Electrical Professional Services, Inc. v. Junta De Subastas Del Municipio Autónomo De Trujillo Alto

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJanuary 21, 2026
DocketTA2025AP00531
StatusPublished

This text of Electrical Professional Services, Inc. v. Junta De Subastas Del Municipio Autónomo De Trujillo Alto (Electrical Professional Services, Inc. v. Junta De Subastas Del Municipio Autónomo De Trujillo Alto) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

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Electrical Professional Services, Inc. v. Junta De Subastas Del Municipio Autónomo De Trujillo Alto, (prapp 2026).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII

ELECTRICAL Revisión PROFESSIONAL Administrativa SERVICES, INC. procedente de la Junta de Subastas Recurrente del Municipio Autónomo de v. TA2025AP00531 Trujillo Alto

JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO Subasta 26-003 AUTÓNOMO DE TRUJILLO ALTO Sobre: Adquisición de materiales para el Recurrido proyecto de expansión del J.P. INDUSTRIAL SALES Programa de CO., INC. Reciclaje

Parte con interés Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, la Juez Barresi Ramos y la Jueza Santiago Calderón.

Rodríguez Casillas, juez ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de enero de 2026.

Comparece Electrical Professional Services, Inc., (“EPS” o

“parte Recurrente”) mediante el recurso de apelación ―que

correctamente acogemos como un recurso de revisión judicial― para

solicitarnos la revocación de la Carta Enmendada – Enmienda la

Resolución de Adjudicación, notificada a las partes el 30 de

octubre de 2025, a través de la Junta de Subastas del Municipio

Autónomo de Trujillo Alto (“Junta de Subastas” o “parte

Recurrida”) que enmendó la Resolución de Adjudicación

previamente notificada sobre la Subasta Formal 26-003 (“Subasta”)

―para la Adquisición de Materiales para el Proyecto de Expansión

del Programa de Reciclaje, celebrada el 10 de septiembre de 2025 y

notificada el 2 de octubre de 2025― (“Notificación de Adjudicación”), TA2025AP00531 2

que adjudicó la Subasta a favor de J.P. Industrial Sales Co, Inc.

(“JPI” o Parte con Interés).

Por los fundamentos que a continuación expresamos,

confirmamos la Carta Enmendada – Enmienda la Resolución de

Adjudicación.

-I-

El 13 de agosto de 2025, el Municipio Autónomo de Trujillo

Alto (“Municipio” o “parte Recurrida”), como recipiente de los fondos

de la Subvención de Infraestructura de Residuos Sólidos para el

Programa de Reciclaje (SWIFR, por sus siglas en inglés),

administrados por la Agencia de Protección Ambiental de los EE.UU.

(EPA, por sus siglas en inglés), publicó un Aviso de Subasta #26-

003 (“Subasta”), para solicitar propuestas para la adquisición de un

contenedor de reciclaje (“bins”) para recogido de materiales

domésticos en residencias de 32 y/o 48 galones con tapa (entre

25,000 a 30,000 unidades).1

El Aviso de Subastas indicaba la siguiente información: fecha

y hora para la disponibilidad de los documentos de la Subasta; la

fecha límite y el correo electrónico para presentar preguntas o

solicitar aclaraciones sobre el proceso; la fecha en la que se estarían

proveyendo las respuestas; la fecha límite y el lugar para la entrega

de las licitaciones; y la fecha y lugar de la apertura. En el Pliego de

Condiciones y Especificaciones se estableció que todos los

licitadores debían someter sus propuestas y acompañarlas de una

fianza provisional (“bid bond”) de $300.00, con una vigencia mínima

de noventa (90) días. Asimismo, se advirtió que la Junta de

Subastas podía rechazar cualquier oferta que no cumpliera con los

requisitos o que no favoreciera el interés público.2

1 Anejo 1 del Recurso. 2 Anejo 2 del Recurso. TA2025AP00531 3

El 22 de agosto de 2025, la empresa EPS sometió al

Municipio un listado de 17 preguntas técnicas relacionadas con las

especificaciones del equipo.3

El 28 de agosto de 2025, el Municipio emitió sus respuestas

oficiales, precisando —entre otros aspectos— que los recipientes

debían tener ruedas integradas, tapas fijas con bisagra, drenajes de

una pulgada y ser 100% reciclables.4

Mediante, Adenda Núm. 1 del 4 de septiembre de 2025, la

Junta de Subastas pospuso la apertura de ofertas para el 10 de

septiembre de 2025.5

Así, el 10 de septiembre de 2025, se celebró el Acto de

Apertura en el que participaron EPS y JPI. Cabe destacar que

ambas empresas sometieron propuestas para los contenedores de

32 y 48 galones.

En consecuencia, el 17 de septiembre de 2025, el Programa

de Reciclaje del Municipio remitió a la Junta de Subastas su

Evaluación y Recomendación.6 Allí, comparó las ofertas y

concluyó que EPS había omitido especificaciones esenciales, entre

ellas, las medidas, peso, material, tipo de tapa, ruedas y garantía,

consignando reiteradamente “no especificado” en los pliegos. Por

su parte, JPI presentó fichas técnicas completas y ofreció

contenedores de 32 galones con ruedas a $55.55 por unidad y de 48

galones a $62.75, ambos con entrega entre 10 y 14 semanas.

A continuación, se presenta una tabla comparativa de ofertas

para la Subasta Pública #26-003:

3 Anejo 3 del Recurso. 4 Anejo 4 del Recurso. 5 Anejo 5 del Recurso. 6 Anejo 7 del Recurso. TA2025AP00531 4

El 24 de septiembre de 2025, la Junta de Subastas celebró

reunión formal y acordó adjudicar la buena pro a JPI por ser el

postor de precio más económico y cumplir con todas las

especificaciones exigidas.

En lo pertinente, la Junta de Subastas expresó:

CARTA DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN DE LA SUBASTA NUM. 26-003 ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA EL PROYECTO DE EXPANSIÓN DEL PROGRAMA DE RECICLAJE TA2025AP00531 5

La Junta de Subastas, luego de un exhaustivo análisis acordó adjudicar la buena pro a la Compañía J.P. Industrial Sales Co., por ser el licitador de precio más económico. Se le adjudica los contenedores de 32 galones por el precio de 31.99 por unidad. Con esta adjudicación esta Junta de Subastas protege el interés público, vela por los mejores intereses del Municipio y garantiza los servicios a nuestros ciudadanos. 7

El 2 de octubre de 2025, la Junta de Subastas emitió la

Notificación de Adjudicación en la que otorgó la buena pro a JPI,

disponiendo que el contrato sería efectivo tras su firma y registro

ante la Oficina del Contralor de Puerto Rico, y que la empresa

agraciada debía presentar la documentación fiscal y las

certificaciones gubernamentales requeridas. En lo pertinente, la

Junta de Subastas notificó a las partes el siguiente resumen:8

Además, el Municipio especificó que cualquier licitador

adversamente afectado contaba con un plazo jurisdiccional de diez

(10) días para acudir ante este Tribunal de Apelaciones.

Inconforme, el 14 de octubre de 2025, EPS compareció por

primera vez ante nos en el caso núm. TA2025RA00286,9 y adujo

que la Junta de Subastas cometió los siguientes errores:

PRIMER ERROR: ERRÓ LA JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO DE TRUJILLO ALTO AL OTORGAR LA BUENA PRO DE

7 Anejo 9 del Recurso. 8 Anejo 11 del Recurso. 9 Entrada Núm. 1 del caso TA2025RA00286 en SUMACTA. TA2025AP00531 6

LA SUBASTA #26-003 A JP PARA LA COMPRA DE UN PRODUCTO QUE INCUMPLE CRASAMENTE CON LAS ESPECIFICACIONES Y LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL PROPIO MUNICIPIO, CREANDO UNA DESIGUALDAD DE CONDICIONES ENTRE LOS LICITADORES. SEGUNDO ERROR: ERRÓ LA JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO DE TRUJILLO ALTO AL CONSIDERAR Y EVALUAR LA OFERTA DE UN PRODUCTO QUE INCUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES DEL MUNICIPIO Y AL DETERMINAR, MOTU PROPRIO, QUE LA OFERTA PRINCIPAL DE JP PARA EL CONTENEDOR DE 32 GALONES CON RUEDAS ERA LA “PROPUESTA ADICIONAL”, POR LO QUE NO FUE CONSIDERADA. TERCER ERROR: ERRÓ LA JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO DE TRUJILLO ALTO AL OTORGAR LA BUENA PRO DE LA SUBASTA #26-003 A JP BASADO EN QUE SU PRECIO ERA PRESUNTAMENTE EL MÁS ECONÓMICO, CUANDO LOS PRECIOS PROPUESTOS POR JP NO INCLUYEN IMPUESTOS.

El 21 de octubre de 2025, emitimos una Resolución en la

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