In re Gerena Ramos
Opinion
Una vez más nos corresponde suspender a una abogada por desatender las órdenes de esta Curia. Con-tinuamente hemos señalado que ello conlleva sanciones dis-ciplinarias, incluyendo la suspensión del ejercicio de la profesión. Por desplegar este tipo de conducta, suspendemos inmediata e indefinidamente de la práctica de la abogacía y de la notaría a la Leda. Aida Luz Gerena Ramos.
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La Leda. Aida Luz Gerena Ramos fue admitida al ejer-cicio de la abogacía el 20 de agosto de 2007 y al ejercicio de la notaría el 5 de octubre de ese mismo año. El 16 de julio de 2015, la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) le envió a la licenciada Gerena Ramos una notificación, vía correo certificado con acuse, señalando un incumplimiento con sus obligaciones.
Footnotes
196 P.R. Dec. 57 (In re Gerena Ramos) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.