Gonzalez Celimen, Jose Julian v. Ferrer Navarro, Rafael Omar

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMarch 13, 2025
DocketKLCE202500122
StatusPublished

This text of Gonzalez Celimen, Jose Julian v. Ferrer Navarro, Rafael Omar (Gonzalez Celimen, Jose Julian v. Ferrer Navarro, Rafael Omar) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Gonzalez Celimen, Jose Julian v. Ferrer Navarro, Rafael Omar, (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI

JOSÉ JULIÁN GONZÁLEZ CERTIORARI CELIMEN, ISABELITA Procedente del ANDRADES CARABALLO, Tribunal de Sociedad Legal de Primera Gananciales compuesta por Instancia, Sala ambos Superior de San Juan Peticionarios Civil Núm.: v. KLCE202500122 SJ2024CV03308 (505) RAFAEL OMAR FERRER NAVARRO, DAYANA Sobre: Desahucio HERRERA GÓMEZ, Sociedad por falta de pago Legal de Gananciales (cobro de dinero – compuesta por ambos ordinario)

Recurridos

Panel integrado por su presidenta, la Juez Brignoni Mártir, la Jueza Álvarez Esnard y la Jueza Prats Palerm.

Álvarez Esnard, jueza ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de marzo de 2025.

Comparece ante nos el señor José Julián González Celimen

(“señor González”), la señora Isabelita Andrades Caraballo y la

Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (en conjunto,

“los Peticionarios”) mediante Recurso de Certiorari presentado el 6

de febrero de 2025. Nos solicitan la revocación de Resolución emitida

el 3 de enero de 2025 y notificada el 7 de enero del mismo año por

el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (“foro

primario” o “foro a quo”). Por virtud de esta, el foro primario declaró

No Ha Lugar a la solicitud de desestimación de reconvención instada

por los Peticionarios, en la que argumentaron que la causa de acción

presentada por la señora Dayana Herrera Gómez (“señora Herrera”)

no procedía, puesto que el inmueble objeto de la presente

controversia, no contenía los espacios para uso residencial familiar

Número Identificador

SEN(RES)2025____________ KLCE202500122 2

requeridos por ley. En consecuencia, el foro primario resolvió que

determinaría la cantidad de los aludidos espacios luego de celebrada

una vista evidenciaria para esos propósitos.

Por los fundamentos que expondremos a continuación,

denegamos el presente recurso.

I.

El 9 de abril de 2024, los Peticionarios instaron Demanda de

Desahucio por Falta de Pago y Cobro de Dinero contra el señor Rafael

Omar Ferrer Navarro (“señor Ferrer”), la señora Herrera y la

Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (en conjunto,

“los Recurridos”).1 En esta, los Peticionarios explicaron que eran los

dueños de una propiedad inmueble sita en el municipio de San

Juan. Alegaron que la referida propiedad inmueble constaba de dos

(2) plantas. Detallaron que estos residían en la planta alta y que la

planta baja constaba de cuatro (4) apartamentos dedicados a

arrendamiento a largo plazo. Los Peticionarios esbozaron que uno

de esos apartamentos fue arrendado por los Recurridos por un

canon mensual de quinientos treinta dólares ($530.00) más sesenta

dólares ($60.00) por servicio de internet.

Conforme surge de las alegaciones de la demanda, los

Recurridos comenzaron a arrendar el mencionado apartamento el 1

de octubre de 2019 y, en esa ocasión, el contrato fue suscrito

únicamente por el señor Ferrer. Los Peticionarios adujeron que

posteriormente se suscribió otro contrato de arrendamiento, pero

esta vez también firmó la señora Herrera. Sin embargo, los

Peticionarios sostuvieron que los Recurrentes tuvieron problemas

maritales y se separaron entre enero y febrero de 2023. Arguyeron

que el señor Ferrer se mudó con su madre y la señara Herrera se

quedó en el apartamento.

1 Véase, Apéndice del Recurso, págs.1-6. KLCE202500122 3

Los Peticionarios agregaron que, tras vencerse el canon de

renta en febrero de 2023, le inquirieron a la señora Herrera el pago

y esta indicó que no podía sufragar las mensualidades requeridas.

Añadieron que, para marzo de 2023, la señora Herrera desalojó

voluntariamente el apartamento. Además, expusieron que posterior

a este suceso, la madre del señor Ferrer se comunicó con los

Peticionarios para auscultar la posibilidad de que éste regresara a

arrendar el apartamento. Los Peticionarios expresaron que, tras

discutirlo, el 6 de mayo de 2023, se renovó el contrato de

arrendamiento con el señor Ferrer por el término de un (1) año.

Transcurrido un tiempo de otorgado el contrato con el señor Ferrer,

los Peticionarios argumentaron que, desde noviembre de 2023 hasta

abril de 2024, el señor Ferrer no había pagado las mensualidades.

De la misma forma, destacaron que, en febrero de 2024, el señor

Ferrer fue removido del apartamento por una orden de protección ex

parte emitida a favor del señor González, por un incidente que había

ocurrido el 31 de octubre de 2023. No obstante, advirtieron que las

pertenencias del señor Ferrer aun continuaban en el apartamento.

Por lo anteriormente expuesto, los Peticionarios solicitaron al

foro primario que dictara sentencia y emitiera los siguientes

remedios:

A. Ordenando el desahucio y lanzamiento de los Demandados, sus pertenencias, y cualquier otra persona que en su nombre ocupe el Apartamento Arrendado, por la falta de pago de los cánones de renta para los meses de noviembre de 2023 hasta el presente, más el pago de los $60.00 al mes por el servicio de internet por los meses de noviembre del 2023 a enero del 2024. B. Condenando a los Demandados solidariamente al pago de los cánones de arrendamiento adeudados, que hasta el presente suman la cantidad de $3,180.00, más los $180.00 adeudados por razón del servicio de internet provisto por los Demandantes, así como a cualquier otro pago que se acumule hasta la fecha en que haga entrega de la propiedad con los intereses legales correspondientes. C. Condenando a los Demandados al pago de una cantidad no menor de $2,500.00 por concepto de costas, gastos y los honorarios de abogado incurridos por los Demandantes en este proceso judicial, y que también se KLCE202500122 4

conceda cualquier otra indemnización o remedio que corresponda de conformidad con la ley[.]2

Posteriormente, el 24 de abril de 2024, los Peticionarios

instaron Demanda Enmendada de Desahucio por Falta de Pago y

Cobro de Dinero.3 En síntesis, aclararon que los apartamentos que

poseían los Peticionarios en la planta baja del inmueble eran tres (3)

en lugar de cuatro (4). Subsiguientemente, el 25 de abril de 2024,

los Peticionarios presentaron Segunda Demanda Enmendada de

Desahucio por Falta de Pago y Cobro de Dinero.4 Por virtud de esta,

agregaron algunos detalles a las alegaciones que habían presentado

previamente, tales como que los Recurridos ofrecieron comprar el

inmueble a los Peticionarios.

En respuesta, el 30 de abril de 2024, la señora Herrera

presentó Moción Anunciando Representación Legal, Contestación a la

Demanda Enmendada y Reconvención.5 En esta, negó ciertas

alegaciones y levantó las correspondientes defensas afirmativas.

Asimismo, mediante este escrito, instó una reconvención. En tal

sentido, la señora Herrera esbozó que solicitó una orden de

protección contra su esposo, por un patrón de violencia doméstica,

la cual fue expedida. Afirmó que dicha orden de protección incluía

una orden de desalojo contra el señor Ferrer. Argumentó que, desde

que se emitió la aludida orden de protección, el señor González

realizó una serie de actos para promover que la señora Herrera

desalojara el apartamento sin que mediara incumplimiento de

contrato. Especificó que el señor González le entregó una carta de

desalojo, acosó a la señora Herrera a través de múltiples llamadas

telefónicas para asegurarse de que ella recogiera sus pertenencias y

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Torres Torres v. Torres Serrano
179 P.R. Dec. 481 (Supreme Court of Puerto Rico, 2010)
Banco Popular de Puerto Rico v. Gómez Alayón y otros
2023 TSPR 145 (Supreme Court of Puerto Rico, 2023)
Inmobiliaria Baleares, LLC y otros v. Benabe González y otros
2024 TSPR 112 (Supreme Court of Puerto Rico, 2024)
Banco Popular de Puerto Rico v. Cable Media of Puerto Rico, Inc. y otro
2025 TSPR 1 (Supreme Court of Puerto Rico, 2025)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Gonzalez Celimen, Jose Julian v. Ferrer Navarro, Rafael Omar, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/gonzalez-celimen-jose-julian-v-ferrer-navarro-rafael-omar-prapp-2025.