B.L. Investments, Inc. v. Valentín Díaz

158 P.R. Dec. 220
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedOctober 30, 2002
DocketNúmero: RG-2002-2
StatusPublished
Cited by3 cases

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B.L. Investments, Inc. v. Valentín Díaz, 158 P.R. Dec. 220 (prsupreme 2002).

Opinion

PER CURIAM:

I

El 27 de junio de 2001BL Investments Inc. (en adelante la peticionaria) otorgó la Escritura Núm. 53 de venta judicial ante el notario Teodoro L. Tapia Gómez (en adelante el notario). Mediante esta escritura el Sr. José Humberto [222]*222Caez Alonso, alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, le vendió, cedió y traspasó a la peticionaria una propiedad subastada sita en la urbaniza-ción Caparra Terrace del barrio Monacillos en San Juan, Puerto Rico. El 2 de julio de 2001 el notario presentó la susodicha escritura ante el Registro de la Propiedad, Sec-ción III de San Juan. El 3 de diciembre de 2001 la Regis-tradora de la Propiedad, Hon. Sandra Valentín Díaz (en lo sucesivo la Registradora), le notificó al notario que la Es-critura Núm. 53 adolecía de las faltas siguientes:

(1) Deberá [sic] de [sic] acompañar edicto de sentencia sobre cobro de dinero.
(2) Deberá [sic] de [sic] presentar el aviso de demanda.
(3) Deberá [sic] de [sic] acompañar [la] notificación de [la] Sentencia certificada a los demandados ó [sic] a su ultima [sic] dirección conocida. Apéndice, pág. 37.

El 18 de diciembre de 2001 el notario envió por correo certificado con acuse de recibo un Escrito de recalificación y lo subsanando falta. Para subsanar las faltas Núms. 1 y 3, anejó las copias siguientes: (1) una copia certificada de una declaración jurada de la Sra. Marilisa Román de 29 de junio de 1999, dando fe de que el 27 de junio de 1999 se publicó el edicto del emplazamiento en el periódico El Nuevo Día y de la cual surge el texto del edicto fotocopiado; (2) una copia certificada de la declaración jurada de la se-ñora Román de 8 de agosto de 2000, dando fe de la publi-cación el 1ro y 8 agosto de 2000 del edicto que notificaba la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (en adelante el TPI) en el periódico El Nuevo Día, la que contiene foto-copia del edicto correspondiente, y (3) una copia del volante de notificación de la sentencia del TPI de 30 de diciembre de 1999 sobre ejecución de hipoteca.

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