Caraballo Flores v. Martínez Ribot

96 P.R. Dec. 812
Supreme Court of Puerto Rico·Decided January 3, 1969·No. Número: R-68-71·Published·Cited by 2 cases

Opinion

El Juez Asociado Señor Pérez Pimentel

emitió la opinión del Tribunal.

El recurrente Patricio Caraballo Flores, siendo menor de edad, adquirió en pleno dominio en 30 de marzo de 1965, una casa y solar radicados en el Barrio Sábalos, sitio co-nocido por “Los Manantiales” de Mayagüez. En 14 de junio de 1965, su padre dio en arrendamiento la indicada propiedad para uso comercial al recurrido Sixto Martínez Ribot, por un término de 23 meses a vencer el día 14 de junio de 1967 y por un canon de $25.00 mensuales. El recurrente arribó a su mayoría de edad el día 15 de diciembre de 1966.

En 17 de mayo de 1967, esto es, un mes antes de vencerse el contrato de arrendamiento, el recurrente notificó por carta al recurrido, su negativa a prorrogarlo.

En julio del mismo año el recurrente interpuso demanda de desahucio contra el recurrido. Contestó el demandado, alegando, entre otras defensas, que la prórroga del contrato era obligatoria para el demandante en virtud de las disposi-ciones de la Ley de Alquileres Razonables (17 L.P.R.A. sec. 192). Aplicando esta ley el tribunal de instancia declaró sin lugar la demanda de desahucio.

Sostiene el recurrente que el tribunal sentenciador come-tió error al resolver que la prórroga era obligatoria y al no aplicar los artículos del Código Civil referentes a los derechos y bienes de menores.

[814] Descansa el recurrente en que de conformidad con el Art. 159 del Código Civil (31 L.P.R.A. sec. 616) (1) el contrato de arrendamiento otorgado por su padre es nulo porque el término de dicho contrato excedía del que le fal-taba al recurrente para cumplir su mayoridad. Sostiene ade-más que estas disposiciones del Código Civil prevalecen sobre la Ley de Alquileres Razonables.

El tribunal resolvió que se aplicaba la Ley de Alquileres Razonables por ser una ley especial de interés público. (2)

Entendemos que, aunque por un fundamento distinto, el tribunal de instancia resolvió correctamente.

[815] No hay duda alguna de que el padre del recurrente no podía dar en arrendamiento ni con la autorización del Tribunal Superior, la finca de su hijo por un período mayor que aquél que faltaba al menor para llegar a la mayoridad. Sin embargo, cuando éste cumplió los 21 años de edad, lejos de repudiar el contrato de arrendamiento por el período aún no vencido, lo aceptó y continuó cobrando el canon de arrendamiento. (3) El recurrente admite en su alegato que al cumplir los 21 años de edad, respetó el contrato hecho por su padre. La propia carta escrita por el recurrente al recurrido informándole sobre el vencimiento del contrato y negándole la prórroga, evidencia su ratificación implícita de dicho contrato. Reconoció pues su firmeza y validez. Aunque anulable en cuanto al exceso del período del contrato, su ratificación por el recurrente quedó probada. Dicho contrato no adolecía de tal nulidad absoluta que impidiera su ratificación. Carrasquilla v. Beltrán, 26 D.P.R. 582 (1918); Ruiz v. Registrador, 40 D.P.R. 933 (1930); Oxios v. Registrador, 39 D.P.R. 447 (1929). Véase además, Millán v. Caribe Motors Corp., 83 D.P.R. 494, 504 (1961). De hecho continuó en vigor hasta la fecha de su vencimiento.

Siendo esto así, la prórroga era obligatoria para el recurrente conforme lo dispone la Ley de Alquileres Razonables, independientemente de si esta ley prevalece o no, por ser una ley especial, sobre el Código Civil. Como el recurrente no alegó o probó alguna de las excepciones establecidas en el Art. 12-A de la Ley de Alquileres Razonables para negar la prórroga, la acción de desahucio era improcedente.

Debe confirmarse la sentencia dictada por el Tribunal Superior, Sala de Mayagüez.

Footnotes

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Caraballo Flores v. Martínez Ribot, 96 P.R. Dec. 812 (prsupreme 1969).

96 P.R. Dec. 812 (Caraballo Flores v. Martínez Ribot) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

In re López Olmedo
125 P.R. Dec. 265 (Supreme Court of Puerto Rico, 1990)
Santos Green v. Cruz
100 P.R. Dec. 9 (Supreme Court of Puerto Rico, 1971)