P & S Consultant, LLC v. Red Line Global LLC

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJanuary 23, 2025
DocketKLCE202401252
StatusPublished

This text of P & S Consultant, LLC v. Red Line Global LLC (P & S Consultant, LLC v. Red Line Global LLC) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
P & S Consultant, LLC v. Red Line Global LLC, (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V

P & S CONSULTANTS, Certiorari LLC Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Peticionaria Sala de BAYAMÓN KLCE202401252 v. Caso Núm.: DO2021CV00226 REDLINE GLOBAL, LLC Y SU AGENTE Sobre: RESIDENTE SRA. Cobro de Dinero e SARIMILA MÉNDEZ, Incumplimiento de MUNICIPIO DE Contrato ARECIBO Y OTROS

Recurrida

Panel integrado por su presidente el Juez Hernández Sánchez, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez.

Mateu Meléndez, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de enero de 2025.

El 18 de noviembre de 2024, P & S Consultants, LLC (en adelante, P

& S Consultants o peticionario) presentó una Petición de Certiorari. En esta,

nos solicita que revoquemos la Resolución emitida el 9 de octubre de 2024,

por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, (en

adelante, TPI o foro primario), notificada el 18 de octubre de 2024. Por

virtud del aludido dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar la

Moción de Reconsideración presentada por el peticionario. En consecuencia,

ordenó la continuación del descubrimiento de prueba y la toma de

deposiciones.

Examinado el expediente y sopesados los argumentos de las partes,

denegamos expedir el auto solicitado.

I.

El pleito de epígrafe comenzó el 4 de noviembre de 2021, cuando P

& S Consultants presentó una Demanda sobre incumplimiento de contrato

Número Identificador

RES2025 _________________ KLCE202401252 2

y cobro de dinero contra Redline Global, LLC (en adelante, Redline o

recurrida). En esencia, alegó que, el 31 de julio de 2018, otorgó un Teaming

Agreement (en adelante, contrato) con Redline en el cual se comprometía a

prestar servicios profesionales a esta, para que ambas entidades unieran

esfuerzos y trabajaran juntas a los fines de asistirse en labores referentes a

contratos que fuesen adjudicados a cualquiera de las partes. Además,

arguyó que dicho contrato disponía que, una vez culminado el trabajo y

presentada la factura, se tenía que realizar el pago correspondiente. Así

pues, adujo que Redline estaba en incumplimiento con el contrato, toda vez

que dejó de efectuar el pago según acordado. Sostuvo que la recurrida

adeudaba la suma de $266,273.00. A su vez, esbozó que, el 20 de abril de

2019, Redline reconoció que tenía una deuda por la suma de $208,711.00 y,

que el 25 de enero de 2021, remitió una factura al agente residente de dicha

compañía para cobrar el dinero adeudado. Por último, señaló que, Redline

se negó a pagar la cantidad adeudada en incumplimiento con el contrato.

Por todo lo anterior, solicitó se ordenara a Redline a pagar la suma de

$266,273.00, intereses legales, costas, gastos y honorarios de abogado.

Tras varios trámites procesales, el 30 de junio de 2022, el peticionario

presentó su Demanda Enmendada a los fines de incluir como demandado al

Municipio de Arecibo (en adelante, Municipio) y otros. En lo pertinente,

indicó que Redline otorgó un contrato de servicios con el Municipio el 16

de enero de 2018, con el propósito de que Redline optimizara las

alternativas de recuperación de dicho Municipio luego del Huracán María.

Entiéndase, Redline prestaba servicios al Municipio, con el propósito de

que estos obtuviesen fondos pertenecientes a la Agencia Federal para el

Manejo de Emergencias (FEMA).

Por su parte, el 9 de agosto de 2022, Redline presentó su Contestación

de Redline Global, LLC a Demanda Enmendada en la cual negó la mayoría de

las alegaciones. Entre sus defensas afirmativas, planteó que, el contrato KLCE202401252 3

suscrito entre Redline y P & S Consultants, fue uno que estaba sujeto al pago

por parte del Municipio. Razonó que, debido a que el Municipio no emitió

pago alguno a Redline, no se había configurado la obligación de pago por

parte de Redline al peticionario. De igual forma, argumentó que la Demanda

Enmendada adolecía de falta de parte indispensable o interventor, puesto

que, en junio de 2018, la compañía Recovery Finance Limited (Recovery)

suscribió un contrato con Redline, para otorgarle ciertos préstamos a

cambio de la acreencia que tenía como contratista del Municipio. Sostuvo

que, dicho acuerdo constituyó una cesión de crédito a favor de Recovery,

quien tenía derecho a cobrarle al Municipio el dinero que se le adeudaba al

peticionario, por lo que Recovery debía formar parte del pleito.

Así las cosas, el 15 de agosto de 2022, Recovery presentó una Moción

Urgente de Intervención Bajo la Regla 21 de Procedimiento Civil y/o Sustitución

de Partes Bajo la Regla 22. En síntesis, esgrimió que tenía un derecho a

intervenir conforme a la Regla 21.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V,

dado que tenía un interés pecuniario, el cual era susceptible de afectarse de

no permitirse su intervención. Advirtió, que de limitar su capacidad de

demandar al Municipio y no permitirle que gestionara el pago del dinero

adeudado, conllevaría que el contrato de servicios otorgado entre Redline

y el Municipio quedaría insatisfecho. Por tanto, puntualizó que Recovery

perdería cualquier derecho sobre los activos en posesión del Municipio, los

cuales hubiesen sido destinados al pago de los préstamos que Recovery le

otorgó a Redline para que esta rindiera sus servicios. Además, enfatizó que

procedía su intervención al amparo de la Regla 21.2 de Procedimiento Civil,

32 LPRA Ap. V, toda vez que el pleito principal tenía en común la

adjudicación de derechos bajo el contrato de servicios, el contrato de cesión,

y, por consiguiente, derecho al dinero consignado en el Municipio en virtud

de dichos contratos. En la alternativa, apuntó que procedía la sustitución de KLCE202401252 4

partes de Recovery, puesto que Redline le había cedido el interés de crédito

que tenía en contra del Municipio.

Cónsono con lo anterior, el 15 de agosto de 2022, Recovery presentó

una Demanda Jurada Contra Coparte sobre solicitud de orden de entredicho,

injunction preliminar y/o permanente, cumplimiento específico y cobro de

dinero en contra del Municipio en la que solicitó que se dictara una orden

de entredicho, o, en la alternativa, de injunction, para que estos cumplieran

con sus obligaciones, a saber, que realizara las gestiones administrativas a

las que se obligó contractualmente para satisfacer, desembolsar y pagar las

facturas sometidas, líquidas, vencidas y exigibles de Recovery.

En desacuerdo, el 11 de octubre de 2022, P & S Consultants presentó

su Oposición a Moción Solicitando Sustitución de Parte. En síntesis, alegó que,

la cesión entre Redline y Recovery era para que este último cobrara al

Municipio y saldara sus préstamos. No obstante, señaló que dicha cesión

no liberaba de responsabilidad a Redline ante el peticionario. Sostuvo que

Redline tenía que continuar en el pleito pues tenía una relación contractual

con P & S Consultants. De igual forma, apuntó que Redline tenía que

responder, toda vez que cedió su acreencia sin notificarlo. Añadió que,

Redline tenía que responder por el uso de los fondos obtenidos como

resultado de los préstamos millonarios que le hizo a Recovery para costear

los servicios profesionales requeridos por el Municipio. Enfatizó que,

Redline y Recovery se habían beneficiado de dicha cesión. Por todo lo

anterior, razonó que no procedía la sustitución de parte, puesto que

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Núñez Borges v. Pauneto Rivera
130 P.R. Dec. 749 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
García Morales v. Padró Hernández
165 P.R. Dec. 324 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Pueblo v. Cardona López
196 P.R. Dec. 513 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
P & S Consultant, LLC v. Red Line Global LLC, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/p-s-consultant-llc-v-red-line-global-llc-prapp-2025.