Medina Morales v. Cruz Manzano
Opinion
I
En Noriega v. Gobernador, 122 D.P.R. 650 (1988), declaramos la inconstitucionalidad de la práctica de preparar, actualizar y preservar expedientes, carpetas, listas, ficheros, etc. de personas, agrupaciones y organizaciones, única y exclusivamente por sus creencias o tendencias políticas e ideológicas, y ordenamos la entrega de dichos documentos a los ciudadanos y a las entidades [636] afectados, mediante reglas diseñadas por el foro de instancia.
Ante ese mandato, el Estado solicitó que se eliminara de los documentos los nombres de los agentes encubiertos e informantes previo a su entrega. En Noriega v. Gobernador, 130 D.P.R. 919 (1992), rechazamos ese pedido.
La carpeta del Sr. Cándido Medina Morales revela que el Sr. Juan A. Cruz Manzano, Alcalde de Manatí, fue uno de los informantes de la Policía de Puerto Rico.
Footnotes
141 P.R. Dec. 635 (Medina Morales v. Cruz Manzano) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.