Finance of America Reverse, LLC v. Sucesión De Balbino Ortiz Meléndez T/C/C Balbino Ortiz, Compuesta Por Wanda Ortiz Rosario, Paul Stefan Ramírez Ortiz, María De Lourdes Ortiz Martelly Fulano De Tal, Como Posible Heredero Desconocido Con Interés en La Sucesión; Sucesión De María Jesús Rosario Vargas T/C/C María De Jesús Rosario Vargas T/C/C María J. Rosario Vargas T/C/C María Rosario Vargas T/C/C María Jesús Rosario T/C/C María De Jesús Rosario T/C/C María J. Rosario T/C/C María Rosario, Compuesta Por Wanda Ortiz Rosario; Estados Unidos De América; Centro De Recaudación De Ingresos Municipales (Crim)

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedSeptember 25, 2025
DocketTA2025AP00281
StatusPublished

This text of Finance of America Reverse, LLC v. Sucesión De Balbino Ortiz Meléndez T/C/C Balbino Ortiz, Compuesta Por Wanda Ortiz Rosario, Paul Stefan Ramírez Ortiz, María De Lourdes Ortiz Martelly Fulano De Tal, Como Posible Heredero Desconocido Con Interés en La Sucesión; Sucesión De María Jesús Rosario Vargas T/C/C María De Jesús Rosario Vargas T/C/C María J. Rosario Vargas T/C/C María Rosario Vargas T/C/C María Jesús Rosario T/C/C María De Jesús Rosario T/C/C María J. Rosario T/C/C María Rosario, Compuesta Por Wanda Ortiz Rosario; Estados Unidos De América; Centro De Recaudación De Ingresos Municipales (Crim) (Finance of America Reverse, LLC v. Sucesión De Balbino Ortiz Meléndez T/C/C Balbino Ortiz, Compuesta Por Wanda Ortiz Rosario, Paul Stefan Ramírez Ortiz, María De Lourdes Ortiz Martelly Fulano De Tal, Como Posible Heredero Desconocido Con Interés en La Sucesión; Sucesión De María Jesús Rosario Vargas T/C/C María De Jesús Rosario Vargas T/C/C María J. Rosario Vargas T/C/C María Rosario Vargas T/C/C María Jesús Rosario T/C/C María De Jesús Rosario T/C/C María J. Rosario T/C/C María Rosario, Compuesta Por Wanda Ortiz Rosario; Estados Unidos De América; Centro De Recaudación De Ingresos Municipales (Crim)) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

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Finance of America Reverse, LLC v. Sucesión De Balbino Ortiz Meléndez T/C/C Balbino Ortiz, Compuesta Por Wanda Ortiz Rosario, Paul Stefan Ramírez Ortiz, María De Lourdes Ortiz Martelly Fulano De Tal, Como Posible Heredero Desconocido Con Interés en La Sucesión; Sucesión De María Jesús Rosario Vargas T/C/C María De Jesús Rosario Vargas T/C/C María J. Rosario Vargas T/C/C María Rosario Vargas T/C/C María Jesús Rosario T/C/C María De Jesús Rosario T/C/C María J. Rosario T/C/C María Rosario, Compuesta Por Wanda Ortiz Rosario; Estados Unidos De América; Centro De Recaudación De Ingresos Municipales (Crim), (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I

FINANCE OF AMERICA APELACIÓN REVERSE, LLC, procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Apelada, Superior de Carolina.

v. Civil núm.: CA2019CV03829. SUCESIÓN DE BALBINO ORTIZ MELÉNDEZ t/c/c Sobre: BALBINO ORTIZ, ejecución de hipoteca. compuesta por WANDA ORTIZ ROSARIO, PAUL STEFAN RAMÍREZ ORTIZ, MARÍA DE LOURDES ORTIZ MARTELLY FULANO DE TA2025AP00281 TAL, como posible heredero desconocido con interés en la sucesión; SUCESIÓN DE MARÍA JESÚS ROSARIO VARGAS t/c/c MARÍA DE JESÚS ROSARIO VARGAS t/c/c MARÍA J. ROSARIO VARGAS t/c/c MARÍA ROSARIO VARGAS t/c/c MARÍA JESÚS ROSARIO t/c/c MARÍA DE JESÚS ROSARIO t/c/c MARÍA J. ROSARIO t/c/c MARÍA ROSARIO, compuesta por WANDA ORTIZ ROSARIO; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM),

Apelante.

Panel integrado por su presidente, el juez Sánchez Ramos, la jueza Romero García y el juez Pérez Ocasio.

Romero García, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de septiembre de 2025.

La controversia que atendemos en este recurso gira en torno a la

aplicación de la Regla 4.3(b) de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, y la

norma que, a partir de Bernier González v. Rodríguez Becerra, 200 DPR

637 (2018), y su progenie, establece que el término para diligenciar los TA2025AP00281 2

emplazamientos expedidos por la Secretaría del foro primario no es

prorrogable. En particular, atendemos el efecto que una segunda

desestimación de una causa de acción – la primera, por falta de trámite y

conforme a la Regla 39.2(b) de Procedimiento Civil; la segunda, por

incumplimiento con el término improrrogable de 120 días que manda la

Regla 4.3(b) - conlleva para la parte demandante.

La postura propuesta por la parte apelante es a los efectos de que

esta segunda desestimación debe ser dictada con perjuicio. Discrepamos.

Así pues, evaluado el escrito de apelación y su apéndice, así como

la oposición de la parte apelada, este Tribunal concluye que el foro primario

no erró y dictó correctamente la sentencia desestimatoria sin perjuicio, por

lo que confirmamos la misma.

I

El caso ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de

Carolina, inició como una acción de ejecución de hipoteca contra los

señores Balbino Ortiz Meléndez y María Jesús Rosario Vargas, y con

relación al inmueble ubicado en la Urb. Valle Arriba Heights Dev., Calle

124, BW-19, Carolina, PR. Tanto el pagaré hipotecario como la escritura

de constitución de hipoteca fueron suscritas el 27 de enero de 20141.

La demanda fue instada por Finance of America Reverse, LLC

(Finance), tenedor de buena fe del pagaré hipotecario, el 30 de septiembre

de 2019, en el caso civil CA2019CV3829. En esa misma fecha, Finance

solicitó se expidieran los emplazamientos correspondientes2; no solicitó

que los emplazamientos fueran diligenciados por edicto, a pesar de

consignar que el señor Balbino Ortiz había fallecido el 30 de mayo de 2015,

y la señora María J. Rosario, el 15 de junio de 2019. También, reconoció

que desconocía el nombre de los componentes de ambas sucesiones.

1 Véase, apéndice del recurso, entrada 1, SUMAC TA.

2 Véase, entrada 2, SUMAC TPI. Dada la complejidad de los trámites procesales del caso,

consultamos las entradas correspondientes al SUMAC de la acción civil CA2019CV03829. TA2025AP00281 3

Los emplazamientos fueron expedidos por la Secretaría el 7 de

octubre de 20193. El 10 de octubre de 2019, el foro primario emitió una

orden en la que redujo el término para diligenciar los emplazamientos a 60

días4.

El 15 de noviembre de 2019, Finance solicitó que se ordenara el

emplazamiento por edicto de ambas sucesiones5. Ante la ausencia de la

orden correspondiente, el 17 de diciembre de 2019, Finance reiteró su

solicitud. En esta ocasión, el tribunal primario autorizó el emplazamiento

por edicto el 17 de enero de 2020, notificado el 24 de enero6, y publicado

el 28 de enero de 2020.

Luego, y a la luz de la moratoria decretada en los casos de cobro

durante la pandemia del Covid-19, el caso fue paralizado.

Decretada la reapertura del caso, e incumplida la orden de mostrar

causa a esos efectos, el 26 de octubre de 2021, el tribunal dictó sentencia

y desestimó sin perjuicio la demanda por inactividad; ello, conforme a la

Regla 39.2(b) de las de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V.

Si bien Finance solicitó la reconsideración de esa sentencia, la cual

fue denegada, el 7 de diciembre de 2021, Finance solicitó el relevo de la

sentencia y, con la oposición de la apelante, el 27 de enero de 2022, el

foro primario acogió la solicitud de relevo de sentencia y ordenó la

continuación de los procedimientos.

Un año más tarde, allá para el 16 de enero de 2023, Finance

presentó una demanda enmendada7. El 31 de enero de 2023, el tribunal

expidió los emplazamientos correspondientes8. No obstante, el 2 de mayo

de 2023, Finance solicitó que se ordenase el emplazamiento por edicto. En

3 Véase, entradas 4 y 5, SUMAC TPI.

4 Íd., entrada 6.

5 Íd., entrada 7.

6 Íd., entrada 12.

7 Íd., entrada 68.

8 Íd., entrada 71. TA2025AP00281 4

esa misma fecha, notificada al día siguiente, el tribunal autorizó el

emplazamiento por edicto9, el cual fue publicado el 15 de junio de 2023.

Luego, el 19 de julio de 2024, Finance presentó una segunda

demanda enmendada y presentó los emplazamientos correspondientes10.

Los emplazamientos no fueron expedidos. En su lugar, el foro

primario emitió una orden el 22 de julio de 2024, mediante la cual solicitó

que se aclarase la inclusión en la segunda demanda enmendada de varias

personas y su relación con la propiedad objeto de ejecución11.

Tras varios trámites procesales, que incluyeron las repetidas

solicitudes de Finance para que se expidieran los emplazamientos

relacionados con su segunda demanda enmendada12, el 8 de noviembre

de 2024, tribunal ordenó que Finance volviera a someter los proyectos de

emplazamiento13, lo que fue cumplido el 13 de noviembre de 2024; no

obstante, los emplazamientos no fueron expedidos.

El 3 de septiembre de 2024, el foro primario citó a una vista para

discutir, entre otros, el asunto de los emplazamientos14. Esta se celebró

finalmente el 15 de noviembre de 202415.

El 12 de marzo de 2025, notificada el 17 de marzo, el tribunal dictó

sentencia, mediante la cual desestimó la demanda por haberse incumplido

con el diligenciamiento de los emplazamientos en el término de 120 días

que manda la Regla 4.3(c) y la jurisprudencia que la interpreta16.

El 15 de abril de 2025, notificada el 21 de abril, el tribunal acogió la

solicitud de Finance del 2 de abril, y aclaró que la sentencia desestimatoria

se dictaba sin perjuicio.

9 Véase, entrada 47, SUMAC TPI.

10 Íd., entradas 99 y 100.

11 Íd., entrada 101.

12 Íd., entradas 106, 111, 115 y 117.

13 Íd., entrada 116.

14 Íd., entrada 108.

15 Íd., entrada 118 (Minuta de la vista celebrada el 15 de noviembre de 2024).

16 El foro primario ya había adelantado su postura al respecto en la vista celebrada el 15

de noviembre de 2024. Íd. TA2025AP00281 5

Inconforme, el 21 de abril de 2025, la señora Wanda Ortiz Rosario

(señora Ortiz o apelante) solicitó que la desestimación fuera con perjuicio.

Finalmente, mediante la resolución dictada el 17 de agosto de 2025,

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