Pueblo v. Rolón Marxuach

104 P.R. Dec. 690
Supreme Court of Puerto Rico·Decided March 10, 1976·No. Número: CR-68-202·Published·Cited by 1 cases

Opinion

per curiam:

El acusado fue juzgado por tribunal de derecho y convicto el 15 de febrero de 1968 por los delitos de ataque para cometer asesinato e infracción de los Arts. 6 y 8 de la Ley de Armas. Pronunciado el fallo se produjo la siguiente alocución del juez al Lie. César Andréu Ribas, abo-gado del apelante:

“Hon. Juez:
Bien, conocido el fallo por el compañero .de la Defensa, quiere llevar al récord alguna cuestión?
[691] Defensa:
No. V.H., yo respeto el criterio de S.S. No tengo ningún comentario que hacer. Tenga usted la completa seguridad de que como abogado y en nombre de mi propio representado le tengo que decir a S.S. que este juicio se ha conducido con toda la im-parcialidad dándonos todas las oportunidades en ley para presen-tar y procurar nuestros testigos y aportar la prueba, y que con-tinúo y creo que me moriré teniendo de S.S. la misma opinión que he vertido aquí en el día de hoy.” T.E. Tomo III, págs. 132-33.

El 19 de febrero de 1968 el acusado fue sentenciado a penas concurrentes de 1 a 10 años de presidio en el caso de ataque para cometer asesinato, 1 a 5 años en el de Art. 8 de la Ley de Armas, y 1 año de cárcel en el de Art. 6 de la misma ley. Apeló y con ello obtuvo automáticamente el derecho a la transcripción de toda la prueba oral.

Footnotes

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Pueblo v. Rolón Marxuach, 104 P.R. Dec. 690 (prsupreme 1976).

104 P.R. Dec. 690 (Pueblo v. Rolón Marxuach) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Pueblo v. Casiano Vélez
105 P.R. Dec. 33 (Supreme Court of Puerto Rico, 1976)