Huertas Ramos v. Jones

75 P.R. Dec. 382
Supreme Court of Puerto Rico·Decided August 19, 1953·No. Número 467·Published·Cited by 2 cases

Opinion

El Juez Asociado Señor Sifre

emitió la opinión del tribunal.

[383]*383Es este un procedimiento de mandamus para que la ape-lación del peticionario al Tribunal Superior, Sala de San Juan, de dos sentencias dictadas en su contra, siga trami-tándose de acuerdo con la ley.

Encontrándose el peticionario recluido en la Penitencia-ría Insular se le llevó a la Corte Municipal de Río Piedras, hoy Tribunal de Distrito, Sala de Río Piedras, en donde fué sentenciado en 31 de enero de 1950 a la pena de un año de cárcel por portación de armas y a una pena igual por el delito de acometimiento y agresión grave.

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Huertas Ramos v. Jones, 75 P.R. Dec. 382 (prsupreme 1953).

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