In re Enmienda al Reglamento Notarial para Enmendar la Regla 28
142 P.R. Dec. 801, 1997 PR Sup. LEXIS 368
Opinion
RESOLUCIÓN
Se enmienda el segundo párrafo de la Regla 28 del Re-glamento Notarial, 4 L.RR.A. Ap. XXIV, que aprobamos mediante Resolución de 14 de julio de 1995 —Aprob. y Vi-gencia R. Not. PR., 138 D.RR. 977 (1995)— para que dis-ponga en su totalidad lo siguiente:
El Notario, a su discreción, podrá relacionar en la escritura el documento que le ha sido mostrado y que acredita la capacidad representativa de un compareciente, salvo que deberá relacio-nar tal referencia en la escritura cuando fuere solicitada por alguno de los comparecientes.
Esta resolución tendrá vigencia inmediata.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Señor Secretario del Tribunal Supremo.
(.Fdo.) Francisco R. Agrait Liado
Secretario del Tribunal Supremo
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In re Enmienda al Reglamento Notarial para Enmendar la Regla 28, 142 P.R. Dec. 801, 1997 PR Sup. LEXIS 368 (prsupreme 1997).
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