El Pueblo de Puerto Rico v. Sánchez Álvarez
Opinion
SENTENCIA
Mediante trámite de mostrar causa examinamos la petición de certiorari del Procurador General, que cuestiona la resolución del Tribunal Superior, Sala de Caguas, en que se dejan sin efecto los veredictos de culpabilidad en los casos de robo e infracción al Art. 8 de la Ley de Armas y se ordena un nuevo juicio por el fundamento de que no debió permitir la prueba de identificación en corte abierta de los cinco testigos impugnados por la defensa.
Ordenamos y tenemos el beneficio de la transcripción de evidencia y comparecencia de las partes. El análisis de la cuestión nos mueve a concluir que erró la sala de instancia.
I
Una sinopsis de los hechos refleja incontrovertidamente que el 29 de julio de 1980 dos individuos asaltaron la Joyería Damar en Caguas. Estuvieron allí alrededor de 15 minutos. Fueron observados ampliamente por varios testi-gos.
Footnotes
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113 P.R. Dec. 550 (El Pueblo de Puerto Rico v. Sánchez Álvarez) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.