Pueblo v. Hickock of Puerto Rico, Inc.
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
Hickock of Puerto Rico, Inc., fué acusada de infringir los arts. 25 y 41 de la Ley de Corporaciones de Puerto Rico por-que “siendo una corporación privada, organizada de acuerdo con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, ilegal, voluntaria y criminalmente y sin excusa legal, no rindió para su archivo en la oficina del Secretario de Hacienda de Puerto Rico el día 15 de marzo de 1954 o antes de esa fecha el in-forme anual requerido por los artículos 25 y 41 de la Ley de Corporaciones de Puerto Rico”: Celebrado el juicio corres-pondiente la corporación fué declarada culpable y sentenciada a pagar $500 de multa y las costas. No conforme apeló para ante este Tribunal.
En su primer señalamiento imputa a la corte sentenciadora haber cometido error al sostener que el Secretario de Hacienda como cuestión de derecho, no tenía poderes discrecionales para conceder prórrogas para radicar los informes con arreglo a los arts. 25 y 41 de la Ley de Corporaciones.
Como veremos en seguida es innecesario resolver esta cues-tión. No hay controversia alguna en cuanto a los hechos. Estos fueron estipulados por las partes. De acuerdo con dicha estipulación, la corporación apelante no rindió en 15 de marzo de 1954 los informes requeridos por los arts. 25 y [394]*39441
Footnotes
78 P.R. Dec. 392 (Pueblo v. Hickock of Puerto Rico, Inc.) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.