Conklin, Dennis R v. Passalacqua, Isabel

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedDecember 4, 2024
DocketKLAN202400945
StatusPublished

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Bluebook
Conklin, Dennis R v. Passalacqua, Isabel, (prapp 2024).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III

DENNIS R. CONKLIN, Apelación ROSEMARIE CONKLIN procedente del Y LA SOCIEDAD LEGAL Tribunal de DE GANANCIALES Primera COMPUESTA POR AMBOS Instancia, Apelantes Sala Superior KLAN202400945 de Carolina

v. Civil Núm.: CA2022CV00858

ISABEL PASSALACQUA, Sobre: MICHAEL J. INCUMPLIMIENTO PASSALACQUA Y LA DE CONTRATO, SOCIEDAD LEGAL DE DAÑOS Y GANANCIALES PERJUICIOS COMPUESTA POR AMBOS Apelados Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Salgado Schwarz y el Juez Monge Gómez Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 4 de diciembre de

2024.

Comparecen el señor Dennis R. Conklin y la señora

Rosemarie Conklin, en adelante el matrimonio Conklin o

los apelantes, quienes solicitan que revisemos la

Sentencia emitida y notificada el 20 de septiembre de

2024 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de

Carolina, en delante TPI. Mediante la misma, se

declaró ha lugar la Moción en Oposición a “Moción

Solicitando Sumaria Parcial” y para que se Dicte

Sentencia Sumaria a Favor de la Parte Demandada,

presentada por la señora Isabel Passalacqua y el señor

Michael J. Passalacqua, en adelante el matrimonio

Passalacqua o los apelados, y desestimó con perjuicio

la Demanda presentada por los apelantes.

Por los fundamentos que expondremos a

continuación, se revoca la Sentencia apelada.

Número Identificador

SEN2024_________________ KLAN202400945 2

-I-

El matrimonio Conklin presentó una Demanda sobre

incumplimiento de contrato y daños contra los

apelados. Alegó, en síntesis; que el matrimonio

Passalacqua incumplió el contrato de arrendamiento del

bien inmueble entre las partes al no permitirle

ejercer su opción de renovarlo. Esta conducta, a su

entender, le causó daños. Ello obedece a que los

apelados le exigieron el desalojo de la propiedad

antes de que venciera el término pactado para ejercer

la opción para renovar el contrato.1

Por su parte, el matrimonio Passalacqua presentó

una Contestación a Demanda en la que admitió algunas

alegaciones, negó otras y, en resumen, arguyó que el

contrato de arrendamiento le permitía a cualquiera de

las partes la opción de renovar el contrato; los

apelados decidieron no renovarlo; y en su opinión,

notificaron a los apelantes conforme al contrato.2

Posteriormente, los apelantes presentaron una

Moción Solicitando Sumaria Parcial en la que adujeron

que la Cláusula 17 del contrato otorga el derecho de

opción, exclusivamente, a los arrendatarios.3 En su

opinión, el matrimonio Passalacqua reconoció esta

exclusividad porque el 16 de diciembre de 2021 se

comunicó para preguntarles si ejercerían la opción

para extender el contrato. Sin embargo, días antes de

finalizar el mes de diciembre, los apelados le

informaron que contrataron con terceros el

arrendamiento de la propiedad en cuestión, antes de la

1 Apéndice de los apelantes, págs. 20-23. 2 Id., págs. 35-40. 3 Id., págs. 43-73. KLAN202400945 3

fecha pactada para ejercer la opción, a saber, el 1 de

febrero de 2022.

una Moción en Oposición a “Moción Solicitando Sumaria

Parcial” y para que se Dicte Sentencia Sumaria a Favor

de la Parte Demandada.4 En síntesis, alegó que no

incumplió el contrato de arrendamiento y que auscultó

si los apelantes tenían la intención de permanecer en

el bien inmueble arrendado. Sin embargo, el matrimonio

Conklin no ejercitó la extensión del contrato de

arrendamiento por 1 año. Ante esa situación, los

apelados le notificaron el aviso de desalojo una vez

concluyera el término de vencimiento del contrato. En

otras palabras, el matrimonio Passalacqua avisó a los

apelantes “que desalojaran la propiedad al vencimiento

del contrato y estos optaron por quedarse mes a mes lo

cual no fue consentido por el arrendador” y en

consecuencia “[l]a relación contractual entre las

partes terminó con la extinción natural del contrato”.

Inconformes, los apelantes presentaron una

Réplica y Oposición a Moción de Sentencia Sumaria

Presentada por la Parte Demandada, en la que

reiteraron la posición que habían expuesto en la

moción de sentencia sumaria.5

Con el beneficio de la comparecencia de ambas

partes, el TPI dictó una Sentencia mediante la cual

declaró ha lugar la Moción de Sentencia Sumaria a

favor de los apelados y desestimó con perjuicio la

Demanda. Determinó que los siguientes hechos no están

en controversia:

4 Id., págs. 74-100. 5 Id., págs. 101-123. KLAN202400945 4

1. El 27 de diciembre de 2020, los Demandantes, Dennis Conklin y su esposa Rose Marie Conklin, suscribieron un contrato de arrendamiento con la Demandada, Isabel Passalacqua.

2. La propiedad arrendada mediante el Contrato era un apartamento de vivienda familiar ubicado en el condominio Coral Beach en Isla Verde.

3. La Parte Demandante, los esposos Conklin, interesaban arrendar el apartamento 1904 (en adelante el "Apartamento") para poder utilizarlo como su residencia principal.

4. Según el Contrato, la Parte Demandante quedó definida, para efectos del mismo, como "Lessee".

5. Según el Contrato, la Parte Demandada quedó definida, para efectos del mismo, como "Lessor".

6. El término original del Contrato era por un (1) año, comenzando el 1 de febrero de 2021 y venciendo el 31 de enero de 2022.

7. El canon de arrendamiento era de $3,100.00 pagadero mensualmente.

8. Para el mes de diciembre de 2021 la Parte Demandante había efectuado todos los pagos correspondientes al canon de arrendamiento y había cumplido con todas sus obligaciones bajo el Contrato de Arrendamiento.

9. La Sección 17 del Contrato, entre otras cosas, establece lo siguiente:

"The Lessee has the option to renew as of February 1st, 2021 [sic] at Three Thousand, Two Hundred Dollars ($3200) per month for an additional 12 month[s] term (utilities not included)".

10. El 16 de diciembre de 2021, cuando el Contrato estaba por expirar, la Parte Demandante recibió un mensaje de texto de la Parte Demandada en la cual le preguntaban sobre su intención de ejercer la opción de renovar o no el contrato.

11. El mismo 16 de diciembre de 2021, la parte Demandante contestó a la parte Demandada lo siguiente: "Thinking about it now and will let you know soon."

12. La Sección 17 del Contrato, también establece lo siguiente:

"If Lessee or Tenant remains in possession of the premises with the consent of Lessor after the natural expiration of this agreement, a new tenancy from month to month shall be created between Lessor and Lessee which shall be subject to all of the terms and conditions hereof except that rent shall then be due and KLAN202400945 5

owing at Three Thousand, Four Hundred Dollars ($3,400 per month) and except that such tenancy shall be terminable upon Thirty (30) days written/email/text notice served by either party and utilities are not included."

13. La Parte Demandada le envió un mensaje de texto a la Parte Demandante el 28 de diciembre de 2021, que indicaba lo siguiente:

"Good Morning, Dennis and Rosie. We are giving you 30 day notice. We will not be renewing the lease after January 31st 2022. Please have the apartment vacated by then. Thank you for your tenancy and we wish you well".

14. Los Demandantes le contestan a los Demandados lo siguiente:

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