Pueblo v. Jorge Rodríguez

149 P.R. Dec. 832
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedDecember 22, 1999
DocketNúmero: CR-94-85
StatusPublished
Cited by2 cases

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Pueblo v. Jorge Rodríguez, 149 P.R. Dec. 832 (prsupreme 1999).

Opinion

per curiam:

Los apelantes Miguel Jorge Rodríguez y Reinaldo Marcial Mattei se desempeñaban, para los años de

1989 y 1990, como miembros de la Policía de Puerto Rico, adscritos a la Estación E de la División de Patrullas de Carreteras, Cuartel de Sabana Grande, Puerto Rico. Con motivo de unas alegadas confidencias, suministradas las mismas a un oficial de la Policía de Puerto Rico, a los efec-tos de que varios agentes pertenecientes al mencionado Cuartel de Patrullas de Carreteras se dedican al narcotrá-fico, la Policía de Puerto Rico le encomendó a dos (2) agen-tes encubiertos la investigación de dicha confidencia.

Como resultado de la labor realizada por dichos agentes encubiertos —los cuales responden a los nombres de Eric Rivera Nazario y Luis A. Guigliotty Ramos— los policías Jorge Rodríguez y Marcial Mattei fueron acusados por dos (2) alegadas infracciones al Art. 401 de la Ley de Sustan-cias Controladas de Puerto Rico, 24 L.P.R.A. see. 2401, ale-gadamente cometidas las mismas el día 17 de febrero de 1990 en Guánica, Puerto Rico.

Celebrado que fuera el juicio ante el antiguo Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Ponce, el Jurado que in-tervino en el mismo rindió veredicto de culpabilidad contra ambos acusados en los dos (2) cargos que le fueran impu-tados a éstos. Jorge Rodríguez y Marcial Mattei fueron sentenciados por el mencionado tribunal de instancia a cumplir una pena de quince (15) años de reclusión en cada cargo, a ser cumplidas las mismas en forma concurrente, el [834]*834día 19 de diciembre de 1994. Ese día fueron ingresados en una institución penal.

Inconformes con lo acontecido ante el tribunal de ins-tancia, Jorge Rodríguez y Marcial Mattei radicaron el co-rrespondiente recurso de apelación ante este Tribunal, el día 21 de diciembre de 1994, en revisión de las convicciones decretadas y las sentencias que le fueron impuestas; al así hacerlo, le imputaron al tribunal de instancia la supuesta comisión de diez (10) errores.

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