F.A.O., Inc. v. Condado Tropical, Inc.

11 T.C.A. 175, 2005 DTA 85
CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMay 20, 2005
DocketNúm. KLCE-04-00847
StatusPublished

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F.A.O., Inc. v. Condado Tropical, Inc., 11 T.C.A. 175, 2005 DTA 85 (prapp 2005).

Opinion

[180]*180TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN

El Sr. Miguel Fernández Serrano solicita que revisemos la resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, que declaró con lugar la solicitud de aseguramiento de sentencia presentada por la parte demandante. Señala que incidió el tribunal al ordenar que se embargaran sus bienes personales, a pesar de que en la vista sobre aseguramiento de sentencia no se desfiló prueba suficiente que demostrase que procedía descorrer el velo corporativo de la codemandada, Condado Tropical, Inc. Atendidas las circunstancias particulares del caso, denegamos la expedición del auto de certiorari, al concluir que el tribunal no abusó de la discreción que le provee la Regla 56 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. Ill, R. 56.

I

El 25 de agosto de 2000, F.A.O., Inc. (FAO) otorgó, a favor de Condado Tropical, Inc., un contrato de arrendamiento con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2005, sobre un local de 6,000 pies cuadrados para ser utilizado para un negocio de restaurante. El inmueble arrendado está localizado en la Avenida Ashford en San Juan. El contrato provee un canon de arrendamiento básico de $12,000 mensuales, más otros cargos según detallados en el mismo. Desde mediados del año 2003, Condado Tropical dejó de pagar los cánones de arrendamientos vencidos, pero retuvo la posesión del local. Por ello, el 7 de octubre de 2003, FAO presentó una demanda en cobro de dinero contra "Condado Tropical, Inc", reclamando un total adeudado de $84,480.79.

El 29 de octubre de 2003, FAO presentó una moción en aseguramiento de sentencia solicitando el embargo de bienes de la demandada hasta la suma de $84,480.79. Esta moción le fue notificada a Condado Tropical a la dirección del local arrendado. El 10 de noviembre de 2003, el tribunal emitió una resolución disponiendo "Como se Pide" en cuanto a la moción en aseguramiento de sentencia. El mismo día ordenó a FAO presentar una fianza de $169,000, de conformidad con la Regla 56.3 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. Ill, R. 56.3. FAO presentó la fianza requerida, emitida por una compañía de seguros, el 11 de diciembre de 2003. La resolución declarando con lugar la solicitud de embargo fue notificada el 30 de diciembre de 2003 al abogado de la paite demandada, Ledo. Moisés Abréu Cordero (Apéndice, pág. 42).

El 6 de enero de 2004, previo a que Condado Tropical contestara la demanda, el Sr. Miguel Fernández Serrano, Presidente y principal accionista de Condado Tropical, Inc., y su abogado, Lie. Moisés Abréu Cordero, acudieron al local arrendado acompañados de un grupo de empleados de Condado Tropical y removieron todos los bienes muebles que se encontraban en el local arrendado. Posteriormente, Condado Tropical solicitó al tribunal que dejase sin efecto la orden de embargo. Al no recibir contestación a su solicitud, el 29 de enero de 2004, Condado Tropical presentó ante este Foro el recurso de certiorari KLCE-04-00091. FAO se opuso, aduciendo que la solicitud era académica, ya que el 6 de enero previo se habían removido todos los bienes muebles del local y, además, se habían vaciado todas las cuentas bancarias de Condado Tropical. El 22 de octubre de 2004, este Foro emitió sentencia, dejando sin efecto la orden de embargo por no haberse celebrado una vista antes de emitirse la orden de embargo, según requerido por Rivera Rodríguez & Co. v. Lee Stowell, etc., 133 [181]*181D.P.R. 881 (1991).

Mientras tanto, el 13 de enero de 2004, Condado Tropical contestó la demanda. En esencia, aceptó que continuaba en posesión del inmueble arrendado sin pagar los cánones de arrendamiento, pero adujo como defensa afirmativa la doctrina de exceptio non adimpleti contractus. En particular, alegó que FAO estaba impedida de reclamar los cánones de arrendamiento adeudados, ya que había incumplido con algunas de las cláusulas del contrato de arrendamiento. Además, presentó una reconvención alegando, principalmente, que FAO no había mantenido el elevador del edificio en buen estado de reparación.

El 14 de enero de 2004, FAO solicitó que se le permitiera presentar una demanda enmendada para adicionar como codemandados al Sr. Miguel Fernández Serrano, su esposa y la sociedad de gananciales de éstos, y otras corporaciones operadas por el Sr. Fernández Serrano localizadas en Los Paseos y Borinquen Towers. A esa fecha, el monto adeudado, según la demanda, ascendía a $133,019.44. En la solicitud alegó que procedía descorrer el velo corporativo de Condado Tropical, Inc., y/o de las corporaciones que operan los otros negocios del Sr. Fernández Serrano localizadas en Los Paseos y Borinquen Towers, porque éstas constituyen el álter ego del Sr. Fernández Serrano. Señaló que este último, conociendo la orden del tribunal que proveía para el embargo de los bienes de Condado Tropical, Inc., "acudió subrepticiamente al local comercial arrendado propiedad de FAO el 6 de enero de 2004 y procedió a remover todos los equipos, enseres, utensilios y bienes muebles propiedad de la demandada sujetos al embargo emitido por el Honorable Tribunal". Señaló que "por información y creencia los bienes muebles removidos por la demandada a través y a instancias de el Sr. Miguel Fernández han ido a parar a corporaciones íntimas del Sr. Fernández y/o a negocios de éste relacionados y/o afiliados a Condado Tropical", lo cual constituye fraude al tribunal.

El 30 de enero de 2004, FAO presentó una moción enmendada de aseguramiento de sentencia solicitando una orden de embargo sobre los bienes del Sr. Fernández Serrano hasta la suma de $133,019.44, cantidad adeudada a esa fecha. FAO además solicitó se aceptase un aumento en la fianza de $80,000, de forma que el total de fianza prestada por la parte demandante ascendiese a la suma de $249,000. La solicitud fue acompañada de la referida fianza adicional de $80,000, la cual posteriormente el tribunal aceptó.

El 2 de febrero de 2004, FAO presentó una solicitud de sentencia sumaria, acompañada de evidencia documental para respaldarla, en la cual discute en detalle los hechos alegados por ambas partes y el derecho aplicable a éstos. El 4 de marzo de 2004, la parte demandada solicitó una prórroga para contestar la demanda enmendada y la solicitud de sentencia sumaria.

El tribunal señaló vista para discutir la solicitud de aseguramiento de sentencia mediante el embargo de bienes del Sr. Fernández Serrano, la cual se celebró el 17 de marzo de 2004. El Sr. Fernández Serrano compareció personalmente y por medio de representación legal separada de la representación legal de las corporaciones codemandadas. Luego de escuchar la evidencia testifical de las paites y evaluar sus argumentos a favor y en contra del embargo solicitado, en corte abierta el tribunal declaró "con lugar" la solicitud de embargo. El 16 de abril de 2004 se emitió la resolución escrita ordenando el embargo sobre los bienes del Sr. Fernández Serrano, hasta la suma de $164,334.70.

Inconforme, el Sr. Fernández Serrano presentó el recurso de certiorari que aquí atendemos, señalando que incidió el tribunal:

“[A]l declarar con lugar la solicitud de embargo en aseguramiento de sentencia bajo la Regla 56 de Procedimiento Civil para ejecutarse sobre bienes personales del Sr. Miguel Fernández a pesar que FAO falló en presentar prueba durante la vista del 17 de marzo de 2004 que estableciera la probabilidad de prevalecer en los méritos de su reclamo de descorrer el velo corporativo de Condado Tropical para así responsabilizar al Sr. Miguel Fernández por la alegada deuda de Condado Tropical con FAO.

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