St. James Security Services, LLC. v. Comite De Subastas De La Autoridad De

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMarch 8, 2024
DocketKLRA202200636
StatusPublished

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St. James Security Services, LLC. v. Comite De Subastas De La Autoridad De, (prapp 2024).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

ST. JAMES SECURITY Revisión SERVICES, LLC. Administrativa procedente de Recurrente Comité de Subastas De la Autoridad de v. Energía Eléctrica KLRA202200636 COMITÉ DE SUBASTAS Subasta Núm.: DE LA AUTORIDAD DE RFP 00003252 ENERGÍA ELÉCTRICA (Req. 250393)

Recurrida Sobre: Subasta para la Prestación de Servicios de Vigilancia y Protección Generación Norte

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Ronda Del Toro y la Jueza Díaz Rivera

Ronda Del Toro, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 8 de marzo de 2024.

Comparece St. James Security Services, LLC. (St. James, o

recurrente), mediante Recurso de Revisión Judicial presentado el

29 de noviembre de 2022 y solicita que revisemos la Notificación

de Adjudicación Enmendada para la Subasta RFP 00003252-

Servicio de Vigilancia y Protección Generación Norte, notificada el

9 de noviembre de 2022, por el Comité de Subastas “A” de la

Autoridad de Energía Eléctrica (Comité de Subastas “A” de la AEE).

Mediante dicho aviso el Comité de Subastas “A” de la AEE, notificó

que favoreció a Genesis Security Services, Inc., (Genesis), por ser

el postor más bajo que cumple sustancialmente con las

especificaciones técnicas. Por los fundamentos que exponemos,

confirmamos la determinación recurrida.

Número Identificador SEN2024__________ KLRA202200636 2

I.

El 9 de noviembre de 2021, la AEE publicó la invitación a la

Subasta RFP 00003252 para proveer servicios de vigilancia y

protección en las instanciaciones de generación en el área norte

de la isla.1 Como parte del proceso se realizó, el 16 de noviembre

de 2021, una reunión pre-subasta en la cual se requirió la

asistencia de los licitadores que deseaban cotizar. A dicha reunión

comparecieron: St. James; Bridge Security Services, Inc.

(Bridge); Génesis; JOM Security Services, Inc., O'Neill Security

and Consultant Services, Inc. y, Airborne Security Services, Inc.

Así las cosas, el 1 de diciembre de 2021, se llevó a cabo la

Apertura del RFP 00003252, a la que comparecieron las ya

mencionadas compañías; tanto JOM Security Services Inc. y

Airborne Security Services, Inc. no entregaron cotización.

Las cotizaciones de los licitadores fueron entonces referidas

al Comité Técnico Evaluador para su evaluación y recomendación,

el cual emitió su informe el 8 de diciembre de 2021. Surge del

referido informe que la cotización de St. James fue 15% más alto

que el costo estimado por la autoridad, mientras que Bridge y

Génesis cotizaron un costo más bajo de lo estimado de 17% y

12% respectivamente.2 Aun así, recomendó a St. James para la

adjudicación de la subasta, pero entendió que las demás

compañías cumplieron con el requerimiento de costos y las

especificaciones de la subasta.3

El 15 de diciembre de 2021, se notificó la adjudicación de la

subasta, donde el Comité de Subastas “A” de la AEE determinó

dar la buena pro del contrato de vigilancia y protección del área

norte a Bridge, por ser el postor más bajo. En la Notificación de

1 Véase página 7 del Apéndice del Recurso de Revisión. 2 Véase página 22 del Apéndice del Alegato de la AEE. 3 Id., pág. 25. KLRA202200636 3

Adjudicación se le informó a la parte adversamente afectada sobre

su derecho a solicitar reconsideración o apelar la decisión final,

conforme la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del

Gobierno de Puerto Rico, Ley Núm. 38-2017, 3 LPRA sec. 9601 et

seq, y del Reglamento de Subastas de la AEE, Reglamento Núm.

8518 de 10 de septiembre de 2014.

Inconforme, el 23 de diciembre de 2021, St. James presentó

una Solicitud de Reconsideración ante la Secretaría de

Procedimientos Adjudicativos de la AEE impugnando la

adjudicación de la subasta. En adición a esto, el 4 de enero de

2022, la recurrente también presentó una Solicitud de Revisión

ante la Junta Revisora de Subastas de la Administración de

Servicios Generales (Junta Revisora de la ASG) y alegó que la

notificación de adjudicación emitida por el Comité de Subastas de

la AEE era defectuosa por no contener advertencia alguna sobre

los remedios de revisión que tenía disponible al amparo de la Ley

Núm. 73-2019, según enmendada, conocida como Ley de la

Administración de Servicios Generales para la Centralización de

las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019, 3 LPRA sec.

9831 et seq.

Posteriormente, el 23 de febrero de 2022, St. James acudió

ante esta Curia mediante Recurso de Revisión Administrativa.4 El

20 de julio de 2022, un panel hermano de este tribunal emitió una

Sentencia mediante la cual desestimó el recurso por falta de

jurisdicción, dado a que en la notificación no se incluyeron las

disposiciones requeridas por la Ley Núm. 73-2019, supra. Por ello,

los términos para acudir al foro apelativo no habían comenzado a

transcurrir, haciendo del recurso de Revisión Judicial uno

4 St. James Security Services, LLC. v. Autoridad de Energía Eléctrica, KLRA202200113. KLRA202200636 4

prematuro. Ante el revés judicial, la AEE acudió al Tribunal

Supremo de Puerto Rico mediante Petición de Certiorari.5

Mientras el Tribunal Supremo atendía el recurso presentado

por la AEE, Bridge solicitó acelerar la terminación del contrato de

servicios de vigilancia y protección del área norte.6 Dado a esta

situación, el Comité de Subastas “A” de la AEE determinó solicitar

a los demás licitadores de la subasta RFP 00003252 que validen

su propuesta, para adjudicar el contrato al mejor postor para que

finalice los servicios que inició Bridge.7 Luego de validadas las

ofertas, el Comité de Subastas “A” de la AEE, adjudicó el contrato

a Genesis por lo que el 9 de noviembre de 2022 se emitió la

Notificación de Adjudicación Enmendada para la Subasta RFP

00003252.8 Esta nueva notificación tampoco incluyó disposición

sobre la Ley Núm. 73-2019, 3 LPRA sec. 9831 et seq.

Inconforme con la adjudicación de la Subasta a Génesis, St.

James compareció nuevamente ante nos y mediante Recurso de

Revisión Administrativa presentado el 29 de noviembre de 2022

señaló la comisión de los siguientes errores por parte del Comité

de Subastas “A” de la AEE:

Primer error: La notificación de adjudicación Enmendada en la solicitud de propuestas RFP 00003252 de la AEE, es nula y fatalmente defectuosa al incumplir con el mandato del TA en el caso KLRA202200113 y en función de las disposiciones de la Ley 73 del 23 de julio de 2019.

Segundo error: Erró el comité de subastas al emitir un aviso enmendado de adjudicación de la subasta RFP 00003252 (REQ. 250393) el cual no cumple con los Requisitos de la ley 73 del 23 de julio de 2019.

5 Véase, St. James v. Security Services, LLC v. Autoridad de Energía Eléctrica, 2023 TSPR 149, 213 DPR ___. El 22 de diciembre de 2023, el Tribunal Supremo emitió una Opinión mediante la cual modificó la Sentencia emitida por este foro y, en consecuencia, desestimó la Petición de Certiorari de la AEE. Esto, debido a que el recurso de revisión ante esta Curia se presentó fuera de los términos provistos en la Ley Núm. 38-2017, supra. De manera que, el foro supremo sostuvo la adjudicación realizada el 15 de diciembre de 2021 por la AEE. 6 Véase página 4 del Apéndice del Recurso de Revisión. 7 Id. 8 Id. KLRA202200636 5

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