral de la Preventiva del área de Aguadilla y que, como

parte de sus labores, el 23 de marzo de 2024, se le asignó cooperar

con la División de Drogas. Expuso que ese mismo día se discutió un

plan de trabajo dirigido a diligenciar una orden de allanamiento en

contra de Padua Rodríguez, un vehículo marca Hyundai Accent,

color blanco, con tablilla ISU-810 y una residencia ubicada en la

calle Gorrión, intersección calle Periquito, en el Barrio Hato Arriba

de San Sebastián, Puerto Rico.2

Expuso que recibió instrucciones de diligenciar las referidas

órdenes y que, a eso de las cuatro y cuarenta (4:40),

aproximadamente, otro de los agentes, de apellido Cordero,

transfirió por radio que en la residencia a ser allanada se

encontraban cuatro (4) personas, incluyendo a Padua Rodríguez.

Asimismo, declaró que, el agente Cordero informó vía radio que

Padua Rodríguez y otro sujeto salieron corriendo y abordaron un

vehículo. Indicó que observó al primero agitado, manoteando y

vociferando palabras y expresó que fue en ese momento que el

sargento ordenó restringirlos por seguridad. 3

De otra parte, manifestó que, tras diligenciar la orden de

allanamiento, en el área de la marquesina de la residencia se ocupó

un frasco color negro de cristal, el cual contenía picadura de

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Pueblo v. González Rivera
100 P.R. Dec. 651 (Supreme Court of Puerto Rico, 1972)
Pueblo v. Acevedo Escobar
112 P.R. Dec. 770 (Supreme Court of Puerto Rico, 1982)
Pueblo v. Bonilla Romero
120 P.R. Dec. 92 (Supreme Court of Puerto Rico, 1987)
Pueblo v. Rivera Colón
128 P.R. Dec. 672 (Supreme Court of Puerto Rico, 1991)
Pueblo v. Yip Berríos
142 P.R. Dec. 386 (Supreme Court of Puerto Rico, 1997)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
El Pueblo De Puerto Rico v. Padua Rodriguez, Anibal Antonio, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/el-pueblo-de-puerto-rico-v-padua-rodriguez-anibal-antonio-prapp-2025.