Nora Haydee Morales Rosa, Joshua Lee Cruz Morales, Josué Alberto Cruz Morales, Tania Cruz Morales Y Joel Francisco Cruz Morales v. Jeremy Randy Del Valle; Ann Marie Del Sobre: Accidente De Tránsito Valle, Sharehan Salahaddin Telsem, Maritza's Car Rental, Inc., Optima Seguros, Colonial Insurance Agency, Inc., Fulano De Tal Y Empresa Tal Y Compañías De Seguro X, Y, Z

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided November 12, 2025·No. TA2025CE00561·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL X

NORA HAYDEE MORALES Certiorari ROSA, JOSHUA LEE procedente del CRUZ MORALES, JOSUÉ Tribunal de ALBERTO CRUZ Primera Instancia, MORALES, TANIA CRUZ Sala Superior de MORALES Y JOEL Vieques FRANCISCO CRUZ MORALES Caso Núm.:

VQ2025CV00042

Recurrida Sobre:

V. Daños y Perjuicios

Jeremy Randy del Valle, Ann Marie del Sobre: TA2025CE00561 ACCIDENTE DE TRÁNSITO Valle, Sharehan Salahaddin Telsem, Maritza's Car Rental, Inc., Optima Seguros, Colonial Insurance Agency, Inc., Fulano de Tal y Empresa Tal y Compañías de Seguro X, Y, Z

MARITZA'S CAR RENTAL

Peticionaria Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Ronda del Toro y la Jueza Lotti Rodríguez

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de noviembre de 2025.

La peticionaria, Maritza’s Car Rental mediante recurso de certiorari presentado el 6 de octubre de 2025, nos solicita que dejemos sin efecto la Resolución Interlocutoria emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo (TPI o foro primario) el 4 de septiembre de 2025. Mediante el referido dictamen, el foro primario declaró “No Ha Lugar” la Moción de Desestimación presentada por la peticionaria.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, expedimos el recurso de certiorari, únicamente para revocar la

denegatoria a la desestimación de la reclamación en contra de Colonial Insurance Agency. Por todo lo demás no intervendremos con la determinación del foro primario de mantener en el pleito a Maritza’s Car Rentals y Óptima Seguros.

I.

El 21 de abril de 2025, Nora Haydee Morales Rosa; Joshua Lee Cruz Morales; Josué Alberto Cruz Morales; Tania Cruz Morales y Joel Francisco Cruz Morales (en conjunto, parte recurrida) presentaron una Demanda de daños y perjuicios.1 La peticionaria se incluyó como parte codemandada en el pleito. En lo pertinente a la controversia que nos ocupa, las alegaciones de la Demanda en contra de Maritza’s Car Rental fueron las siguientes:

27. COMPAÑÍA DE ALQUILER DE AUTOS: Maritza’s Car Rental, Inc. es la dueña registral del vehículo de motor marca Kia Soul 2024, color gris, tablilla KHW-522, número VIN KNDJ23AU9R72399. Conforme a la Ley 22 de Tránsito, el dueño registral de un vehículo de motor responde por los daños y perjuicios que se causen mediante la operación del vehículo. Aunque la ley excluye a las compañías de arrendamiento de autos, estas tienen que observar protocolos de seguridad al alquilar los vehículos de motor y asegurarse que los conductores estén debidamente autorizados. Por información y creencia, Maritza’s Car Rental, Inc. incurrió en negligencia al arrendar un vehículo de motor a una persona con un historial choferil negativo extenso que previsiblemente presenta un riesgo a la comunidad y a otras personas. Incurrió también en negligencia al negarse a suministrar información sobre quién arrendó el vehículo a los familiares de la víctima, quiénes estaban autorizados a manejarlo, qué seguro existía, y las direcciones de las personas que arrendaron el vehículo. La compañía incurrió en negligencia al encubrir información pertinente del choque fatal y la causa de la muerte de Carlos Alberto Cruz Morales. El encubrimiento causa que la parte demandante no pueda incluir otros posibles demandados que puedan responder por los daños causados.

. . . . . . . .

28. COMPAÑÍA DE SEGURO: La compañía de seguro Colonial Insurance Agency, Inc. y/u Optima Seguros expidieron una póliza de seguros para cubrir el riesgo al cual se dirige esta demanda y cubriendo la responsabilidad de Maritza’s Car Rental, Inc. y de los arrendatarios, bajo la póliza número 55-AP-000026340-8. Esta póliza de seguro responde por los daños causados en el accidente que resultó en la muerte de Carlos Alberto Cruz Morales y los daños causados a la familia demandante. La póliza responde, tanto

1 Entrada #1 del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos del Tribunal de Primera Instancia (SUMAC TPI).

por las actuaciones de Maritza’s Car Rental, Inc. y por las actuaciones de los demás demandados.2

Ante ello, el 30 de junio de 2025, Colonial Insurance Agency, Óptima Seguros y Maritza’s Car Rental presentaron una Moción en solicitud de desestimación al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V.3 En dicha moción, Colonial Insurance alegó que es una agencia de seguro, acumulada en el pleito por las mismas alegaciones contra Óptima Seguros, las cuales no operan en su contra. Por su parte, Óptima Seguros alegó que los hechos no activan la cubierta de la póliza, la cual contiene una exclusión expresa sobre cubierta al arrendatario del vehículo asegurado. Asimismo, Maritza’s Car Rental arguyó que la ley la exime de responder por los daños que surjan mientras el vehículo está en uso por el arrendatario, que cumplió los requisitos que la ley le impone con respecto a la información del arrendatario que debe procurar obtener, y que ni los familiares de la víctima ni sus abogados tienen facultad en ley para exigirle que les provea la información de sus clientes, y que de haberlo hecho, entonces estaría incurriendo en una violación de ley, al proveer información confidencial de terceros (sus clientes) a personas no autorizadas.

Tras varias solicitudes de prórroga concedidas por el tribunal, el 11 de agosto de 2025, la parte recurrida presentó la Oposición a Solicitud de Desestimación.4 Allí, estos argumentaron que la póliza de Óptima Seguros había sido “alterada” porque era distinta a la que recibieron del Comisionado de Seguros, ya que la recibida por ellos no contenía el endoso con la exclusión del arrendatario de la definición de asegurado. Por último, sostuvieron que la negligencia de Maritza’s Car Rental está claramente evidenciada en su manejo de los seguros y en la evaluación de perfil de los arrendatarios. En

2 Íd. 3 Entrada #33 de SUMAC TPI. 4 Entrada #45 de SUMAC TPI.

específico, la parte recurrida razonó que la negligencia de la peticionaria parte de:

Sus antecedentes [arrendatario del vehículo]

revelan múltiples violaciones, incluyendo conducir sin licencia, exceso de velocidad, uso de teléfono mientras maneja, guiar con licencia suspendida, resistencia al arresto, y delitos relacionados con sustancias controladas. En el contexto de Vieques, un lugar con condiciones particulares y un flujo creciente de turistas que a menudo muestran conductas irresponsables, hace mandatorio que las compañías que se enriquecen del alquiler de carros tomen medidas para evitar los peligros de estos turistas. En Vieques ocurren numerosos incidentes con turistas en vehículos de motor, incluyendo múltiples accidentes. Un hombre prudente y razonable debe tomar medidas y no alquilar a ciegas un vehículo de motor.

Las compañías de alquiler utilizan servicios para auscultar el récord choferil de los arrendatarios. Los sistemas automatizados para verificar el historial de infracciones son esenciales para que las compañías de alquiler tomen decisiones informadas y rápidas sobre la idoneidad de un conductor. Estos sistemas van desde el acceso directo a bases de datos estatales hasta el uso de inteligencia artificial y telemetría. La elección del sistema depende de la ubicación, el tipo de vehículo y las políticas internas de la empresa.

Además, Maritza’s Car Rental incurrió en negligencia al no contar con un procedimiento claro y transparente para informar a los arrendatarios sobre las opciones y coberturas de seguro. La normativa establece que los arrendatarios deben estar debidamente informados acerca de lo que están renunciando y qué seguros pueden tener. (Énfasis nuestro).5

Así las cosas, el 29 de agosto de 2025, notificada el 4 de septiembre de 2025, el foro primario emitió una Resolución Interlocutoria, en la cual declaró “No Ha Lugar” la Solicitud de Desestimación de la peticionaria.6 Inconforme con el proceder del TPI, el 6 de octubre de 2025, Maritza’s Car Rental acudió ante este Tribunal mediante recurso de certiorari y señala los siguientes errores:

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Nora Haydee Morales Rosa, Joshua Lee Cruz Morales, Josué Alberto Cruz Morales, Tania Cruz Morales Y Joel Francisco Cruz Morales v. Jeremy Randy Del Valle; Ann Marie Del Sobre: Accidente De Tránsito Valle, Sharehan Salahaddin Telsem, Maritza's Car Rental, Inc., Optima Seguros, Colonial Insurance Agency, Inc., Fulano De Tal Y Empresa Tal Y Compañías De Seguro X, Y, Z, (prapp 2025).

Nora Haydee Morales Rosa, Joshua Lee Cruz Morales, Josué Alberto Cruz Morales, Tania Cruz Morales Y Joel Francisco Cruz Morales v. Jeremy Randy Del Valle; Ann Marie Del Sobre: Accidente De Tránsito Valle, Sharehan Salahaddin Telsem, Maritza's Car Rental, Inc., Optima Seguros, Colonial Insurance Agency, Inc., Fulano De Tal Y Empresa Tal Y Compañías De Seguro X, Y, Z (Nora Haydee Morales Rosa, Joshua Lee Cruz Morales, Josué Alberto Cruz Morales, Tania Cruz Morales Y Joel Francisco Cruz Morales v. Jeremy Randy Del Valle; Ann Marie Del Sobre: Accidente De Tránsito Valle, Sharehan Salahaddin Telsem, Maritza's Car Rental, Inc., Optima Seguros, Colonial Insurance Agency, Inc., Fulano De Tal Y Empresa Tal Y Compañías De Seguro X, Y, Z) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

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