Luis Jiménez Meléndez Y Otros v. Universal Insurance Company

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided June 29, 2026·No. TA2026AP00510·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XII (DJ-2025-063B)

LUIS JIMÉNEZ Apelación procedente MELÉNDEZ Y OTROS del Tribunal de Primera Instancia, Sala

Apelantes Superior de San Juan TA2026AP00510

Caso Núm.:

v. SJ2024CV05732 (Salón Núm.: 903)

UNIVERSAL INSURANCE Sobre:

COMPANY Incumplimiento de Contrato, Mala Fe y

Apelada Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Candelaria Rosa, el Juez Adames Soto y el Juez Campos Pérez.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de junio de 2026.

Comparecen Luis Jiménez Meléndez, Carmen Meléndez Marrero y Luis Jiménez Vázquez (familia Jiménez Meléndez o apelantes) mediante recurso de apelación. Solicitan que revoquemos la Sentencia emitida el 31 de marzo de 2026, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI). Mediante el aludido dictamen, el TPI declaró Ha Lugar una solicitud de sentencia sumaria presentada por Universal Insurance Company (Universal o apelada), y declaró No Ha Lugar una solicitud de sentencia sumaria parcial presentada por la familia Jiménez Meléndez. Por los fundamentos que expondremos, confirmamos la Sentencia apelada.

En resumen, el 25 de enero de 2014, el Sr. Luis Jiménez Meléndez conducía bajo los efectos de alcohol, cuando invadió el carril contrario y provocó un accidente en el que fallecieron José E. Mena

Pamias y Claudia Camacho Martínez. A raíz de este suceso, el 7 de abril de 2020, el Tribunal de Primera Instancia emitió sentencia en los casos D DP2014-0606 y D DP2015-0066 a través de la cual declaró responsables a la familia Jiménez Meléndez junto con su aseguradora, Universal, y ordenó a estos el pago de $955,000.00. En adición, decretó el pago de $10,000.00 en concepto de honorarios de abogados, costas, gastos e intereses al tipo anual de 5.75%.

Así pues, el 24 de junio de 2024, los apelantes instaron una Demanda por incumplimiento de contrato, mala fe y daños contra Universal. En esencia, como parte de sus alegaciones, adujeron que Universal incurrió en un incumplimiento de contrato de seguro, tras una falta de observación de sus deberes de lealtad y fiducia, así como por prácticas de mala fe. Respecto a la representación legal provista por la aseguradora, arguyeron que la apelada no salvaguardó sus intereses, no les orientó sobre reservas de derechos, ni sobre las consecuencias de ver el juicio del referido caso en su fondo, así como tampoco les informó sobre la posibilidad existente de enfrentarse a una sentencia que concediera cuantías en exceso de los límites provistos por la aseguradora. También, aseveraron que Universal no les informó sobre ofertas transaccionales, ni sobre la obligación de responder con su patrimonio en caso de que la sentencia impuesta excediera los límites de la cubierta.

El contrato de seguro en cuestión, Póliza Número 09-CAP518-

000282984-3/0, fue suscrito por Luis Jiménez Vázquez y Carmen J. Meléndez el 14 de abril de 2013. En lo atinente a los asuntos del caso que nos ocupa, la póliza de seguro tenía un límite de cubierta de $500,000.00 en caso de daños a la propiedad y daños físicos en una

TA2026AP00510 3 persona. Asimismo, establecía que el deber de responder y defender de

la aseguradora culminaba una vez se alcanzara dicho límite.1 Posteriormente, el 19 de agosto de 2024, Universal compareció mediante Contestación a la Demanda. En suma, negó las alegaciones formuladas en su contra y sostuvo que cumplió con sus obligaciones contractuales bajo la póliza de seguro suscrita por las partes.

Superados varios incidentes procesales, el 25 de noviembre de 2025, los apelantes presentaron una Moción en Solicitud de Sentencia Sumaria Parcial (en Torno al Incumplimiento de la Demandada). En síntesis, argumentaron que Universal incumplió con su deber de lealtad y fiducia hacia ellos, toda vez que no fueron parte del proceso de toma de decisiones en los casos en cuestión. Según la familia Jiménez Meléndez, lo anterior les expuso a “una responsabilidad civil y monetaria que podía haber sido evitada si se hubieren observado esfuerzos serios dirigidos a transigir”.2 Además, argumentaron que la aseguradora actuó de forma negligente ante ellos, puesto que pudo haber transigido las reclamaciones judiciales dentro de los límites de la póliza y no lo hizo. Por lo anterior, peticionó al foro de instancia que dictase sentencia sumaria parcial a favor de estos, y decretase que Universal debía responder en su totalidad por la responsabilidad impuesta mediante sentencia en los casos D DP2014-0606 y D DP2015-0066.

En esa misma fecha, Universal presentó una Moción de Sentencia Sumaria Solicitando la Desestimación del Pleito por

1 Véase, Caso SJ2024CV05732, Entrada Núm. 53 de SUMAC-TPI, Anejo 2, Póliza Número 09- CAP518-000282984-3/0. Particularmente, establecía que “[o]ur duty to defend or settle ends when the Liability Coverage Limit of Insurance has been exhausted by payment of judgments or settlements”. 2 Véase, Caso SJ2024CV05732, Entrada Núm. 52 de SUMAC-TPI, pág. 13.

Insuficiencia de la Prueba. Aseveró que sí cumplió con sus obligaciones contractuales contenidas en la póliza de seguro en disputa, así como también puntualizó que la familia Jiménez Meléndez no tenían prueba para establecer mala fe, negligencia o incumplimiento de sus deberes fiduciarios. Asimismo, señalaron que los peticionarios no habían sufrido daños personales y carecían de evidencia que lo probase. Por ello, solicitaron al TPI que dictase sentencia sumaria a su favor y desestimase la totalidad de la Demanda instada.

Dichas mociones dispositivas fueron objeto de sus respectivas oposiciones, réplicas y dúplicas. Así evaluadas, el 31 de marzo de 2026, el foro apelado emitió una Sentencia mediante la que declaró Ha Lugar la moción de sentencia sumaria presentada por Universal, y declaró No Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria parcial incoada por la familia Jiménez Meléndez. Concluyó que existían discrepancias entre las alegaciones de los apelantes y lo declarado por ellos en las deposiciones. Precisó, además, que recibieron una misiva que informaba diáfanamente el límite de la póliza de seguro e informaba que serían responsables por cualquier cantidad en exceso de ese límite. Razonó que los apelantes no lograron establecer la existencia de una controversia real sobre hechos materiales, ni sostuvieron sus alegaciones con prueba que las respaldase. Entendió, en cambio, que la aseguradora apelada presentó prueba que corroboró la veracidad de sus argumentos y sostuvo su postura en la reclamación judicial, por lo que procedió a desestimar la causa de acción en su totalidad a favor de Universal. El 16 de abril de 2026, la familia Jiménez Meléndez presentó una Moción de Reconsideración que fue declarada No Ha Lugar por el foro apelado mediante Resolución a esos efectos.

En desacuerdo, el 18 de mayo de 2026, los apelantes instaron el recurso apelativo que nos ocupa, en el que señalaron que el TPI incidió al haber formulado determinaciones fundamentadas en prueba inadmisible en evidencia. Puntualizaron también que el foro de primera instancia erró al no emitir determinaciones relacionadas a la controversia medular sobre la presunta negligencia de la aseguradora en el manejo de los casos D DP2014-0606 y D DP2015-0066. Por último, argumentaron que el foro apelado incidió al emitir sentencia sumaria a favor de Universal aun cuando no procedía en Derecho. Presentada la oposición de la parte apelada, resolvemos.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Luis Jiménez Meléndez Y Otros v. Universal Insurance Company, (prapp 2026).

Luis Jiménez Meléndez Y Otros v. Universal Insurance Company (Luis Jiménez Meléndez Y Otros v. Universal Insurance Company) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Zequeira v. Municipal Housing Authority of the Capital
83 P.R. Dec. 878 (Supreme Court of Puerto Rico, 1961)
Rochester Capital Leasing Corp. v. Williams International Ltd.
103 P.R. Dec. 163 (Supreme Court of Puerto Rico, 1974)
Luan Investment Corp. v. Rexach Construction Co.
152 P.R. Dec. 652 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Viruet Candelaria v. City of Angels, Inc.
194 P.R. Dec. 271 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
Rodríguez Méndez v. Laser Eye Surgery Management
195 P.R. Dec. 769 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Savary Leguillow v. Municipio de Fajardo e Integrand Assurance Co.
198 P.R. Dec. 1014 (Supreme Court of Puerto Rico, 2017)