Velázquez García v. C. Jiménez, Inc.

113 P.R. Dec. 667
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedDecember 27, 1982
DocketNúmero: R-82-294
StatusPublished
Cited by3 cases

This text of 113 P.R. Dec. 667 (Velázquez García v. C. Jiménez, Inc.) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Velázquez García v. C. Jiménez, Inc., 113 P.R. Dec. 667 (prsupreme 1982).

Opinion

El Juez Asociado Señor Rebollo López

emitió la opinión del Tribunal.

Con fecha del 30 de julio de 1977, don Cándido Jiménez y su esposa, doña Elina Torres de Jiménez, suscribieron en su carácter personal y, don Cándido, en su carácter de Presi-dente de la Corporación C. Jiménez, Inc., un pagaré, el cual, en lo pertinente, lee como sigue:

PAGARE
VALOR: $36,372.20 VENCIMIENTO: 1 de noviem-bre de 1980
POR VALOR RECIBIDO, nos obligamos a pagar a CARLOS VELAZQUEZ GARCIA, con vencimiento el 1 de noviembre de 1980, en moneda legal de los Estados Unidos de América, la suma de TREINTA Y SEIS MIL TRESCIEN-TOS SETENTA Y DOS DOLARES CON VEINTE CENTAVOS ($36,372.20), más intereses desde el 1 de noviembre de 1977 al tipo del nueve y cuarto por ciento (9 1/4%) anual.
La forma de pago será de TREINTA Y SEIS (36) pagos mensuales de MIL CIENTO SESENTA DOLARES CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($1,160.88) cada uno, empezando el 1 de noviembre de 1977 y terminando el 1 de octubre de 1980.
San Juan, Puerto Rico, a 30 de julio de 1977.
C. JIMENEZ, INC.
POR:
(firmado)
(firmado)
CANDIDO JIMENEZ
(firmado)
CANDIDO JIMENEZ
Presidente ELINA TORRES DE JIMENEZ

Vencido y no pagado dicho pagaré, con fecha del 14 de julio de 1981 el Sr. Carlos Velázquez García entabló demanda en cobro de dinero ante la Sala de San Juan del [669]*669Tribunal Superior de Puerto Rico contra la Corporación C. Jiménez, Inc. y contra Cándido Jiménez, su esposa y la sociedad legal de gananciales constituida entre ambos. Radicaron “los demandados” una contestación a la demanda en donde, a pesar de que negaron adeudar la cantidad recla-mada, aceptaron que adeudaban una cantidad menor, esto debido, en síntesis, a que las transacciones que culminaron en la firma por ellos del pagaré a que se refiere la demanda, tenían su origen en unos préstamos usurarios que le habían hecho Carlos Velázquez Tobo, persona fallecida y padre del demandante Carlos Velázquez García, y este último.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

León Colón v. Cosme Santiago
12 T.C.A. 756 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2006)
Perdomo Álvarez v. Sucesión de Cintrón Salgado
114 P.R. Dec. 126 (Supreme Court of Puerto Rico, 1983)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
113 P.R. Dec. 667, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/velazquez-garcia-v-c-jimenez-inc-prsupreme-1982.