Pueblo v. Moura
This text of 5 P.R. 42 (Pueblo v. Moura) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.
Opinion
OPINIÓN BEL TbIBuNAL.
Considerando: que según el Artículo 237 del Código Penal la persona culpable de acometimiento con arma mortífera incurrirá en la pena de presidio por un término máximo de diez años, ó cárcel por un término máximo de dos años ó multa máxima de cinco mil dollars ó ambas penas; y que según el Artículo 14 del mismo Código, cuando un delito castigable con pena de Presidio, apareja también la de multa ó cárcel, á 'discreción del Tribunal, se considerará “Misdemeanor” para todos los efectos, después de dictada sentencia imponiendo una pena que no fuere de Presidio.
Considerando: que el recurso de apelación solo cabe en proceso criminal en persecución de un delito muy grave (felony) con arreglo al Artículo 345 del Código de'Enjuicia-[46]*46miento Criminal y qne debiendo reputarse “Misdemeanor” por lo que se deja expuesto para todos los efectos legales el delito por el cual ba sido penado Antonio Moura es improce-dente el recurso interpuesto.
Vistos los textos legales citados. Se desestima el recurso de apelación interpuesto por Antonio Moura contra la sen-tencia que dictó el Tribunal de Distrito de Ponce en veinte de Julio último con las costas al recurrente y remítase copia certificada de esta resolución al expresado Tribunal á los fines procedentes.
Desestimada.
Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI
Related
Cite This Page — Counsel Stack
5 P.R. 42, 5 P.R. Dec. 21, 1903 PR Sup. LEXIS 37, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/pueblo-v-moura-prsupreme-1903.