Rivera Maldonado, Christian J v. Junta De Libertad Bajo Palabra

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMay 29, 2025
DocketKLRA202500175
StatusPublished

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Rivera Maldonado, Christian J v. Junta De Libertad Bajo Palabra, (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

CHRISTIAN J. RIVERA Revisión MALDONADO Administrativa procedente de la Recurrente Junta de Libertad Bajo Palabra Vs. KLRA202500175 Sobre: Concesión de JUNTA DE LIBERTAD Libertad Bajo Palabra BAJO PALABRA Caso núm.:148974 Recurrido

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, el Juez Campos Pérez y el Juez Sánchez Báez.1

Rodríguez Casillas, juez ponente.

SENTENCIA En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2025.

Comparece ante nos el Sr. Christian Rivera Maldonado

(“Rivera Maldonado o recurrente”) para que revisemos la Resolución

emitida el 23 de diciembre de 2024,2 por la Junta de Libertad Bajo

Palabra (“JLBP”). La JLBP no le concedió el privilegio de libertad bajo

palabra por: (1) la cercanía del hogar propuesto con los hogares de

las partes perjudicada; y, (2) los delitos por los cuales extingue la

sentencia denotan grave menosprecio por la vida humana.

Inconforme, el señor Rivera Maldonado solicitó la

reconsideración de la determinación, no obstante, la JLBP no se

expresó en el término correspondiente.

Por los fundamentos que expondremos, confirmamos

la Resolución recurrida.

1 Se modifica la composición del Panel IX conforme a la OATA-2025-062 emitida

el 5 de mayo de 2025, debido a la inhibición del Juez Marrero Guerrero. 2 Notificada por correo electrónico el 21 de enero de 2025.

Número Identificador SEN2025_____________ KLRA202500175 2

-I-

Surge del expediente que el 15 de diciembre de 2015 el señor

Rivera Maldonado fue sentenciado a una pena de veinticinco (25)

años de cárcel por los delitos de: Homicidio; Tentativa de Asesinato

Atenuado; y dos (2) cargos de Asesinato Atenuado; dos (2) cargos de

violación al Artículo 5.04 de la Ley de Armas; y un cargo de violación

al Artículo 5.15 de la Ley de Armas.3

Ponchado el 24 de abril de 2024, el Departamento de

Corrección y Rehabilitación de Puerto Rico, a través de la Sra.

Alexandra I. Rodríguez Rodríguez, (Técnico Sociopenal), preparó el

INFORME BREVE PARA REFERIR CASOS DE SENTENCIA POR

DELITO GRAVE Y MENOS GRAVE ANTE LA JUNTA DE LIBERTAD

BAJO PALABRA.4 Allí, identificó que el recurrente era elegible para

la JLBP desde el 9 de noviembre de 2023 y cumpliría la totalidad de

su sentencia el 25 de agosto de 2035.5 En cuanto a los ajustes

institucionales, indicó lo siguiente:

[C]ONFINADO CUMPLE CON SU PLAN INSTITUCIONAL. OSTENTA CUSTODIA MÍNIMA DESDE EL 29 DE ABRIL DE 2021. SE ENCUENTRA ASIGNADO A RENDIR LABORES DE MANTENIMIENTO Y MEJORAS PERMANENTES CON EVALUACIONES EXCELENTES. FINALIZÓ TERAPIAS CONTROL DE IMPULSOS EL 14 DE DICIEMBRE DE 2016. COMPLETÓ TERAPIAS TRANSFORMACIÓN DE PATRONES ADICTIVOS EL L4 DE DICIEMBRE DE 2016. FINALIZÓ EL CURSO DESARROLLO PERSONAL EL 5 DE DICIIMBRE DE 2016. FINALIZÓ PROGRAMA DE TRATAMIENTO PSICO- EDUCATIVO “APRENDIENDO A VIVIR SIN VIOLENCIA” EL 30 DE MAYO DE 2017, COMPLETÓ TALLER REAFIRMANDO MIS VALORES EL 28 DE ENERO DE 2020. COMPLETÓ PROYECTO ADIESTRAMIENTO, ALINEAMIENTO E INSERCIÓN LABORAL CAPACITACIÓN BÁSICA EN ENERGÍA RENOVABLE: SISTEMAS FOTOVOLTAICOS EL 30 DE BARIL DE 2021. COMPLETÓ CURSO DE JARDINERÍA COMERCIAL Y RESIDENCIAL EL 8 DE DICIEMBRE DE 2023. El 1 DE FEBRERO DE 2024 OBTUVO LICENCIA DE ARTESANO BONAFIDE EXPEDIDA POR LA COMPAÑÍA DE FOMENTO INDUSTRIAL. AL PRESENTE NO HA INCURRIDO EN QUERELLAS NI INFORMES NEGATIVOS. HA EXPRESADO QUERER REHACER SU VIDA, ESTABLECERSE ECONÓMICAMENTE, OBTENER UN EMPLEO ESTABLE Y FORMAR UNA FAMILIA.6

3 Véase; Anejo IV del Recurrente, pág. 14. 4 Véase; Anejo IV del Recurrente, págs. 14 – 17. 5 Íd., a la pág. 14. 6 Íd., a las págs. 16 – 17. KLRA202500175 3

Referente al Plan de Salida, en lo pertinente, expresó:

1. NOMBRE NANETSHKA RIVERA OCASIO/SR. ERIC I. LÓPEZ ROSADO/ SRA. DIANA OCASIO ROSADO Parentesco ESPOSA Y SUEGROS Dirección física completa de la persona con quién residirá (incluir puntos de referencia) URB. LAS COLINAS # 20, CALLE 1, VEGA ALTA […] 2. Amigo y Consejero: (incluya documento debidamente cumplimentado en original y dos copias) Nombre completo: SR. JOSÉ ANÍBAL SERRANO GARCÍA Dirección: BARRIO QUEBRADA CRUZ, SECTOR PUNTA BRAVA CARR. 165, KM 4.5 INT. TOA ALTA, P.R. 00953 […] 3. Empleo, Estudios o Tratamiento -Nombre de la Empresa y del Patrono, dirección física, dirección postal y correo electrónico, teléfono, Naturaleza del Negocio, funciones que ejercerá, horario del trabajo. El plan de estudio se presentará la carta de aceptación de la institución, educativa, con expresión del programa o facultad al cual ingresará. IAN TRANSPORT LLC BARRIO QUEBRADA CRUZ, SECTOR PUNTA BRAVA, CARR. 165 KM 4.5 INT. TOA ALTA […].7 El 12 de julio de 2024, la Sra. Melecknise Román Homs

(Técnico Sociopenal de la JLBP), emitió el Informe de la Libertad Bajo

Palabra.8 En lo referente al plan de vida propuesto, el amigo

consejero y la oferta de empleo, indicó lo siguiente:

V. PLAN DE VIDA PROPUESTO A. Residencia y Hogar Propuesto: El hogar propuesto está ubicado en la Urb. Las Colinas, calle 1 #20, Vega Alta, P.R. Residen en el hogar: • Sra. Nanetshka Rivera Ocasio de 30 años de edad, esposa, es empleada en la Panadería Palmarejo Bakery en Corozal, P.R. • Sra. Diana Ocasio Rosado de 53 años de edad, suegra, labora cuidando envejecientes. • Sr. Eric I. López Rosado de 66 años de edad, suegro y padrastro de la esposa del investigado, es veterano.

El hogar posee las facilidades físicas de 3 cuartos dormitorios, un baño, sala, cocina, comedor, balcón, familia, laundry y patio. La casa es propiedad de los padres de la señora Rivera. Pagan entre agua y luz de alrededor de $550.00 mensual. El ingreso del hogar es $1,200.00 mensual sueldo de la señora Rivera, $1,140.00 sueldo de la suegra y $6,000.00 mensual sueldo del suegro entre los cheques de veterano y seguro social. Entrevistamos al Sra. Rivera, esposa expresó que visitó al confinado el domingo 7 de julio de 2024. Lo observó tranquilo y bien. No le mencionó que haya confrontado alguna situación en la institución. Entrevistamos al señor López y a la señora Ocasio, suegros quienes aceptan al confinado en el hogar. La señora Ocasio, expresó que conoce al confinado y a su familia desde hace

7 Íd., a la pág. 17. 8 Véase; Anejo V del Recurrente, págs. 18 – 20. KLRA202500175 4

años y son buenas personas. El señor López, no lo conocía, pero lo ha visitado a actividades en la institución alrededor de tres veces. Explicó que este hace artesanías en maderas muy bonitas. También lo vio participar en el teatro. Al momento de nuestra visita los vecinos disponibles expresaron no conocer al confinado, sí a su familia quienes gozan de buena reputación. En relación al beneficio solicitado no opinaron por no conocer al confinado. [….] VII. OFERTA DE EMPLEO La oferta de empleo es en IAN TRANSPORT LLC, ubicado en Bo. Quebrada, Cruz Sector Punta Brava, carr.165 Km. 4.5 int; Vega Alta, P.R. Teléfono 787-607-9474 del Sr. José Aníbal Serrano García. Dialogamos con el señor Serrano, quien está dispuesto a ofrecerle empleo. Trabajaría de lunes a viernes. Consta en el expediente evidencia de carta de empleo. En la visita a la residencia del Sr. Serrano, pudimos observar el área donde se guardan los camiones.

VIII. AMIGO CONSEJERO El candidato para el rol de Amigo y Consejero, es el Sr. José Aníbal Serrano García, dueño de la compañía IAN TRANSPORT LLC. Informó que conoce al confinado desde la escuela. Indicó que desea ayudarlo en su proceso de rehabilitación. Conoce su situación legal, pero no le ha visitado en la cárcel. Investigamos la reputación del señor Serrano en comunidad, este goza de buena reputación. No fue relacionado al uso de licor ni drogas.

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